SE TRATA DE ENZO LEVIAN

Confirmaron la prisión preventiva al acusado del homicidio de Franco Epulef

Por el hecho acontecido el pasado 15 de septiembre de 2013 se llevó a cabo la mañana del martes la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Enzo Levián, acusado por el asesinato de Franco Epulef en Comodoro Rivadavia. La audiencia debe realizarse de manera automática, cada seis meses, hasta que la sentencia quede firme. En la misma, el fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción, en tanto que la defensa requirió su arresto domiciliario.
Finalmente, el tribunal de revisión compuesto por los jueces penales Raquel Tassello y Mariano Nicosia resolvió mantener la prisión preventiva de Levián hasta que la sentencia quede firme en base a la gravedad del hecho, la pena elevada y la situación procesal, el doble conforme, en la que se encuentra el imputado. Mencionando el riesgo de fuga que se presenta “no resulta posible la concesión del beneficio en este momento”, concluyeron.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

La audiencia
En un primer momento, luego de la presentación de las partes, el fiscal solicitó al tribunal mantenga la prisión preventiva de Enzo Levián ya que fue condenado en primera instancia por un tribunal colegiado a la pena de 11 años de prisión, como autor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Donde también se decretó su prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. Dicha sentencia fue impugnada por la defensa y el 4 de noviembre del presente año la Cámara Penal confirmó en todos sus términos la sentencia, produciéndose así el “doble conforme”. También hizo referencia el fiscal a que el 12 de diciembre pasado la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso extraordinario de la defensa por inadmisible. Solicitando por todo ello el mantenimiento de la prisión preventiva de Levián ya que persiste el peligro de fuga, por la gravedad del hecho y la pena impuesta de 11 años. El tiempo de encarcelamiento de Levián es proporcional y razonable para la pena impuesta, argumentó Cabral. Requiriendo se mantenga la medida de coerción hasta que la misma adquiera calidad de cosa juzgada.
Por su parte el defensor introdujo en la audiencia una “contingencia no tratada por ningún tribunal, acerca de un error en una pericia balística. La bala que alcanzó y produjo la muerte de Epulef “fue producto de un disparo por rebote en el suelo”, afirmó el defensor. Un perito de parte determinó que “la bala tuvo un rebote antes de entrar en el cuerpo”. Solicitando la detención domiciliaria de su asistido, Levián, hasta que la sentencia quede firme.

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