LA FISCALÍA HABÍA PEDIDO LA PENA DE 18 AÑOS

Nueve años de prisión para el asesino de “El Viejito” del barrio Alta Tensión

En la ciudad de Puerto Madryn, el Tribunal integrado por los jueces Patricia Asaro, Marcelo Orlando y Marcela Pérez condenó a 9 años de cárcel a Cristian Piñero por el crimen de Ramón “El Viejito” Toledo, aunque los fiscales pedían 18 años. El crimen ocurrió en febrero del año pasado, cuando Toledo fue apuñalado al intentar separar en una pelea.
Toledo, conocido en el barrio como “El viejito” o “El tío” por su carácter bondadoso y solidario, fue apuñalado por Piñeiro. Según los testigos, estaban compartiendo una reunión y se desarrolló una discusión. “Se generó una discusión, y Piñero agredió con golpes de puños a uno de los presentes. Luego agredió con un arma blanca a una mujer que se interpuso entre ambos. Se generó una situación violenta y agresiva del imputado a las víctimas, y eso generó reacción de Toledo que lo expulsó de la casa. Como consecuencia, lo sacó del lugar y cerró el portón”, indica la sentencia. “Voy a entrar y voy a matar a todos”, afirmó Piñero. Luego regresó y apuñaló tres veces a Toledo, quien falleció en el lugar producto de las lesiones.

La defensa y la acusación

Los abogados particulares Carlos del Mármol y Gustavo Castro sostenían la hipótesis de una defensa, pero fue descartada por el Tribunal. Y en el pedido de pena solicitaron el mínimo legal, de 8 años. Los fiscales Daniel Báez y Alex Williams, por su parte, pedían 18 años de cárcel para Piñero, argumentando como agravantes la naturaleza de la acción violenta: “El artículo 41 del Código Penal prevé una serie de pautas genéricas para establecer de manera cuantitativa una pena, en este caso, por el delito de homicidio y lesiones leves, tenemos como agravantes la naturaleza de la acción violenta, la utilización de un arma blanca, la agresión brutal a la que fue sometida la víctima con tres puñaladas, y que el mayor bien jurídico -la vida- fue vulnerado”, explicó Báez. “También se lesionó con arma blanca a dos personas allí presentes, sin motivo alguno, en presencia de una menor de edad”, explicó y agregó que “la víctima era una persona mayor, solidario con sus vecinos, y querido por el barrio, y la presencia de alcohol no puede ser tenida como atenuante, ya que todos reconocieron haber bebido al momento del hecho”
El Tribunal dio lectura de la parte resolutiva de su sentencia el lunes a las 13 horas ante la fiscalía y familiares y amigos de la víctima. El condenado ni su abogado defensor se presentaron a escuchar el veredicto, que consta de 120 páginas.

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