El Senado aprobó con cambios el límite a las excarcelaciones

El Senado aprobó y devolvió a la Cámara de Diputados, con modificaciones, el proyecto de reforma la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena, que establece que los autores de delitos graves no podrán contar con el beneficio de las salidas anticipadas, transitorias o libertad condicional.
De esta manera, la iniciativa, reimpulsada a partir del asesinato de la joven Micaela García en Entre Ríos y motivo de protestas en distintos penales bonaerenses, vuelve a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva. El proyecto obtuvo 48 votos a favor, ocho en contra y una sola abstención, del senador Fernando “Pino” Solanas.
La Comisión de Justicia y Asuntos Penales, que preside Pedro Guastavino (PJ-FpV), le introdujo este mismo miércoles importantes cambios al texto original, sobre todo para reducir la cantidad de delitos cuyos autores no podrán gozar de los distintos regímenes de libertad.
De esta manera, se excluyeron los delitos de homicidio simple y contrabando, y quedaron incluidos los de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo.
Además, en la comisión se corrigieron las “excesivas” facultades que se otorgaban al Servicio Penitenciario, para que sea el juez de ejecución penal –con intervención de las víctimas- el que decida sobre la concesión de las salidas anticipadas.
“Las reformas son para endurecer, no para ablandar. Estamos poniendo los delitos más pesados y las estructuras delictivas más graves para que sus autores cumplan la totalidad de la condena”, explicó el jefe del bloque del PJ-FpV, Miguel Pichetto.
Al abrir el debate, Guastavino explicó que, con respecto a la ley actual, “se amplía la lista de delitos donde se impedirá al condenado acceder al beneficio de la libertad condicional”.

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