A UNA PENA DE 8 AÑOS

Condenaron a Sandro Curiqueo por homicidio de Torres

En la ciudad de Trelew, el tribunal integrado por los jueces Ivana González, Sergio Piñeda y Fabio Monti resolvió condenar a Sandro Jonathan Curiqueo por el delito de homicidio simple en carácter de autor, de acuerdo a lo evaluado tras el juicio oral y público desarrollado en sala de audiencias, y teniendo en cuenta las pruebas presentadas por el Ministerio Público Fiscal, representado en el evento por el fiscal general jefe Omar Rodríguez.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 331, último párrafo del código procesal penal, el cuerpo colegiado tuvo en cuenta los atenuantes expuestos, para condenar por unanimidad a Curiqueo a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de homicidio simple, debido al hecho ocurrido el 15 de abril de 2016, en perjuicio de Luis Angel Torres.

Hecho

La parte acusadora pudo acreditar con los testimonios convocados y las pericias presentadas que el día 15 de abril de 2016 en horario cercano a las 22, Sandro Curiqueo, munido de un cuchillo, se acercó a Luis Angel Torres quien se encontraba junto a Víctor Curiqueo, padre del acusado, tomando una cerveza en la casa de la víctima concretamente, sobre la vereda, en el barrio “los pensamientos” de esta ciudad. Allí, en circunstancia que el agresor se encontraba parado frente a Torres, este último conversando y con las manos en sus bolsillos, Curiqueo extrajo un cuchillo de dimensiones medianas y de manera absolutamente sorpresiva le propinó un puntazo en la zona abdominal, lo que determinó su deceso.
Durante el debate, la Fiscalía pudo probar que el imputado obró con venganza, debido a un hecho anterior donde había sido herido un primo de él, por parte de la víctima Torres. Como consecuencia de ello, fue y realizó este acto injustificado, causando la muerte de Luis Angel Torres.

Calificación ajustada

Los jueces observaron que ha quedado objetiva y subjetivamente probados los funestos acontecimientos ventilados en el juicio, considerando que la calificación jurídica escogida por el Ministerio Público Fiscal es al que se ajusta a derecho y respeta el principio de subsunción entre acción típica y tipo penal seleccionado, encontrando a Sandro Curiqueo, que fue defendido por Sergio Rey, autor penalmente responsable del delito de homicidio simple y en carácter de autor.

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