SE DECLARÓ CULPABLE EN JUICIO ABREVIADO

Abusó de su hija por cinco años y le dieron ocho de prisión

En la ciudad de Comodoro Rivadavia, a través de un juicio abreviado, el acusado reconoció haber violado a su hija menor de edad y fue condenado a ocho años de prisión.
El martes de la semana pasada se celebró en sede de los tribunales penales de la ciudad petrolera la audiencia en la cual el imputado reconoció voluntariamente su participación y responsabilidad penal en los hechos investigados y aceptó la pena de prisión efectiva. Los hechos traídos a proceso se calificaron legalmente como “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por ser cometido por un ascendiente y contra una menor de dieciocho años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, cometido bajo la modalidad de delito continuado”. Dicha calificación legal no tuvo modificaciones a lo largo de toda la investigación fiscal.
El tribunal de debate fue presidido por Jorge Odorisio, e integrado por los jueces penales Alejandro Soñis y Martín Cosmaro; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Martín Cárcamo, fiscal general; en tanto que la defensa del condenado fue ejercida por Viviana Barillari, abogada de la Defensa Pública. Asimismo se encontraba presente en la sala la víctima acompañada y asistida por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

Cinco años de abusos

Los hechos investigados acontecieron en fechas indeterminadas entre 5 de abril de 1997 y el mes de mayo de 2002 el imputado abusó sexualmente de su hija aprovechando que su madre no se encontraba en la habitación. La menor no contó lo ocurrido a su madre porque el imputado le dijo que si lo hacía no iría más a la Escuela. Así el imputado aceptó voluntariamente su responsabilidad penal en los hechos endilgados y la pena propuesta por el fiscal, de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, la cual se meritó como adecuada en su monto por las partes, atendiendo a las características graves del hecho, como también a la extensión del daño causado. En dicho sentido también el condenado aceptó someterse a un tratamiento psicológico, mientras dure la pena, previo dictamen de la Psicóloga Forense que acredite su necesidad y eficacia. Por último la víctima prestó su conformidad para el presente acuerdo abreviado.

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