EL PRIMER DÍA QUE SALIÓ, LO TUVIERON QUE CAPTURAR A LA SEMANA

Chatrán Hernández se quedó sin salidas

Finalmente, y luego de haber incumplido su palabra el primer día en libertad, la Justicia le prohibió las salidas transitorias al reconocido estafador César “Chatrán” Hernández.
A mitad de la mañana del jueves, se concretó en sede de los tribunales penales de Comodoro Rivadavia la audiencia de incidente de ejecución por el incumplimiento del beneficio de salidas transitorias que había sido concedido a Hernández. El juez Alejandro Soñis resolvió aceptar el pedido de la funcionaria de Fiscalía, Silvia Chaura, quien había solicitado se le revocara la medida al condenado, ya que en la primera salida violó la norma al no regresar a su lugar de detención, y se mantuvo prófugo una semana.
En contraposición, Ivo Di Taranto, abogado de la Defensa Pública, había requerido que no se le revocaran las salidas transitorias o bien se le suspendieran por tres meses. Pero el juez de ejecución penal no hizo lugar al pedido, ya que “en la primera oportunidad de gozar dicho beneficio ha incumplido”.

La acusación

Hernández, detenido por la unificación de tres casos de estafas con una condena de más de tres años, había obtenido el beneficio de las salidas transitorias por 12 horas mensuales, distribuidas en dos salidas de 6 horas, con una tolerancia de 3 horas tanto para el egreso como para el regreso a su lugar de detención, en la localidad de Sarmiento. Pero el primer día que comenzó a usufructuar dichas salidas vulneró el beneficio.
Se decretó su rebeldía y captura, la cual se produjo recién una semana después, es decir inobservó las reglas de conducta y se mantuvo prófugo de la Justicia casi una semana. Al respecto, la funcionaria de Fiscalía también se refirió a publicaciones de índole personal que el imputado realizó por la red social Facebook en el tiempo que se mantuvo prófugo, calificando dicho acto como una insensatez, al valerse de una red social para exhibir su no respeto por la Ley penal. Calificando dicho incumplimiento como una falta grave. Solicitando por todo ello se le revoque el beneficio de las salidas transitorias al condenado en el marco de la Ley de Ejecución penal.

La defensa

En contraposición, el defensor recordó la carencia de una unidad penitenciaria donde se “procure su adecuada reinserción social”, asegurando que la pena no es un castigo sino una forma de resocializar a la persona condenada. Por esto pidió no se le revoquen las salidas transitorias y subsidiariamente se le suspendan, pero por tres meses, y luego continúe con las mismas.

Fallo

Finalmente, el Juez de ejecución penal resolvió revocar las salidas transitorias que le fueran concedidas al condenado Cesar “Chatrán” Hernández por tiempo indeterminado ya que en la primera oportunidad de usufructo de las mismas ha incumplido, constituyendo ello una falta grave. Haciendo referencia al juez al obrar “deliberadamente intencionado” de Hernández a sustraerse de la Justicia, al no volver a su lugar de alojamiento en Sarmiento. Recordando que “estos beneficios”, como las salidas transitorias, “durante la ejecución de pena constituyen un voto de confianza que la Ley impone en cabeza del condenado”.

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