APUNTA A SANCIONAR LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Hoy se vota en Diputados la ley que sanciona la corrupción empresaria

El interbloque Cambiemos logró avanzar este martes en la Cámara de Diputados con el proyecto que impone penas a las personas jurídicas que cometan actos de corrupción, a pesar de algunas objeciones del Frente Renovador y del rechazo total del FpV-PJ y de la izquierda. Apunta a sancionar los delitos contra la administración pública cometidos por empresas de capital nacional o extranjero e implicará el cumplimiento del pedido de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a la que Argentina pretende ingresar, que solicitó que el país tuviera una norma que apuntara a la responsabilidad empresarial sobre hechos de corrupción.
En la actualidad, el Código Penal contempla penas para personas físicas, pero no para personas jurídicas, con lo cual una empresa involucrada en un hecho de corrupción puede seguir operando sin ninguna consecuencia.
El proyecto que busca el oficialismo transformar en ley establece penas que van desde multas hasta la suspensión de la actividad por hasta diez años, y la prohibición de participar en las licitaciones convocadas por el Estado Nacional a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.

Un paso más

La iniciativa consiguió dictamen favorable en un plenario de las comisiones de Legislación Penal y de Legislación General, y será votada hoy miércoles en el recinto, donde Diputados se encamina a ratificar los numerosos y profundos cambios que le introdujo el Senado.
“Empezamos a completar lo que faltaba en el marco de la lucha contra la corrupción, que era la responsabilidad penal de las personas jurídicas”, destacó el presidente de Legislación General, Daniel Lipovetzky (Pro), que en ese sentido calificó el proyecto como “revolucionario”.
La futura ley apunta a sancionar los delitos contra la administración pública cometidos por empresas de capital nacional o extranjero, para cumplir con una exigencia de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos).

Cambios de último momento

Si bien la Cámara baja había incluido todos los ilícitos, el Senado devolvió al texto su espíritu original, y sólo se penalizarán los delitos de cohecho, negociaciones incompatibles con la función pública, tráfico de influencias nacional o trasnacional, concusión, enriquecimiento ilícito y falsificación de balances.
En nombre del Frente Renovador-UNA, Juan Brugge adelantó que el bloque acompañará la votación en general, pero planteó objeciones sobre la prescripción de los delitos abarcados en el proyecto y el cálculo del monto de la sanción.
Sobre el primer punto, el proyecto aprobado en Diputados fijaba la imprescriptibilidad de los ilícitos, pero el Senado estableció un plazo de seis años. “Lamentamos que no hayan igualado los delitos de corrupción con los de lesa humanidad, porque es la propia Constitución la que los equipara”, consideró Brugge.
En segundo término, cuestionó que el monto de la sanción para las empresas se calcule sobre la ganancia obtenida indebidamente -lo que, consideró, será “difícil” de estimar- y no sobre la base de los balances -como se indicaba inicialmente-.
Según el proyecto dictaminado, las multas van de dos a cinco veces el beneficio obtenido de manera ilícita; la suspensión total o parcial de actividades -con un máximo de diez años-; la prohibición por diez años de participar en concursos o licitaciones estatales; y la disolución de la personería gremial cuando hubiese sido creada al solo efecto de delinquir, entre otras sanciones.

Con dudas

El Frente para la Victoria-PJ definirá en las próximas horas si acompaña o no el proyecto en el recinto, según anunció el diputado Rodolfo Tailhade, quien aclaró además que la mayoría de su bloque no firmaría dictamen alguno.
Tailhade señaló que el artículo 9, referido a las tres condiciones para conseguir la eximición de la pena, implica “una válvula de escape al sistema de responsabilidad penal”.
En este sentido, el texto dice que la empresa puede eximirse de la pena si es ésta misma -y no el Estado- la que detecta el delito; si implementa un sistema de control y supervisión adecuado (programas de integridad o “compliance”); y si devuelve el beneficio obtenido de forma ilegal.
El kirchnerismo también se expresó en contra de los “acuerdos de colaboración eficaz”, donde la persona jurídica podrá comprometerse ante el Ministerio Público Fiscal a colaborar y brindar “datos precisos, útiles y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes, o el recupero del producto de las ganancias del delito”, a cambio de la reducción de la pena.

Sólo maquillaje

Por la izquierda, Pablo López (Partido Obrero) advirtió que “los salvoconductos de las empresas para zafar de su responsabilidad siguen existiendo” a pesar de los cambios impuestos en el Senado, y adelantó la firma de un dictamen de rechazo.

Procesados por corrupción no podrán ser candidatos

El dictamen favorable del proyecto de ley prohíbe a personas procesadas o condenadas por delitos de corrupción presentarse como precandidatos en elecciones primarias o candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos nacionales.
La norma implica la modificación del artículo 33 de la Ley 23.298 -de Partidos Políticos-.
La macrista Silvia Lospennato, autora de uno de los proyectos, destacó que la iniciativa “no solamente tiene una sólida base constitucional, sino que se ajusta al Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos”. Enfatizó que los constituyentes de 1994 le dieron “un lugar muy especial” a la lucha contra la corrupción, en el artículo 36, “calificándolo como un atentado más contra la democracia”.
En consonancia, la radical Brenda Austin ponderó “la propuesta tiene que ver con no permitir que puedan ser candidatos aquellas personas que hayan tenido condena, aun no estando firmes”, subrayó.
En contra de la propuesta, la diputada kirchnerista Nilda Garré señaló que “se pretende ignorar el principio de inocencia”. Remarcó que en sus “50 años de abogada, de persona que cree en el derecho, nunca vi esta insistencia permanente en el Parlamento de ignorar el principio de inocencia, el debido proceso y todas las garantías constitucionales”. Fundamentó que “la imposibilidad temporaria ya es una forma de afectar el principio de inocencia” y que “esto es muy peligroso”. Añadió que los proyectos, consensuados en una sola iniciativa, son “textos anticonstitucionales”.

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