PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO

Violencia familiar: Lo excluyeron del hogar luego herir a su pareja

En una audiencia de control en la ciudad de Trelew, el Ministerio Público Fiscal expuso sobre un hecho ocurrido el 6 de noviembre cerca de la 1:15, cuando personal policial fue alertado por vecinos de una violenta discusión que se desarrollaba en el interior de una vivienda en la calle Tello, donde la víctima solicitaba ayuda en forma desesperada.
Según relató la funcionaria de fiscalía Viviana Díaz, cuando los efectivos arribaron al lugar, tras recorrer un largo pasillo pudieron ver por una de las ventanas que una persona mantenía en el piso a la mujer golpeándola reiteradamente, generando que la agredida solicitara auxilio. Fue así que llamaron a la puerta y el propio agresor les abrió, resultando aprehendido en flagrancia, en el marco del artículo 217 del código procesal penal.
Como consecuencia de lo sucedido la mujer resultó con lesiones acreditadas por médica policial. La calificación esgrimida es la de lesiones en carácter de autor, teniendo en cuenta la ley de violencia familiar y derecho de las víctimas, previsto en el artículo 99 inciso 3ro. del código procesal penal.

Exclusión

Se solicitó por parte de fiscalía la exclusión del hogar, donde convivía con quien resultó víctima, un hijo en común de varias semanas y una niña de la mujer. Por otra parte, se pidió la prohibición de acercamiento, tanto al hogar como a la persona afectada durante el tiempo que dure la investigación, además de la remisión a la brevedad de las actuaciones al juzgado de familia. Se aclaró que desde los organismos preventivos se había estado intentando el contacto con los ámbitos judiciales familiares sin haberse logrado obtener una respuesta. También se pidió el envío de todo lo actuado hacia la asesoría de menores.
La defensora Flora Mollard aclaró que no ponía objeciones a la presentación fiscal y confirmó que su asistido no tenía intenciones de continuar con esta relación en una situación conflictiva, fijando nuevo domicilio de residencia.
El juez Sergio Piñeda, habiendo escuchado a las partes, resolvió la apertura de investigación según los hechos expuestos y la calificación legal argumentada por la Fiscalía y determinó la prohibición de acercamiento al domicilio y a la mujer perjudicada, a la vez que ordenó girar todo hacia el juzgado familiar y que también se de intervención a la asesoría de menores para que resuelvan al respecto, más allá de la investigación penal correspondiente.

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