AYER SE ESCUCHARON LOS ALEGATOS DE LAS PARTES

Hoy se conocerá el fallo por el homicidio de Walter Leiva

En la mañana de ayer jueves, en los tribunales penales de la ciudad de Comodoro Rivadavia, concluyó el tercer día de del juicio oral y público por el homicidio de Walter Leiva ocurrido el pasado 28 de febrero de 2017, que tiene como coimputados a Aldo Ezequiel Camarda y a Maximiliano Brizuela.
Presidió el acto la jueza penal Mariel Suárez, quién junto a sus pares Alejandro Soñis y Martín Cosmaro integraron el tribunal de debate; quienes en el día de hoy viernes emitirán su fallo.
En la fecha se pudo escuchar el testimonio de descargo de Romina Varas, alias “la Pepa”. Seguidamente se procedió a incorporar la prueba documental, comenzando con el audio y video de dos ruedas de reconocimiento de personas, las cuales arrojaron resultado positivo para ambos imputados. Finalmente, luego de un cuarto intermedio se procedió a escuchar los alegatos finales de las partes. Mañana viernes al mediodía el tribunal dará a conocer el veredicto acerca de la responsabilidad penal.
Por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general. Por la defensa de Camarada actuó Viviana Barillari; en tanto que la de Brizuela fue ejercida por María de los Ángeles Garro, ambas defensoras públicas.
Por otra parte, la sala se encontraba colmada de familiares y amigos de la víctima, acompañados por dos profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD); y también familiares de ambos imputados.

Los testimonios

Luego del último testimonio propuesto por la defensa, se procedió a escuchar, y el tribunal ver, dos audiencias de reconocimiento de personas que se efectuaron durante la etapa preliminar al juicio. La primera fue el pasado 27 de marzo de 2017, en la que fue reconocido como uno de los que durante el hecho efectuaba disparos a “Carita” Camarda. En tanto que la segunda audiencia de reconocimiento se concretó el pasado 17 de mayo de 2017 y en ella fue reconocido como otro de los que efectuaban disparos hacia abajo en la escalera, el imputado “Popo” Brizuela.

Alegatos finales

Luego de un cuarto intermedio, la fiscal Banfi aseguró que con la prueba rendida en el juicio ha quedado acreditado la materialidad y autoría del mismo por parte de los imputados Camarada y Brizuela. Que desde una zona alta de la escalera ambos imputados efectuaron disparos con armas de fuego primero hacia la vivienda, y posteriormente hacia la humanidad de Walter Leiva. Concluyendo que producto del disparo efectuado por Camarda, Leiva fallece días después en el Hospital Regional. Respecto del testigo presencial del hecho la fiscal aseguró que su declaración poseía “coherencia interna y externa, siempre sostuvo el mismo relato y por el detalle como lo relata, es así como sucedieron los hechos”. Por último Banfi mencionó los elementos que acreditan la autoría en cabeza de ambos imputados, Camarda se ubica en mejor posición y grita “le di, le di” y Brizuela fue reconocido en una audiencia de reconocimiento de personas. Por todo esto la fiscal requirió se declare la responsabilidad penal de Camarda como “autor” del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, y para Brizuela como “partícipe primario” del mismo delito.
En contraposición la defensora de Camarda solicitó su desvinculación del caso ya que en el debate no se ha podido probar que él fue el autor. Esto surge de la misma prueba científica que echa por tierra la plataforma fáctica de la fiscalía. El allanamiento en su casa dio resultado negativo y desde su posición no pudo efectuar el disparo que acabara con la vida de Leiva, aseguró la defensora. Subsidiariamente planteó el cambio de calificación legal del caso de homicidio agravado a “homicidio en agresión”. No se pudo establecer cuál de los tiradores acabó con la vida de Leiva, se desconoce al autor. También se desconoce el móvil del homicidio, concluyó Barillari.
Por último, se escuchó el alegato de la defensora de Brizuela también solicitó su absolución en base al beneficio de la duda ya que a su entender no se ha acreditado en el juicio cuál fue la ayuda o colaboración prestada por su pupilo para tenerlo como partícipe necesario. No se lo ha hecho con el grado de certeza que requiere la instancia de juicio. Subsidiariamente también planteó el cambio de calificación por una más beneficiosa de “homicidio en agresión”.

ÚLTIMAS NOTICIAS