PARA UNO DE LOS JUECES, PLANIFICAR LA DISTRIBUCIÓN DESDE LA CELDA NO SE CONSTITUYÓ COMO UN DELITO

Condenaron a banda narco liderada por un preso

El Tribunal Oral Federal (TOF) en lo Criminal de Comodoro Rivadavia, presidido por el juez Enrique Guanziroli e integrado por Nora María Teresa Cabrera de Monella y Luis Alberto Giménez, con la secretaría de Raúl Totaro, juzgó y condenó a parte de una banda de narcotraficantes que lideraba Raúl “Rapa” Quiroz desde el Servicio Penitenciario 7 de Chaco, en donde estaba detenido cumpliendo otra condena por intentar traficar 34 kilos de marihuana en diciembre de 2012 en Corrientes.
Quiroz se hizo conocido en Comodoro Rivadavia cuando en 2011 fue condenado por sustraerle el equipo policial de su domicilio a un integrante de la Policía del Chubut en Kilómetro 17. En esa ocasión, fue declarado “reincidente”.
Aquella vez, el “Rapa”, ahora devenido en traficante de drogas, junto a un cómplice, forzó una puerta de la vivienda del policía con una barreta y también rompió una ventana de la cocina, sustrayendo un chaleco antibalas y un equipo de comunicación policial.
Sin embargo, un vecino, también policía, persiguió a ambos y logró detenerlos con la ayuda de efectivos que arribaron al lugar en patrulleros.
Mientras que para uno de los magistrados hubo un claro circuito de planificación para la distribución de estupefacientes desde adentro de la celda de Quiroz, para otro el delito se cometió por fuera de la prisión.
Además, absolvieron a tres individuos, uno de los cuales deberá pagar 225 pesos de multa, “abstenerse de cometer delitos”, realizar cien horas de trabajo comunitario y tratar su adicción a la cocaína.

Se declaró culpable

En el acuerdo de juicio abreviado que homologó en aquella ocasión la juez Raquel Tassello en la Justicia ordinaria, Quiroz admitió su autoría en otros tres hechos que se le atribuyeron; un robo simple ocurrido el 31 de enero de 2011 cuando ingresó en una vivienda en Standart Sur y otros dos robos simples en grado de tentativa, uno cometido el 11 de octubre de 2011 en Kilómetro 5 y el del robo del chaleco al policía.
Después de ello, la Justicia Federal lo condenó al intentar traficar 34 kilos de marihuana en diciembre de 2012 en Corrientes, como se mencionó.
Ahora, el TOF de Comodoro Rivadavia lo condenó como “autor responsable de comercio de estupefacientes prohibidos, agravado por haberse cometido en un lugar de detención”. La pena que recibió en este caso es de siete años de prisión, siete mil pesos de multa, accesorias legales y costas. También lo declaró reincidente respecto de su condena anterior por el Tribunal Federal de Corrientes que lo tiene cumpliendo prisión.

Desde la celda

Para el juez Guanziroli, la acción de Quiroz desde el penal “fue mucho más que confabular verbalmente con el otro y que las disquisiciones solo prepararon el delito, ya que se había tratado tipo y cantidad de la mercadería ilegal, su valor y el modo de pagarla y sus tiempos, la preparación para el traslado subrepticio y ya convenidos los conjurados, el momento y modo de salir hacia el comprador y su destino final, lo que significó la concreción de la compraventa ilícita”.
A su vez, agregó: “La acción típica, antijurídica y culpable de comerciar droga prohibida se consumó intramuros, con la intención, decisión, conocimientos y contactos exteriores de su agente productor, confinado allí por una sanción anterior, allí se pactaron las condiciones de la compraventa criminal, mediante el uso de equipos tecnológicos allí destinados y aunque su acontecer tenía la finalidad de completarse más tarde, a miles de kilómetros, con otros que los negociadores directos de la operación”.

“No hubo delito” dentro de la cárcel

De este agravante disintió el juez Giménez porque entendió que el ilícito no se llevó a cabo dentro del recinto carcelario sino afuera. Para Guanziroli, Quiroz tuvo “un comportamiento carente de arrepentimiento, haciendo caso omiso de otra sanción recibida, repitiendo hecho similar por el que fuera condenado junto a Yanina A. Mancilla, esta segunda vez delinquiendo privado de su libertad, sin surtir la pena impuesta algún efecto reflexivo, ni reeducativo; desplegó el negocio ilícito y procuró trasladar el tóxico indemne, por una notable distancia, desde el lugar de su detención”.
Según el informe del Servicio Penitenciario Federal del Chaco, su concubina Yanina Alejandra Mancilla lo visitó 42 veces entre enero y julio de 2015. Y tras la efectiva tarea de la Brigada de Drogas Peligrosas de Comodoro Rivadavia, a cargo de los comisarios Julián Vilches y Andrés Avila, con la dirección de la investigación en cabeza de la juez Eva Parcio de Seleme y la acusación en juicio del fiscal Teodoro Nürnberg, quedó probado en juicio que Mansilla era la responsable de transportar el cargamento de droga pactada por Quiroz con sus compradores en Comodoro Rivadavia.

Cuatro imputados quedaron en libertad

En total fueron tres los absueltos, pero además de Quiroz se condenó a Mariano Gabriel Rodríguez, como autor responsable de tenencia simple de estupefacientes a dos años de prisión, en suspenso, en tanto fije domicilio y se someta al cuidado de un patronato, no cometa nuevos delitos, se abstenga de tener y usar armas y drogas y abusar de bebidas alcohólicas, cumpliendo cien horas de trabajo comunitario gratuito en una institución de bien público que propondrá y se someta a un tratamiento desintoxicante y de rehabilitación sobre su adicción a la cocaína, 225 pesos de multa y las costas procesales.
Mientras que se condenó a Yanina Alejandra Mancilla, como autora responsable de transporte de estupefacientes prohibidos, a cinco años de prisión, cinco mil pesos de multa, accesorias legales y las costas y la declaró reincidente de la pena que la tiene cumpliendo prisión domiciliaria.
Asimismo, se condenó a Pablo Leiva como autor responsable de comercio de estupefacientes a seis años de prisión, 6 mil pesos de multa, accesorias legales y costas.

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