DARÍO CASTAÑO ESTÁ ACUSADO DE DISPARAR A UN POLICÍA

Jueces dictan sentencia de emoción violenta en caso de tentativa de homicidio

En la sala de audiencias de la cámara penal de Trelew, se llevó adelante el juicio oral y público que juzga la conducta de Rubén Darío Castaño, acusado por homicidio agravado en grado de tentativa por uso de arma de fuego, en perjuicio de Javier Acosta Farías Díaz, en un hecho ocurrido el 17 de febrero de 2017. El tribunal se integró con los Jueces Alejandro Defranco, Adrián Barrios y Florencio Minatta, representando al Ministerio Público Fiscal el doctor Fabián Moyano y ejerció la defensa del acusado Lisandro Benítez.
Durante el evento, cobraron valor las deposiciones efectuadas por la víctima y en contraposición los argumentos vertidos por Castaño, y también por su hija que estaba junto a él en el momento de lo sucedido.

El acusado

Rubén Darío Castaño habló acerca de lo que representaba su hijo Mauro en su vida, quien murió en una celda de la comisaría primera tras un incendio, hecho por el cual fue procesado y absuelto la víctima del delito que se le imputa.
El acusado enfatizó acerca de la salud siquiátrica de Acosta, al expresar que tres veces le fue negado el ingreso a la policía por ese motivo y acercó documentación que certifica maltrato familiar.

Emoción violenta

En el veredicto los jueces Defranco, Barrios y Minatta señalaron que surgía de toda la prueba presentada que no podía sostenerse la legítima defensa, como pedía el defensor del acusado, pero si corresponde indicar que el imputado actuó con un grado de culpabilidad que llena los requisitos del homicidio atenuado, en un grado de emoción violenta que las circunstancias hicieron excusables. Aseveraron los magistrados que para que se de esa condición el imputado debía estar emocionado, lo que se evidencia en las exposiciones y se necesita una causal externa, siendo esta la muerte de su hijo y la falta de respuesta del Estado.
En consecuencia, resolvieron imputar a Rubén Darío Castaño por homicidio en grado de tentativa en estado de emoción violenta, lo que conlleva una pena que va de los seis meses a los dos años de prisión en suspenso.
También rechazaron por voto de mayoría el agravante del uso de arma y el Ministerio Público Fiscal deberá determinar en la cesura de pena si pide que la prisión sea de cumplimiento efectivo, aunque se computan el año y medio que lleva con arresto domiciliario. La pena será debatida hoy en horas de la mañana.

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