EL MUNICIPIO MADRYNENSE RATIFICÓ QUE NO PERMITIRÁ USURPACIONES

Afirman que no hay disponibilidad de terrenos para “loteos sociales”

El Secretario de Desarrollo Urbano Enrique Calvo, ratificó la política del Ejecutivo Municipal de “tolerancia cero con las usurpaciones”. Quienes lo hagan serán descartados del banco de tierras.
El funcionario municipal aclaró además que no hay disponibilidad de terrenos para loteos sociales ya que primero se deben extender las redes de agua, cloacas y electricidad.
Ayer, se reunió con quienes usurparon terrenos en los últimos días y fueron desalojados por el Municipio y reiteró que no habrá diálogo con quienes usurpen terrenos.
Un grupo de personas reclamó, en las inmediaciones de la Plaza San Martín, por la posibilidad de ser beneficiados con terrenos fiscales, luego de que, la semana pasada, personal municipal, de la Dirección de Tierras y de la Policía del Chubut, evitara un intento de ocupación irregular de terrenos en el barrio Pujol II.
La situación, según precisó una vocera del grupo de vecinos, se viene dando desde hace tiempo y “presentamos toda la documentación en tiempo y forma, pero nunca nos llaman”, según advirtió.
Se trata de una problemática que los manifestantes ligaron, en parte, a la “ocupación por parte de personas extranjeras que ni siquiera cumplen con los cinco años de requisito de residencia en Madryn”, a la vez que criticaron que “muchos vienen desde el barrio Alta Tensión o Nueva Chubut, se bajaron desde casas de material que tienen, algunas de dos pisos, y quisieron agarrar de a cinco, seis u ocho terrenos; incluso, después venían con los documentos de los hijos y los primos y querían que los anotáramos”

“Somos nativos de la ciudad”

Al respecto, una de las vecinas, Thalía Rotondo, comentó que “hicimos una carta entre todos, tenemos una planilla con los nombres, apellidos y DNI, los hijos que cada uno tiene y los años de residencia, porque sabemos que el requisito mínimo son cinco años de residencia en Puerto Madryn” y aclaró que “la gran mayoría somos nativos; extranjeros casi no hay y, los que están, cumplen el requisito mínimo de los cinco años en adelante”.
En la misma línea, se refirió a lo mencionado por sus pares, respecto de varias personas de nacionalidad extranjera que habría sido impedidas, por los propios vecinos, de ocupar de manera irregular tierras en dicho sector: “Muchos vienen desde el barrio Alta Tensión o Nueva Chubut, se bajaron desde casas de material que tienen, algunas de dos pisos, y quisieron agarrar de a cinco, seis u ocho terrenos; incluso, después venían con los documentos de los hijos y los primos y querían que los anotáramos”.

“No tenemos nada”

Sobre esto último, expresó que “nosotros les dijimos que no, ya que somos todos nativos y lo único que queremos es un terreno para nosotros”, agregando que “observamos que muchos que son extranjeros y tienen tan solo un año en Puerto Madryn, ya tienen sus terrenos, sus casas, su camioneta y todo, y nosotros que somos nativos y residentes de acá, no tenemos nada”.
Además, remarcó que “queremos pelear por un terreno propio, para tener una vivienda digna, según nos corresponde y de acuerdo lo que dice la Constitución Nacional”.
El viernes pasado, relató, “vinieron a la Municipalidad los chicos y prendieron fuego gomas, porque fue la única solución que se encontró para que nos atendieran, ya que habíamos estado en (la Dirección de) Tierras y lo único que nos decían era ‘esperen que van a ser llamados’”.

Piden diálogo con autoridades

Además, Rotondo comentó que “ese llamado nunca llega, ya que la gran mayoría ya presentó la documentación correspondiente en Tierras, y nunca fueron contactados, por eso también nos vemos obligados a tomar las cosas así” y reconoció que “esta no es la manera en la que queremos hacer las cosas, pero es la única que encontramos para que realmente nos presten atención”.
En relación a los distintos operativos que impidieron las ocupaciones irregulares de terrenos, en este caso fiscales, la vecina mencionó que “no levantamos nada todavía, lo único que habíamos hecho era poner cintas, separando cada terreno, y carteles con el apellido de cada familia; pero no construimos nada, lo único que hicimos fue colocar pallets en un solo terreno, para resguardarnos del frío”.
En este sentido, advirtió que “llevamos más de una semana ahí, aguantando el frío, con fuego, y lo único que queremos es ser escuchados y atendidos”.

Qué normativa prohíbe la ocupación

Actualmente, la Ordenanza 9.648 establece que “estarán inhabilitados para acceder a tierras de dominio del Estado Municipal ‘los contraventores a la Ordenanza de Tierras que tengan sanción firme por ocupación ilegal, cesión o transferencia irregular’; ‘los que se constaten como «Ocupantes Irregulares», quienes pretendan ejercer derechos sobre tierra de dominio del Estado Municipal, sin autorización respectiva, debidamente verificado por instrumento público, en violación o contravención de la normativa vigente sobre la materia, y/o quienes sean administrativa o judicialmente notificados de forma fehaciente para cesar en la usurpación u ocupación ilegítima y/o, no desista voluntariamente de la misma en un plazo de 5 días de intimado’; ‘los propietarios, adjudicatarios y/u ocupantes de inmuebles en la provincia del Chubut, salvo casos de cónyuge o conviviente con sentencia judicial de divorcio o cancelación, respectivamente, que acredite que la persona no tiene inmuebles a su nombre’”.

Inhibición por diez años

A su vez, el documento expresa que la inhabilitación se extiende, también, a “quienes registren deudas con el Estado Municipal por cualquier concepto”, “quienes hayan adquirido la calidad de Adjudicatario de lotes de dominio del Estado Municipal, respecto del mismo destino, e integren la nómina de Adjudicatarios” y “quienes alteren y/o falsifiquen datos del oferente en el Formulario de Declaración Jurada provista por el Departamento Ejecutivo al momento de presentarse a Ofrecimiento Público”.
En la misma línea, la normativa dio origen al “Registro de Inhabilitados para acceder a tierras de dominio del Estado Municipal, dependiente de la Dirección de Tierras”.
Quienes se encuadren “en alguno de los supuestos contemplados en el artículo precedente, integrarán el Registro de Inhabilitados y quedarán excluidos, por el término de diez años desde su fecha de inclusión en el mismo, para adquirir el carácter de oferente y/o pre adjudicatario y/o adjudicatario de tierras de dominio del Estado Municipal”.

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