La Cámara de Diputados aprobó la legalización del aborto

Tras casi 24 horas de discusión con argumentos a favor y en contra, el debate sobre la despenalización del aborto llegó a su fin en la Cámara de Diputados de la Nación, con dictamen favorable a partir de 131 votos positivos, 121 negativos y solamente una abstención.

Sin embargo, momentos más tarde, dos diputados aclararon que su voto había sido computado como «positivo» pero que era «negativo»; ello dejó el resultado en 129 votos positivos contra 123 negativos y una abstención, manteniendo la aprobación del proyecto. En un escenario de paridad extrema que se modificó, otorgando una leve ventaja a quienes promovían el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo.

Cuando nadie lo esperaba, la votación en la Cámara baja dio un giro drástico: dos diputados peronistas de La Pampa, que iban a votar en contra, anunciaron su apoyo a la reforma. Se trata de Melina Delú y Ariel Rauschenberger, los dos del Bloque Justicialista. La novedad se conoció luego de que los promotores de la reforma le reclamaran un «gesto político» al Gobierno para definir la disputa.

Detalles del proyecto:

  • Se permitirá la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación. Asimismo, se podrán realizar abortos fuera de estos términos en tres casos: embarazo por violación, si estuviera en riesgo la vida o la salud de la mujer y si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.
  • Un registro de objetores de conciencia para los médicos que decidan no realizar las prácticas. Cabe aclarar que este registro es sólo para profesionales, pero los hospitales y clínicas no podrán hacer referencia al mismo y deberán presentar, al menos, guardias mínimas.
  • Las mujeres menores de 16 años que interrumpan sus embarazos deberán informar su consentimiento.
  • Las prácticas deberán realizarse en un máximo de cinco días y, luego de solicitar la interrupción del embarazo, los centros médicos deberán brindar “información adecuada; atención previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de carácter médica, social y psicológica; acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y confiable sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Plan Médico Obligatorio y en el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
  • Los responsables tendrán responsabilidad en los casos de mala praxis.
  • El artículo 14 de la ley establece que se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar el anonimato y la confidencialidad de los datos recabados.

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