HABRÁ EXENCIONES IMPOSITIVAS Y SUSPENDERÁN INTIMACIONES Y EJECUCIONES

La AFIP confirmó beneficios para las PyMEs de Chubut

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó la resolución para otorgar exenciones de impuestos nacionales para las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) de Chubut.
Legisladores nacionales y autoridades del Ejecutivo Provincial realizaron diversas gestiones a solicitud de la Federación Empresaria del Chubut (FECH), que tuvieron su correlato en la Legislatura donde se sancionó la ley que declara la Emergencia Comercial, necesaria para obtener los beneficios fiscales. La ley tiene vigencia por 180 días y permitirá suspender en ese plazo las intimaciones y ejecuciones que pesaban sobre las pequeñas y medianas empresas de la provincia.

Las gestiones

“Venimos trabajando hace tres meses y la semana que viene volvemos a encontrarnos en una mesa de trabajo”, dijo el senador Alfredo Luenzo al señalar que “el anuncio de hoy no representa un objetivo final alcanzado sino que es parte de un proceso que sigue su marcha. Nuestro objetivo es resolver las asimetrías que perjudican a la Región. Homogeneizar la política tributaria del país no es otra cosa que perjudicar Chubut y a toda la Patagonia”.
También el diputado nacional Gustavo Menna confirmó la firma de la resolución por parte de la AFIP.
En tanto que el gobernador Mariano Arcioni, se mostró satisfecho por los beneficios alcanzados. “Es un logro conjunto. Necesitábamos tener declarada la Emergencia Comercial y la Ley se pudo aprobar en Legislatura. Eso fue parte de una iniciativa consensuada con las diferentes cámaras empresariales de la provincia, integrantes de la Federación Empresaria de Chubut (FECh). Es la muestra de que con el trabajo conjunto, con proyectos y sin mezquindades, se pueden alcanzar metas para favorecer al conjunto de los chubutenses”.

Exenciones y suspensión de ejecuciones

Las gestiones se iniciaron hace meses entre los legisladores nacionales Gustavo Menna y Alfredo Luenzo, y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME). Desde la Federación Empresaria del Chubut (FECh) mostraron satisfacción ante un reclamo “que fue impulsado desde un primer momento desde esta entidad y que llegó a oídos de las máximas autoridades”.
En las próximas horas la FECh solicitará algunas modificaciones en la Emergencia para que también se impulse la adhesión de los municipios. Las medidas de AFIP regirían por 180 días y permitirían suspender en ese plazo las intimaciones y ejecuciones que pesaban sobre las pequeñas y medianas empresas de la provincia.

Hubo 1800 embargos

Hasta el día de hoy alrededor de 1.800 pymes chubutenses se encontraban embargadas por deudas contraídas en el último tiempo. “La resolución de AFIP otorgará la posibilidad de planes de pago más flexibles y dará oxígeno financiero a las empresas para poder reactivar la actividad privada que se encontraba estancada en el último tiempo, a raíz de la crisis de la provincia, focalizada en el sector público, con el escalonamiento en el pago de los sueldos y la falta de pago de deudas con proveedores”.
Días atrás el mismo presidente de la CAME, Gerardo Díaz Beltrán, había presentado ante el titular de AFIP, Leandro Cucciolli, el pedido que se venía realizando desde las cámaras empresarias nucleadas en la FECh, “lo que demuestra el compromiso que ha tenido en todo momento la entidad empresaria nacional” para lograr objetivos conjuntos, y proteger a los pymes locales, que son la principal fuente de empleo genuino.

Qué dice la resolución

Artículo 1°.- Suspéndese hasta el día 31 de diciembre de 2018, inclusive, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la Ley VII N° 84 de la Provincia del Chubut, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la referida norma. Lo dispuesto precedentemente no obsta al ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentren a cargo de esta Administración Federal.
Artículo 2°.- A los fines del otorgamiento del beneficio establecido por esta resolución general, los responsables deberán realizar la correspondiente solicitud mediante la presentación de una nota -con carácter de declaración jurada- en los términos de la Resolución General N° 1.128, ante la dependencia de este Organismo en la que se encuentren inscriptos, hasta el día 31 de agosto de 2018, inclusive. La mencionada nota deberá estar acompañada de la certificación extendida por la Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut que acredite que el responsable se encuentra comprendido en la declaración de emergencia comercial.

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