TAMBIÉN ES UTILIZADO EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA “PASTA BASE”

Incluyen al tolueno en la lista de precursores químicos usados para producir cocaína

Recientemente el Gobierno Nacional, a través del Registro Nacional de Precursores Químicos (RNPQ y ex ‘RENPRE’) promulgó un Decreto en el cual actualizó la lista de precursores, modificando algunos de ellos e incluyendo el tolueno dentro de la Lista I, compartiendo el espacio con otras sustancias como el cloroformo, el anhídrico acético y el safrol.
El secuestro de un camión que transportaba unos 5 mil litros de tolueno con destino a Puerto Madryn, semanas atrás, fue un hecho de por sí llamativo, principalmente porque nada más se supo del destino del vehículo, así como tampoco del origen del mismo y los responsables del cargamento, que no contaban con la documentación de rigor exigida por Gendarmería para atravesar el control de Sierra Grande.
En este contexto, desde hace varios meses se establecieron estrictos controles en diferentes comercios de la ciudad del Golfo; fundamentalmente, en aquellos que comercializan pegamentos o productos que contienen tolueno, también conocido como “metilbenceno”, y hexano.
Quien adquiere productos de este tipo debe inscribirse en un Registro al cual el Municipio tiene acceso, a través de la Subsecretaría de Prevención y Protección Ciudadana, que lleva adelante los controles junto al área de Inspecciones local.

Utilizado para fabricar cocaína

Según lo vertido en el Decreto 743, que fuera publicado en el Boletín Oficial a mediados del mes pasado, “el tolueno, incluido actualmente en la Lista II de Precursores Químicos, es utilizado en la fabricación ilícita de cocaína en reemplazo de otras sustancias que actualmente integran la Lista I de Precursores Químicos, por lo que resulta apropiado recategorizarlo a la referida Lista I de Precursores Químicos”.
A su vez, el documento tuvo en cuenta que “la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, y el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, aprobados estos dos últimos mediante las Leyes 20.449 y 21.704, comprometen a las Partes a hacer todo lo posible para aplicar medidas de fiscalización que sean factibles, de las sustancias no sujetas a las disposiciones de esos tratados pero que puedan ser utilizadas en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”.

Sin rastro

De este modo, continúan los esfuerzos desde el ámbito de la fiscalización y el control para restringir y auditar la compra-venta de tolueno en diferentes comercios de Puerto Madryn, así como también en el resto del país, pero hasta el momento, poco y nada se sabe del destino de los 5 mil litros que viajaban en el camión Scania, el cual fuera incautado por no haber podido cumplimentar la documentación exigida en el control policial.
Cabe recordar que, por otro lado, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, aprobada mediante la Ley 24.072, establecía en su artículo 12 que “las Partes adoptarán las medidas que estimen adecuadas para evitar la desviación de las sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de estupefacientes o sustancias psicotrópicas”, lo cual dio origen al Decreto en cuestión y a que se elaborara una lista de precursores, a modo de “afinar la lupa” en cuanto a la regulación de su uso y comercialización.

Mejorar los controles

Además, el Gobierno Nacional fundamentó, en el reciente Decreto, que “ante los desafíos que presentan las drogas de abuso es necesario un control estricto respecto de las sustancias que puedan ser desviadas de su circuito legal para la producción ilícita de estupefacientes” y que “en vista de las actualizaciones que han sido objeto los cuadros de las Convenciones Internacionales en el último año y de las tendencias de las organizaciones criminales, a nivel global, de emplear sustancias no controladas en la producción y fabricación de estupefacientes a fines de encontrar precursores químicos alternativos aún no regulados, se ha decidido actualizar de las Listas de Precursores Químicos con el objeto de evitar el desvío de estas sustancias a los canales ilícitos”.

Para qué se utilizaría

Según los especialistas, el tolueno, en su consumo en calidad de estupefaciente -a través de la inhalación- puede producir dolores de cabeza, euforia, sensación de tambaleo e incapacidad para coordinar los movimientos; ello se debe a que los nitritos inhalados dilatan los vasos sanguíneos, aumentan el ritmo cardiaco y producen una sensación de calor y excitación, pero la utilización en el tiempo de este tipo de productos puede generar una sensación de abstinencia en caso de dejar de hacerlo, algo que, según estadísticas, ha llevado a las personas adictas a volcarse a otro tipo de drogas como reemplazo del tolueno.
De acuerdo a lo vertido tiempo atrás por el jefe de Psiquiatría del Instituto FLENI, doctor Salvador Guinjoan, en una nota publicada en un medio de circulación nacional, “la pasta base de cocaína (paco) es un compuesto de varias sustancias, que constituyen el residuo de procesos de obtención de clorhidrato de cocaína a partir de la materia prima inicial, las hojas de coca; contiene una pequeña proporción de cocaína, y el resto es producto de los agentes utilizados en el proceso de obtención de cocaína de alta pureza, incluyendo principalmente solventes orgánicos y ácidos, como ser tolueno, benzina, keroseno, parafina o ácido sulfúrico”.
A ello, agregó que “el componente altamente adictivo principal es la cocaína, pero posiblemente como consecuencia de encontrarse en pequeña proporción, los efectos son poco duraderos y obligan muchas veces a la persona que padece la dependencia, a usar varias dosis repetidamente para obtener el efecto buscado”.

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