CHUBUT ES UNA DE LAS PROVINCIAS QUE HISTÓRICAMENTE NO HA TENIDO MUJERES EN ROLES DE CONDUCCIÓN JUDICIAL

“Más mujeres, más Justicia”, una campaña que busca igualdad en el Poder Judicial

La actual vicepresidenta de la Asociación de Magistrados de Chubut, Iris Brenda Pacheco, se refirió a las consignas impulsadas desde la Asociación de Mujeres Juezas de la República Argentina (AMJA), de la cual forma parte, de cara a la inclusión de mujeres dentro de los principales roles del Poder Judicial, un escenario que hasta entonces no se ha cumplido en la provincia de Chubut, a pesar de disponer de profesionales con la formación necesaria para ser consideradas idóneas para ocupar tales funciones.
En este contexto, la participación de la mujer dentro del espectro jurídico provincial, así como también nacional, fue una de las temáticas que, si bien no formó parte específica de la agenda durante las XV Jornadas Provinciales de la Magistratura y la Función Judicial, celebradas en Puerto Madryn la semana pasada, sí atravesaron muchas de las ponencias desarrolladas durante los dos encuentros.
“En un país que ha tenido una mujer como presidenta y tiene, en los poderes legislativos nacionales, así como también provinciales a mujeres, no es algo cultural, sino una cuestión ideológica del propio Poder Judicial nuestro, y esto es mucho más preocupante”, planteó.

Chubut, sin mujeres en la conducción

Desde AMJA, “todas nosotras llevamos adelante, de manera permanente y en cada una de nuestras actividades, la consigna ‘Más mujeres, más Justicia’”, recalcó Pacheco, sumando a ello que la Asociación observa “con preocupación” la ausencia de mujeres en roles directivos dentro del ámbito judicial; por ejemplo, en el Superior Tribunal de Justicia.
“Esto se ha hablado, son muy pocas las provincias que no han tenido nunca, y en el caso de Chubut, no sólo carece en la actualidad, sino que nunca ha tenido una mujer en la conducción”, planteó la magistrada, agregando que “nuestra provincia tiene mujeres que están sumamente capacitadas desde lo doctrinario, jurídico, desde su actividad profesional y la que realizan en asociaciones e instituciones, más allá de su labor profesional”.

Resabios de la herencia ideológica

A ello, sumó que “no se ve, o no se quiere ver a las mujeres preparadas que hay en la provincia, y eso, cuando menos, es preocupante”.
Consultada respecto de su análisis personal sobre dicho escenario y si acaso se trata de una proyección cultural que ha atravesado a decenas de generaciones argentinas, Pacheco expuso que “no sé si es exactamente cultural, o bien ideológico, lo cual a veces es un poco más preocupante; me parece que, en un país que ha tenido una mujer como presidenta y tiene, en los poderes legislativos nacionales así como también provinciales a mujeres, no es algo cultural, sino una cuestión ideológica del propio Poder Judicial nuestro, y esto es mucho más preocupante”.

Debate de género

Con el debate sobre la despenalización del aborto, la agenda de género y el debate respecto del mismo ocuparon buena parte de la opinión pública durante los últimos meses.
A pesar del resultado adverso por parte de la Cámara Alta para quienes manifestaron su adhesión al aborto legal, seguro y gratuito, la amplia cantidad de exposiciones llevadas a cabo en el ámbito legislativo nacional, sin duda, conllevaron a un “momento bisagra”, instalando el debate de género más allá de la propia discusión sobre la despenalización.
En este contexto, la vicepresidenta de la Asociación de Magistrados opinó que “en todo lo que es la temática de género, mucho más amplia que el último debate, y en las campañas que se están haciendo, veo con esperanza que esto podría cambiar; es muy necesaria la visión de la mujer, ya que es complementaria a la del hombre”.

Una necesidad y una demanda social

En relación a esto último, Pacheco detalló su experiencia dentro de la Asociación de Mujeres Juezas Argentinas, y describió que la entidad “tiene presidencias compartidas, me ha tocado estos últimos tres años cumplir la función junto a Omar López -uno de los expositores durante el encuentro de Magistrados celebrado en Madryn-, y realmente, cuando se puede complementar las visiones de un mismo tema, donde siempre hay una mirada distinta, eso enriquece, no necesariamente confronta”.
También, resaltó que “creo que esta cuestión es sumamente importante y es la que necesita el Superior Tribunal de Justicia, no sólo por la dirección que pueda tener como servicio de Justicia interno para cada uno de los que estamos dentro del Poder Judicial, sino también para los ciudadanos, porque esta visión es complementaria y forma parte de lo que la sociedad, compuesta por hombres y por mujeres, también necesita”.

A favor del juicio por jurados

Otro tema al cual se refirió la vicepresidenta de la Asociación de Magistrados fue el juicio por jurados, cuya implementación fue motivo de debate durante los últimos años, aunque al momento no existan certezas respecto su aplicación en el territorio chubutense.
Preguntada respecto de su opinión, desde lo jurídico, operativo y en cuanto a la eficacia del sistema, que ya se aplica en varias provincias del país, Pacheco expresó que “es un tema que está en la agenda de la Asociación (por AMJA), y uno de los pedidos que se realizó durante el encuentro de Magistrados fue ese”.
Sobre este punto, puso en relieve que “nosotros hemos sido pioneros en todo lo que hace al sistema de oralidad penal; el juicio por jurados de algún modo quedó pendiente, pero es algo que la sociedad necesita y demanda; estamos expectantes y esperamos poder cumplir con ese pedido en breve”.

“Más mujeres, más Justicia”

Una de las principales campañas impulsadas por AMJA es la denominada “Más mujeres, más Justicia”, que prevé la inclusión de mujeres en funciones de dirección dentro del Poder Judicial, uno de los aspectos a los que Pacheco hizo referencia.
Recientemente, la presidenta de la Asociación, doctora Susana Medina, protagonizó un video presentado durante la apertura de las Jornadas Provinciales de la Magistratura, donde presentó la edición 2018 de la campaña en cuestión.
“Chubut es una de las pocas provincias argentinas donde todavía no hay mujeres en las Cortes o Superiores Tribunales; las otras son Corrientes, Formosa, La Rioja, Santiago del Estero y Chubut, por eso elegimos a esta última para que, desde aquí, comencemos esta campaña de llevar una mujer, al menos, a la Corte provincial (por el STJ)”.

La igualdad dentro de las diferencias

Con respecto a la consigna que encabeza la campaña, explicó que la misma “significa más Justicia para la gente, porque la mujer tiene una mirada diferente a la del hombre; afortunadamente, hombres y mujeres somos diferentes, aunque iguales en capacidad, en dignidad y creatividad” y remarcó que “cuando los Tribunales están integrados por hombres y mujeres, ello hace que el producto de nuestro trabajo, que son las decisiones jurisdiccionales, se vea enriquecido”.
Se trata de “miradas diferentes, pero que aportan algo que ayuda a resolver los problemas de la gente”, consignó Medina, al mismo tiempo que planteó que “estos últimos son tan sensibles, por ejemplo, el derecho a la identidad, el derecho de los alimentos, el derecho a la familia, la no violencia; es decir, temas de Derechos Humanos, por lo cual nosotros bregamos y por lo que hemos trabajado durante 25 años, a partir de la creación de la Asociación de Mujeres Juezas de la Argentina por la ministra (de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) Carmen María Argibay”.
En dicho ámbito, Medina invitó a sumarse a la campaña “Más mujeres, más Justicia”, ya que “más mujeres en los puestos de decisión significa más Justicia para la gente”.

La violencia familiar, “entre dos fueros”

En una publicación reciente, la jueza penal de Puerto Madryn, Patricia Reyes, se refirió al abordaje de la violencia familiar, una problemática que subyace en todas las sociedades, desde la actuación del fuero de Familia y el Penal.
Integrante y participante activa de las actividades de AMJA, la magistrada expuso que “la Convención para la eliminación de Discriminación contra las mujeres como la Convención de los Derechos del Niño, han sido incorporadas a nuestra Constitución Nacional en 1994 en el art. 75 inc. 22. En tanto la Convención de Belén Do Para, fue ratificada por ley en nuestro país y rige por sí misma, lo mismo que la Ley de Protección Integral de la infancia. Esta repetición en la enunciación de derechos solo tiene como objetivo dar un marco para quienes deban aplicar la ley, aunque lamentablemente debemos reconocer que su influencia sobre la realidad de las prácticas es relativa. La ciudadanía en su gran mayoría desconoce las leyes. En nuestra provincia está vigente la LEY XV Nº 12 específica sobre Violencia Familiar, que surgió ante la necesidad de atender esta problemática especial y en aumento en la sociedad. Previo a la referida ley, la ley provincial XV 8 dispuso las competencias en concordancia con la organización de Poder Judicial provincial”.
Además, precisó que la Ley XV 12 “establece claramente el artículo 5 que el juez/a penal actuará cuando se presuma la comisión de un delito. El resto es competencia civil específicamente del Fuero de Familia, y sin dudas la atención debe ser urgente”.
En dicho escenario, “basta la sospecha del maltrato, ante la evidencia física o psíquica que presente la víctima y la verosimilitud de la denuncia que se formule, para que el juez/a pueda ordenar medidas que, en su esencia son verdaderamente cautelares”, señaló, añadiendo que “ello sucede, porque el foco de atención debe estar puesto en la tuición de la víctima, más que en el castigo al agresor y se procura dar una respuesta jurisdiccional adecuada a una situación que reclama una pronta y expedita intervención del órgano judicial”.
Seguidamente, planteó que “resulta muy ilustrativo representarse como una foto (estático) el proceso penal y como una película (dinámico) el proceso de familia. La metáfora es que el Juez/a Penal solo ve una escena y el Juez/a de Familia ve toda la historia con todos los protagonistas”, agregando que “es la manera correcta de interpretar la solución legal que justifica la actuación de dos fueros que no deben superponerse, sino responder a dos fines distintos; éste es un procedimiento provisorio para solucionar una situación concreta. En consecuencia, la medida no puede eternizarse si las causas que dieron origen a su dictado han cesado o si el MPF no inicia formalmente una investigación”.

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