EL TRIBUNAL YA LO CONDENÓ, PERO RESTA DEFINIR LAS PENAS, QUE SE SOLICITARÁN HOY

La Fiscalía pediría 25 años de cárcel para el homicida de Bregonzi

6A partir de las 9 de hoy, el Tribunal integrado por los jueces Patricia Asaro, Marcelo Orlando y Marcelo Nieto Di Biase escuchará los pedidos de pena por parte de la fiscalía, la querella y el abogado defensor del condenado Sandro Álvarez, responsabilizado como coautor del homicidio de Fabián Bregonzi.
Si bien no tomó estado público el detalle sobre la cantidad de años de pena que solicitará la fiscalía, este diario pudo averiguar que dicho pedido estaría muy cercano a la pena máxima por el delito de “homicidio en ocasión de robo”, que llega hasta los 25 años de cárcel.
La semana pasada los magistrados condenaron a Sandro Álvarez por el homicidio de Fabián Bregonzi, ocurrido en diciembre el 15 de diciembre de 2003. Las penas por el delito de homicidio que contempla el Código Penal, establecen condenas entre 10 y 25 años de prisión.

El Ministerio Público Fiscal podría pedir hoy la pena máxima prevista en el código por el delito de “homicidio en ocasión de robo”, que llega hasta los 25 años de cárcel. Sandro Álvarez fue condenado, hoy se pedirán las penas.

Huellas y ADN, fueron claves

Al momento de exponer su alegato ante el Tribunal, el fiscal Daniel Báez argumentó que se encontraba “debidamente probado” que Sandro Álvarez fuera el coautor del “homicidio en ocasión de robo” del cual fuera víctima Fabián Bregonzi.
“Álvarez debe hacerse cargo de la totalidad del hecho con sus consecuencias penales. Resulta endeble su postura de negar su participación, no pudiendo desvirtuar sólo con sus dichos la prueba objetiva, como ser la huella dactilar palmar en el vehículo atacado y su ADN en los precintos. Y si bien no se puede probar que fuera él quien efectuó el disparo mortal, si se ha probado que tres días después de ocurrido el hecho portaba el arma utilizada para matar a Bregonzi”, afirmó Báez.
El abogado defensor, Patricio Romero, en cambio, solicitó su sobreseimiento, apelando en sus alegatos a demostrar la inocencia de Álvarez y apuntó a cuestionar las pericias realizadas en el caso, afirmando que “los indicios son insuficientes y la construcción lógica que realiza el Ministerio Público Fiscal posee cimientos débiles”.
Asimismo, argumentó que la pericia genética no fue concluyente porque las diferencias entre los seres humanos son mínimas, pese a que el porcentaje brindado por los peritos estuvo sobre un 95% de certeza.
Romero inició sus alegatos haciendo alusión al «indubio pro reo» (beneficio de la duda) y finalizó solicitando
el sobreseimiento de Álvarez «por no hallarse debidamente probado la suficiencia que el caso requiere».
Finalmente, el Tribunal hizo lectura de su veredicto ante una sala de audiencias colmada por familiares de la víctima y del acusado. Por pedido de las partes, los jueces Marcelo Orlando, Patricia Asaro y Marcelo Nieto Di Biase dieron lectura de la parte dispositiva, declarando coautor del “homicidio en ocasión de robo” a Sandro Álvarez.
La “audiencia de cesura” es la instancia donde las partes solicitan las penas por el delito con el que fue condenado el imputado.

Diez años esperando justicia

El 15 de diciembre de 2003 Fabián Bregonzi se encontraba en compañía de su novia a bordo de su vehículo, y fue abordado por al menos cuatro sujetos, encapuchados y con armas, que comenzaron a romper los vidrios del automóvil mientras otros disparaban con armas de fuego, provocándole la muerte. Según los fiscales, uno de ellos era Sandro Álvarez, a quien acusan como “homicidio en ocasión de robo”.
Para cometer el robo, los delincuentes intentaron abrir las puertas y romper los vidrios con sus manos, pero ante el intento de huida de Bregonzi en el vehículo, le realizaron disparos con un arma de fuego ocasionándole la muerte.
Luego de ello, sustrajeron pertenencias de la víctima y de su novia y antes de fugarse, maniataron a la joven con precintos e intentando hacer lo mismo con Fabián Bregonzi, quien yacía en el piso herido de muerte. Lo importante para la causa es que algunos de los precintos quedaron en la escena del crimen.

Reapertura de la causa

En 2011, la fiscalía reabrió el caso y las pruebas se volvieron a analizar con nuevas tecnologías que incorporó la Procuración General de Chubut. Específicamente, con el software AFIS se logró comprobar la identidad de la persona que dejó la impronta de sus huellas digitales en el vehículo, concordando con Sandro Álvarez. También se determinó la compatibilidad entre los restos de ADN que había en los precintos con los cuales maniataron a la novia de Bregonzi con el perfil genético de Álvarez.
Los fiscales acusan a Sandro Álvarez de homicidio en ocasión de robo, previsto en el artículo 165 el Código Penal con penas de entre 10 y 25 años de prisión. Basándose en pruebas científicas, aseguran que no solo el rastro de la huella palmar de Álvarez en el vehículo de Bregonzi lo permite ubicar en el lugar del hecho; sino que también tres días después el imputado portaba el arma utilizada en el homicidio y además resulta palmario que manipuló los precintos con los que se maniató a la novia de Bregonzi, como constan en los rastros de ADN peritados.

 

 

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