“LOS DERECHOS NO SE NEGOCIAN, NI SE ACUERDAN, LOS DERECHOS SE DEBEN RESPETAR”, DIJO CURACHE

Rechazan procedimientos de mediación en casos de violencia de género

CUInvocando convenciones internacionales, jurisprudencia nacional y, por supuesto, la Ley para prevenir y erradicar la violencia de género Nº 26485, la subsecretaria de Participación Ciudadana y Equidad de Género, Marcela Curache, advirtió sobre la necesidad de suspender la mediación judicial ante casos de violencia contra la mujer. Entre otras cosas, pues esta modalidad para resolver los conflictos tiene asidero cuando existe igualdad entre las partes. “Cuando una mujer violentada debe mediar con su agresor, nunca está en igualdad de condiciones y ello no es justo”, indicó la funcionaria de Puerto Madryn.
Así expuesto, parecería que la mediación sugiere que la violencia doméstica no constituye un delito o es un delito menos grave. Además, el proceso no asegura que el agresor tome responsabilidad cierta por sus hechos. Ante ello, Curache remarcó: “Los derechos no se negocian, ni se acuerdan, los derechos se deben respetar”.
En esta construcción social pacífica, se reconocen y valoran profundamente las ventajas de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como es la mediación y el significativo trabajo que realiza la Oficina de Mediación Judicial de nuestra Ciudad, de la cual se destaca su dedicado trabajo. No obstante, la violencia contra la mujer requiere un especial tratamiento, ya que la asimetría de poder –que existe en todo conflicto- tiene aquí profundas raíces sociales y condiciona la libertad, voluntariedad, confianza y bilateralidad que exige la mediación.

Abuso físico o mental

En este sentido, cabe destacar que nuestro Estado ha asumido compromisos contra la violencia hacia las mujeres tras la firma de tratados y convenciones internacionales a la cual se ha suscrito y ratificado constitucionalmente: la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, la cual señala que la violencia es una violación de derechos humanos; la Convención sobre los Derechos del Niño, que proscribe todas las formas de abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual contra los niños, y en el ámbito regional latinoamericano, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer ‘Belem do Pará’. “En la Ley N° 26485 de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, en su artículo 28 prohíbe la mediación”, explicó Curache, quien agregó que la normativa se encuentra adherida mediante Ley Provincial y nuestro municipio mediante Ordenanza Municipal N° 8614.

“No admiten mediación”

Por último, la Subsecretaria municipal adelantó que se articularán políticas públicas con las distintas áreas de género de la provincia a los efectos de hacer una presentación conjunta ante los organismos pertinentes con el objetivo de que se revea de manera urgente esta situación. “Por lo antes expuesto, consideramos que los delitos de violencia física o psicológica no admiten mediación, pues la norma jurídica indica que es improcedente mediar en casos de violencia, sobre todo cuando está en disputa la vida y la seguridad de las mujeres”, sostuvo Marcela Curache.

 

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