ENDURECEN LAS PENAS POR TENENCIA Y PORTACIÓN ILEGAL DE ARMAS

Quienes fabriquen ‘tumberas’ podrían purgar hasta 15 años de cárcel

5Un proyecto impulsado por el Frente Renovador que endurece las penas por tenencia, portación y acopio de armas, fue aprobado este miércoles en la Cámara de Diputados con 142 votos a favor y 50 en contra. Se trata de la segunda iniciativa que el diputado Sergio Massa logró aprobar, antes había conseguido avanzar con un régimen de protección de víctimas, que incluso defendió en el recinto.
El proyecto fue consensuado con el resto de los bloques políticos, la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) y el Ministerio de Justicia de la Nación.
La presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR-Cambiemos), Gabriela Burgos, sostuvo que “las políticas de desarme han sido totalmente infructuosas, incapaces de dar una respuesta efectiva a este flagelo”.
“Ante esta situación, la lucha constante de las asociaciones de víctimas sirvió para que hoy tengamos este proyecto en el recinto”, destacó la jujeña.
Por el bloque massista, Mónica Litza –quien trabajó en la elaboración del proyecto- detalló que “los homicidios en ocasión de robo con uso de armas de fuego representan el 90% de los hechos delictivos” en la provincia de Buenos Aires.
Litza explicó que el proyecto, además de agravar las penas, incorpora al Código Penal las definiciones de “arma de fuego”, “munición”, “portación” y “acopio”.
Pero destacó que “lo más importante que tiene este proyecto de ley es tomar la decisión política de que el delincuente que porte un arma de fuego va a ir preso”.

Las nuevas penas

Por la tenencia ilegal de armas de fuego –cargadas con municiones o no-, se fija una pena de prisión de 6 meses a 4 años, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena y multas de 5 mil a 50.000 pesos. Las mismas penas se aplicarán a quienes tengan municiones o piezas de armas.
Asimismo, se establecen penas de 2 a 8 años de prisión si el arma es alterada –por ejemplo, con un supresor de sonido-; si fue utilizada para la comisión de un delito anterior; o si el titular forma parte de una asociación ilícita.
En el caso de portación ilegal, se fijan penas de prisión de 4 a 8 años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. El máximo de esta pena podría elevarse a 12 años en ciertos casos, por ejemplo, si el delincuente registra “antecedentes penales por delito doloso contra las personas o con el uso de armas, aunque no hubiere declaración judicial de reincidencia”.
Si el portador es tenedor autorizado del arma en cuestión, la escala penal correspondiente se reducirá en un tercio del mínimo y del máximo, dice el proyecto. Y agrega que la misma reducción podrá practicarse cuando “resulte evidente la falta de intención de utilizar las armas con fines ilícitos”.

Inhabilitación especial perpetua

A su vez, será reprimido con prisión de 1 a 6 años quien entregue un arma de fuego a quien no acredite su condición de legítimo usuario. Si el que la recibe es menor de 18 años, la pena se eleva de 4 a 10 años. Y, si el autor hace de la provisión de armas una actividad rentada o habitual, la pena fijada es de 4 a 15 años de prisión, e inhabilitación especial perpetua.
En caso de que una persona autorizada a la venta comercialice un arma a otra no autorizada, será penado con prisión de 1 a 4 años, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena y multa de 5 mil a 200 mil pesos.
Por el delito de acopio –esto es, la tenencia de más de 2 armas de fuego o de más de 50 municiones-, se establecen penas de 4 a 12 años.
Quienes fabriquen, ensamblen o trafiquen armas de fuego sin la debida autorización, sufrirán penas que van de 4 a 15 años de prisión, inhabilitación especial perpetua y multas de 50 mil a 500 mil pesos.

Ataque químico

Por último, será reprimido con prisión de 6 a 20 años quien, “con el fin de contribuir a la comisión de delitos contra la seguridad común adquiera, fabrique, suministre, sustraiga o tenga en su poder bombas, materiales o aparatos capaces de liberar energía nuclear, materiales radiactivos o sustancias nucleares, o sus desechos, isótopos radiactivos, materiales explosivos, inflamables, asfixiantes, tóxicos o biológicamente peligrosos, o sustancias o materiales destinados a su preparación”.

En Latinoamérica la posibilidad de morir por un delito es 84 veces mayor que en Europa

El diputado nacional Alejandro Grandinetti, del Frente Renovador UNA, difundió datos basados en una investigación de la Organización Mundial de la Salud que afirman que en Latinoamérica y Argentina la posibilidad de morir por un delito es 84 veces mayor que en Europa. Frente a esta realidad, el también vicepresidente del bloque del massismo en la Cámara baja destacó la importancia de la media sanción que se dio al proyecto para la modificación del Código Penal Nacional que busca endurecer penas por tenencia y portación de armas.
En detalle, el informe reconoce que la posibilidad de que un joven nacido en Argentina o en el resto de Latinoamérica sea víctima de un homicidio por el uso de un arma de fuego, es 84 veces mayor a la de un europeo y 115 veces superior a la de un escocés, húngaro, inglés, austríaco, japonés o irlandés, por ejemplo. A su vez, se destaca que un total de 25% de todas las muertes violentas ocurren en tan sólo 14 países, con una tasa anual promedio superior a 30 muertes violentas por 100.000 habitantes, de las cuales la mitad se encuentra en nuestro continente.
Según los números, en un año promedio entre 2004 y 2009, el número de muertes por habitante fue mayor en El Salvador que en Irak, denotando más víctimas fatales por hechos delictivos que a manos de un conflicto bélico entre países.
Para Grandinetti, “todo esto surge como resultado del nefasto negocio de las armas ilegales en el mundo” sobre lo cual señaló que “se trata de un delito internacional que mueve más de un billón de dólares por año”.
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto impulsado por el Frente Renovador que prevé penas más severas tanto para la tenencia como para la portación de armas de fuego, estableciendo que «serán reprimidos con prisión de seis meses a cuatro años los casos de tenencia de arma de fuego sin autorización legal».
Al respecto, Grandinetti consideró que la aprobación de esa modificación “le demuestra a la sociedad que no se va a permitir que aquellos que pongan en riesgo la vida de los ciudadanos con armas ilegales vayan a quedar impunes y que, muy probablemente, terminarán presos, aunque no hayan consumado acto de violencia asociada a esa arma”. También afirmó que se está “advirtiendo que aquellos que porten armas ilegales, que la faciliten a los menores, que las alquilen o las entreguen en forma gratuita van a ir a la cárcel”.

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