Piden que los fiscales puedan impugnar decisiones de jueces

El procurador general del Chubut, Jorge Miquelarena, pidió reformar el Código Procesal Penal, de modo que la modificación habilite a los fiscales a apelar en una decisión de segunda instancia.
La solicitud se enmarcó en la decisión de los jueces Martín Cosmaro y Marcos Nicosia, quienes días atrás revocaron la prisión preventiva de los funcionarios municipales de Comodoro Rivadavia acusados de cobrar “coimas”, donde la Fiscalía se vio imposibilitada de solicitar la revisión de la medida, acción que en la actualidad solo puede ser realizada por los abogados defensores, quitando dicha posibilidad a los acusadores.
Miquelarena cuestionó como “excedida” la decisión de los magistrados que dejaron en libertad a Antonio Zúñiga y los otros dos imputados, uno de los cuales ya había cumplido una condena por “homicidio culposo”; todos ellos fueron señalados como responsables de llevar adelante un circuito en el cual, aparentemente, cobraban prebendas a los VIPs donde se ejerce la prostitución, habida cuenta de que en varios de ellos, tras una serie de allanamientos realizados durante los últimos meses, se rescató a varias mujeres víctimas de trata

Los tribunales colegiados, ¿necesarios?

La decisión de los jueces Mariano Nicosia y Martin Cosmaro de revocarles el jueves último la prisión preventiva a los imputados Antonio Zúñiga, Víctor Barrientos y Andrés Velázquez, quienes cumplían funciones en la Secretaría Municipal de Seguridad, dio lugar a que el Procurador General manifestara su disconformidad respecto de dicho fallo, al tiempo que ello también dio lugar a que pidiera reformas en el Código Procesal Penal (CPP), de modo que se “nivele” el alcance de las acciones de los fiscales con el de los defensores.
A su vez, Miquelarena cuestionó que los tribunales deban ser colegiados, es decir, que tengan que estar constituidos por tres jueces a la hora que impartir Justicia durante un juicio, ya que en algunos casos sólo se necesita de uno.
En declaraciones a un medio radial de la ciudad capitalina de Rawson, manifestó que “hacen falta más juicios, más rápidos y eventualmente más condenas” y se refirió al artículo 416 del CPP, que “tiene un procedimiento rápido, el cual da la posibilidad de que en un plazo de sesenta días, la persona sea llevada a juicio, pero habría que tener un juez que se dedique a este tipo de procedimientos rápidos”.

Un procedimiento que “demora las causas”

Por otro lado, Miquelarena entendió que es necesario “aumentar el número de jueces, tratando de que sea más unipersonal, y (con) menos colegiados”, añadiendo que “hoy, cuando el fiscal pide una pena superior a seis años, va a un tribunal colegiado, es decir, que los juzgan tres jueces”.
En tal contexto, el jefe de los fiscales de la Provincia planteó que “habría que subir ese piso para los juzgados unipersonales, para que en lugar de tres haya uno para hacer juicio, y por consecuencia habrá más juicios” y remarcó que “es dificultoso conformar los tribunales, hay una serie de circunstancias que hacen que los juicios se demoren”.
En relación a la causa que involucra a los integrantes de la Secretaría Municipal de Seguridad, sobre quienes pesan graves acusaciones, el Procurador cuestionó que después que la juez natural de la causa Daniela Arcuri resolviera dictar tres meses de prisión preventiva para los imputados, “la defensa apeló y un tribunal revisor revocó la decisión del juez en primera instancia, inclusive, yendo más allá de lo que pidió el defensor”.
Además, analizó que ello “no significa que la causa no se siga investigando”, concluyendo que “si hubiera sido al revés, y si la jueza de primera instancia (por Arcuri) no hubiera hecho lugar al pedido de Fiscalía para la prisión preventiva, la Fiscalía no tenía apelación, por lo que decimos que del mismo modo en que el defensor puede impugnar una decisión respecto a su defendido, los fiscales también deberían de poder impugnar una decisión que no los favorezca”.

Condena ejemplar

En Puerto Madryn, uno de los casos más resonantes respecto del delito de trata de personas involucró a un individuo apodado “El Gitano”, propietario de un inmueble ubicado en Villegas 516, a pocas cuadras del casco céntrico de la ciudad.
El mismo fue condenado por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia a la pena de nueve años de prisión por obligar a prostituirse a cuatro mujeres de nacionalidad paraguaya; según consta en la causa, las mismas habían sido engañadas, a partir de un contacto en dicho país, con la promesa de que viajarían a Buenos Aires para cumplir tareas como empleadas domésticas.
Sin embargo, terminaron arribando a la ciudad portuaria, donde fueron “encerradas” en dicho domicilio y obligadas a tener sexo con “clientes” a cambio de dinero, hasta que lograron escapar de allí y denunciar la situación de cautiverio y sometimiento a la Policía, hecho que motivó un allanamiento y la posterior detención de quien fuera sindicado como el responsable de dicha red de trata; a su vez, una mujer identificada como Eduarda Amarilla, que aparentemente regenteaba el “VIP”, aún se encuentra prófuga de la Justicia.

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