SE ENCUENTRA ABIERTA LA CONVOCATORIA PÚBLICA

Provincia invertirá más de 4 millones de pesos en planes forestales

El Ministerio de la Producción, a través de la Subsecretaría de Bosques e Incendios, abrió la convocatoria para realizar la presentación de planes forestales en el marco del Programa de Promoción a las Plantaciones de la Provincia del Chubut.
Este año, la provincia invertirá más de 4 millones de pesos para financiar actividades silvícolas que estén destinadas a mejorar la producción forestal y disminuir el riesgo de propagación de incendios y de plagas.
La convocatoria para la presentación de planes para la ejecución del primer raleo y/o de la primera y segunda poda permanecerá vigente hasta el 9 de noviembre inclusive.
Los titulares de planes forestales que quieran participar, deberán contar con la asistencia de un técnico cuando las superficies prediales superen las 10 hectáreas. Aquellos con predios de menor tamaño podrán recibir asistencia técnica institucional.
Por consultas los interesados pueden dirigirse a la Dirección de Fomento y Desarrollo Forestal de la Subsecretaría de Bosques, ubicada en 25 de Mayo N° 893, de la ciudad de Esquel o comunicarse telefónicamente al 02945 456223, o por correo electrónico a plantacioneschubut@yahoo.com.ar.

Acerca del mecanismo de apoyo al sector

En la zona de transición, entre la estepa y la cordillera chubutense, existen 33 mil hectáreas forestadas con distintas especies maderables. Dicha producción, promovida por la provincia en concordancia con la nación, desde hace más de 25 años, es valorada por generar empleo a lo largo de todo el ciclo, pero además, por constituirse en factor de desarrollo una vez que reúne las condiciones para ser aprovechada.
Las actividades silviculturales que promueve la actual convocatoria cuentan con un subsidio del 70% aportado por la Ley Nacional 25.080 que los destinatarios reciben al año de realizadas las tareas.
La provincia facilita el proceso haciendo un aporte reintegrable a los titulares para posibilitar la inversión inicial que demanda la actividad. El marco para ello son la Ley IX Nº 33, y el Decreto Nº 284/95 y sus modificatorias.

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