APUÑALÓ A LA EX PAREJA Y PARA EL SUPERIOR TRIBUNAL SON APENAS “LESIONES” Y QUEDARÍA EN LIBERTAD

Fiscal cuestionó el fallo que revocó condena por “intento de femicidio”

La fiscal Angélica Cárcano se refirió a la condena por “intento de femicidio” sobre Brian Petrillán, el joven que apuñaló cinco veces a su ex pareja delante de sus hijos, quien podría quedar en libertad en caso de que, tras la recalificación del delito que se le imputó al de “lesiones graves”, le otorguen la pena mínima entre 3 y 10 años.
En diálogo con LU17, explicó que “el Superior Tribunal dictó sentencia el 22 de noviembre, fuimos notificados el martes, y calificaron los hechos como ‘lesiones graves y agravadas por haber sido ocasionadas en un contexto de violencia de género’”, agregando que “lo que en la primera instancia había sido para tres jueces, la Cámara (Penal) un intento de femicidio, para el SJT, por unanimidad, son ‘lesiones gravadas en contexto de género’, es decir que el imputado no tuvo intención de matar, sino de lesionar”.
Además, se refirió a los argumentos por los que el Tribunal entendió que no se trató de un femicidio en grado de tentativa: “De acuerdo a los tres jueces, en términos generales, ellos dicen que el imputado, luego de las estocadas, decide irse de la escena, en lugar de seguir asestándole puñaladas, lo cual aseguraría el resultado mortal”.
En este sentido, también planteó el “precedente peligroso” que podría determinar la decisión del STJ, para futuros casos similares al que tuvo como víctima a Erica Gallego, la joven que sufrió varias secuelas tras el ataque, entre ellas, la imposibilidad de caminar correctamente y realizar determinados movimientos.

“Matar” o “lesionar”

En la misma línea, la fiscal mencionó que “esa expresión no la puedo comprender; ellos también dicen que el hecho de que el imputado haya dicho, en su momento a la víctima, ‘te vas a acordar de mí’, significa que su intención era lesionarla y no matarla, ya que muerta no se podría nunca acordar de él” y añadió que “otro elemento que está a consideración sería que, en realidad, donde fueron infringidas las lesiones, ello no podía provocar la muerte; fueron en los muslos y, claramente, se pasa por encima todas las circunstancias que rodearon el hecho en sí”.
También, sostuvo que “es cierto que, entre la diferencia del dolo de matar y el de lesionar, hay una línea que las separa, y distinguir entre uno y otro tienen que ver con si hay intención homicida o de lesionar”.

A un paso de quedar en libertad

Dos instancias previas habían ratificado que se trataba de una tentativa de femicidio: “Lo dieron por probado. No nos olvidemos que el dolo tiene que ver con un ‘querer’ matar; es un elemento subjetivo y tiene que ver con meterse en la psiquis del agresor; bola de cristal no tenemos, con lo cual necesariamente tenemos que ver qué circunstancias rodean el hecho concreto”.
En relación a esto último, la fiscal opinó qué implicancias podría tener, a futuro, una decisión de este tipo en causas similares: “Por un lado, sabemos que la consecuencia inmediata de este fallo significa que vuelve a esa instancia por una calificación diferente, y donde vamos a hacer una cesura de pena; o sea, una audiencia en la que la Fiscalía pedirá pena, la defensa pedirá otra, y sobre esa base se podrá determinar cuánto se le impondrá al imputado”, sostuvo, añadiendo que “cierto es que esta nueva calificación se basa en un mínimo de 3 años y un máximo de 10 años, cuando el señor ya había sido condenado, en dos instancias, a doce años de prisión, mientras que ahora el tope es de diez y el mínimo de tres; podría ser, si no se determina otra circunstancia, dejado en suspenso”.

Un precedente “peligroso”

Por otro lado, reconoció que “siempre, lo que dice el Superior sienta un precedente, por supuesto; por eso es el Superior Tribunal de Justicia”; aunque advirtió que “también es cierto que, el precedente que a mí me preocupa, en todo caso, es que ‘si yo te acuchillo del tórax hacia arriba’, por ejemplo, ‘sí hay intención de lesionar’, y de un lugar hacia abajo, es otro”, sumando a ello que “ese es, tal vez, el precedente más peligroso, porque cuando me referí a que había que evaluar otros elementos, estos eran el arma utilizada, la cantidad de estocadas, la presión que justamente el agresor utilizó contra la humanidad de la señora; fue en el muslo; uno dice ‘en la pierna’ y parece que no pasa nada, y cualquiera creo que sabe que allí hay venas que son importantísimas, lo cual no exige un conocimiento médico ni científico”.

Las cicatrices invisibles a los ojos

La víctima, por su parte, quedó con una grave secuela que le impide caminar correctamente; “además, tiene unas cicatrices terribles, que fueron evaluadas por el médico (forense) en la cesura de pena, y es una mujer joven, que tampoco hay que dejar pasar este punto, ya que la misma, que tiene varios niños, uno de ellos con el agresor, nos decía en el juicio que no puede correr, tomar un colectivo, tirarse al piso y jugar como cualquier madre joven con sus niños, una práctica que no la puede hacer más ya que realmente ha quedado discapacitada”, consignó Cárcano, advirtiendo que “esto lo tengo que traer a colación, porque parece que lo que no se ve concretamente o tangiblemente no existe, pero todo esto, amén de las lesiones psíquicas que (el agresor) produjo en la joven y en los hijos que fueron testigos del hecho”.

ÚLTIMAS NOTICIAS