LOS INCREMENTOS DE DICIEMBRE Y MARZO DE 2019 QUEDAN DETRÁS DE LA INFLACIÓN

Los jubilados sufrirán una nueva pérdida del poder adquisitivo

Los asalariados continúan perdiendo frente a la inflación, situación que se refleja también en las jubilaciones, las que recibirán mejoras en diciembre y marzo en base a un polémico mecanismo de ajuste. La nueva fórmula de movilidad está bajo análisis de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien deberá resolver sobre los juicios iniciados en contra de este sistema. En tanto, en las negociaciones por el Presupuesto 2019, se acordó que en la Patagonia se continuará pagando la “zona desfavorable” para los jubilados y pensionados.
En marzo del año que viene todos los jubilados; pensionados; beneficiarios de asignaciones familiares y de la Asignación Universal por Hijo (AUH); y demás prestaciones de la Seguridad Social de Argentina recibirán un aumento del 11,83%, medida que alcanzará a casi 18 millones de personas en todo el territorio nacional. A esto se suma que a partir de diciembre también percibirán un incremento del 7,78%.
Con estos aumentos que se darán casi en forma consecutiva, la jubilación mínima rondará los 9.300 pesos a fin de año y luego llegará a los 10.400 pesos en marzo. En tanto, la AUH pasará de unos 1.825 pesos en diciembre a 2.040 en marzo.
Esta nueva suba del 11,83% que se conoció ayer, surge luego de la revelación de los valores de la evolución de los salarios y de la inflación de julio, agosto y septiembre de este año, que se toman en cuenta para calcular los aumentos de marzo, abril y mayo de 2019, debido a la nueva fórmula de movilidad, impulsada por el Gobierno Nacional y aprobada a fines de 2017 por el Congreso de la Nación.

Menor poder de compra

Con los altos niveles inflacionarios que se desarrollaron durante los últimos meses y los salarios a la baja, estos aumentos representan una pérdida considerable del poder adquisitivo, teniendo en cuenta que la situación mejorará recién cuando la aceleración de los precios disminuya.
Puntualmente, en el tercer trimestre del corriente año la inflación fue del 14,11% mientras que el índice salarial denominado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) fue del 6,51%. Teniendo en cuenta esto, los asalariados volvieron a perder frente a la inflación, situación que se refleja en las jubilaciones.
Cabe aclarar que actualmente los aumentos de los haberes del sistema previsional y de los diferentes tipos de asignaciones se calculan dependiendo el Ripte y la inflación. Esto es así desde que el Congreso de la Nación aprobó la iniciativa de la Casa Rosada para modificar el sistema previsional.
Específicamente, la fórmula de movilidad contempla el 70% de la variación trimestral registrada por el índice de precios del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y el 30% de la evolución en igual período del Ripte. En este caso, el 70% de 14,11 es 9,87, y el 30% de 6,51 es 1,96%. La suma arroja 11,83%. En consecuencia, por el rezago de los salarios con relación a la suba de los precios, el 11,83% son 2,29 puntos inferiores a la inflación del tercer trimestre.
En tanto, los datos a octubre, arrojan que las jubilaciones y demás prestaciones tuvieron un incremento del 19,2% desde el último aumento con la anterior fórmula (septiembre 2017), mientras en esos 13 meses la inflación rondaría el 48%.
A esto hay que sumarle que el Gobierno Nacional no aplicó el primer aumento de 2018, ya que el mismo debió aplicarse en enero y se otorgó recién en marzo. Además, también hay que tener en cuenta que los beneficios sociales de estas características se ajustan con un retraso de seis meses, por lo que en un país donde la inflación es constante la pérdida mensual del poder adquisitivo está prácticamente asegurada.
En el detalle de las personas alcanzadas por esta situación, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) explicaron que se alcanza a 17,8 millones de personas: 6,9 millones son jubilaciones y pensiones, 1,7 millón de Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensiones Universales para el Adulto Mayor (PUAM) y alrededor de 9,2 millones asignaciones por hijo.

Decisión clave de la Corte Suprema

En otro orden, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentra a las puertas de decidir cómo deberá aplicarse el reajuste y la actualización de haberes en los jubilados que han iniciado juicios. Hasta el momento, de los antecedentes que están en los Tribunales, sobre 23 Salas de las distintas Cámaras de la Seguridad Social y de Apelaciones de todo el país, 22 se pronunciaron en contra de aplicar el índice de salarios básicos de la industria y de la construcción (ISBIC) del INDEC y sólo una el Ripte, que es elaborado por el Ministerio de Trabajo. En tanto, de los 64 camaristas que intervinieron en esos fallos, 60 se indicaron por el ISBIC y cuatro por el Ripte.
Por su parte, del expediente que está analizando la mayor entidad judicial del país, el del jubilado Lucio Orlando Blanco, quien se jubiló en 2003 con un haber inferior al 50% del sueldo promedio, surge que si la Corte confirma la sentencia de los jueces Luis Herrero y Carmen Dorado de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social, le corresponde un haber un 31% superior al que, aplicando el Ripte, la ANSeS le ofrece con la Reparación Histórica. Y, aplicando el ISBIC, una retroactividad un 50% mayor por la acumulación de esas diferencias a lo largo de 15 años.
La decisión de la Corte tiene impacto sobre más de 150.000 juicios que se remontan a jubilaciones de 2002 en adelante que aún siguen sin sentencia firme por las apelaciones de la ANSeS y demoras en los Tribunales. Desde abril último, con la Resolución 56/18, esa diferencia se extiende a la determinación del sueldo promedio de los últimos 10 años que fijan los haberes de los nuevos jubilados.
Esos juicios corresponden al llamado caso Elliff cuando en 2009 la Corte Suprema confirmó el fallo de la Sala II de la Cámara que determinó que, entre 1995 y 2008, cuando entró a regir la ley de movilidad, esos salarios debían actualizarse por el ISBIC. En cambio, ANSeS no acepta el fallo Elliff y sostiene que debe aplicarse el indice de actualización RIPTE fijado en la ley de Reparación Histórica, de 2016. La diferencia no es menor ya que entre 1995 y febrero de 2009 el incremento del ISBIC es del 435%; mientras el RIPTE da un incremento del 178%. Esa diferencia altera los cálculos de los retroactivos y los reajustes de los haberes, en especial para los que se jubilaron a partir de mediados de 2003.

Zona desfavorable

Al respecto, vale recordar que hace algunas semanas se debatió en la Cámara de Diputados de la Nación del Presupuesto 2019, que finalmente obtuvo la media sanción en la cámara baja del Congreso de la Nación. En la oportunidad, los gobernadores patagónicos negociaron con el Gobierno Nacional una serie de requisitos que impactan directamente en las jubilaciones y asignaciones.
Lo que hicieron los mandatarios de la región más austral del país, incluso aquellos que son afines a la actual administración de la Casa Rosada, fue llegar a un acuerdo por dos temas puntuales: Ganancias y los montos diferenciales en materia de jubilaciones y asignaciones para que no cambien.
Por su parte, el oficialismo confirmó hace a los bloques opositores que no eliminará las exenciones para el Impuesto a las Ganancias que estipulaba el texto y que frenará el recorte al plus que se paga a las jubilaciones y asignaciones familiares en la Patagonia.

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