EN 2017 YPF REGISTRABA EN CHUBUT MÁS DE 30 CASOS, SEGÚN EL GOBIERNO

Los pasivos ambientales, un proyecto que avanza tarde pero seguro

El proyecto para identificar los pasivos ambientales de las actividades industriales y económicas de todo el país y establecer mecanismos para su remediación, impulsado por estos días en el Congreso por el diputado nacional por Cambiemos, el comodorense Gustavo Menna, busca crear la “Ley de Presupuestos mínimos para la gestión sustentable de los pasivos ambientales”, pero también comenzar a abordar de frente y con un marco legal más sólidos los numerosos casos que se van dando con el avance de industrias que accidental o incidentalmente afectan el entorno.
La norma prevé fuertes sanciones en los casos de incumplimiento y fue presentada durante la última semana en el Congreso de la Nación y contó con el acompañamiento de otros nueve legisladores representantes de distintos distritos: Antonio Carambia (PRO-Santa Cruz), Fernando Iglesias (PRO-Ciudad de Buenos Aires), Roxana Reyes (UCR-Santa Cruz), Claudia Najul (UCR-Mendoza), Aída Ayala (UCR-Chaco), Lorena Matzen (UCR-Río Negro), Diego Mestre (UCR-Córdoba), Fabio Quetglas (UCR-Buenos Aires) y Luis Pastori (UCR-Misiones).
El Proyecto de Ley “tiene por objeto establecer los presupuestos mínimos para identificar, censar, registrar los pasivos ambientales provenientes de toda actividad antrópica, y establecer las obligaciones referentes a la recomposición de tales pasivos por parte de los responsables, todo ello a los fines de dar cumplimiento al artículo 41 de la Constitución Nacional”, indica la iniciativa, que prevé ser “de aplicación en todo el territorio argentino, sin perjuicio de lo que dispongan y establezcan las leyes locales dictadas en el marco de la competencia legislativa atribuida a los Estados provinciales”.

YPF y el derrame de Vaca Muerta

La semana pasada el gobierno de la provincia de Neuquén suspendió la licencia ambiental que otorgó a YPF para el desarrollo del área Bandurria Sur como consecuencia del intenso derrame de petróleo del pasado 19 de octubre. La aplicación de la sanción significa que todas las actividades de YPF en esa área quedan paralizadas hasta que la Subsecretaría de Ambiente de Neuquén revea la medida. Según su titular, Juan de Dios Lucchelli, el organismo también ha planteado la aplicación de una multa, que según trascendidos, alcanzaría los 28 millones de pesos, además de la remediación que implicaría siete meses de trabajo con el consiguiente costo de lucro cesante por inactividad. Según organizaciones ambientalistas, el tremendo escape de crudo puso en alerta que no todo es tan previsible ni controlable en las maniobras de fracking y que el desastre ambiental se extendió a un mínimo de 85 000 metros cuadrados.
Luego de ese suceso al parecer hubo otro derrame más esta vez en la zona de Loma La Lata, que sumaron fuertes voces de asociaciones ambientalistas y organizaciones intermedias, incluso llegando a interponer una denuncia penal contra la empresa.
La estatal justamente tiene todas sus fichas puestas en el proyecto estrella de Vaca Muerta y este gravísimo precedente puso en evidencia los enormes riesgos que se producen con actividades extractivas que pueden afectar los lugares de vida.

¿En Chubut, de eso no se habla?

De no haber sucedido este inmenso derrame en la actividad no convencional, probablemente casi nada se hubiese activado sobre comenzar a pensar en el tema pasivos ambientales, porque está casi como legitimado que estos eventos se produzcan y se resuelvan entre gallos y medianoches en cada distrito o provincia.
En Chubut, la misma empresa ha tenido un sinnúmero de hechos según informó el año pasado el propio Ministerio de Medio Ambiente, cuando su titular sorprendió al reconocer que había por lo menos 30 casos de pasivos ambientales sin remediar que “se registran principalmente en los yacimientos de Manantiales Berh, Restinga Alí y El Trébol”. Lo dijo Ignacio Agulleiro antes de ser reemplazado, que se animó a enunciar la posibilidad de hasta quitarse las concesiones petroleras de YPF sino se revertía la situación.
En ese momento alertó sobre un tema sobre el cuál aun la ciudadanía no posee informes oficiales ni documentación sobre resoluciones concretas, y es que qué las irregularidades “están relacionadas a derrames en pozos antiguos, en piletas de perforación, de lodo y de acueducto» y además, a que hay pozos «con material contaminado, tanques en mal estado y fuera de servicio». Según aquel alerta, la situación era tan aguda que YPF contaba presuntamente con «pozos inactivos con presencia de gas» y en algunos casos «el suelo está empetrolado». (Ver https://www.elpatagonico.com/ypf-registra-chubut-mas-30-casos-pasivos-ambientales-n1538848 )
De hecho, en 2017, el Gobierno Provincial intimó a la operadora a presentar un plan de remediación para regularizar estos pasivos ambientales, de lo contrario, le advirtió que avanzaría con sanciones económicas y en la quita de los yacimientos que están bajo producción de YPF. ¿Qué pasó luego? No se sabe concretamente, pero si esos treinta casos están aún sin remediación, los funcionarios de turno deberían revisar los archivos de las actuaciones antes que sean cuestionados por la falta a sus deberes, se supone.

La Ley Menna y la responsabilidad ambiental

Volviendo a la propuesta del comodorense Gustavo Menna, en los fundamentos de la Ley que presentó se argumenta que “resulta imprescindible avanzar en la sanción de una ley que permita establecer los presupuestos mínimos para identificar, censar y registrar los pasivos ambientales provenientes de toda actividad antrópica y la obligación de recomponer por parte de los responsables contaminadores”, ya que “son propósitos que van en línea con el mandato constitucional de preservación del ambiente y consecuente prevención del daño ambiental” incluidos en el artículo 41 de la Carta Magna.
“Entendiendo que la responsabilidad pública ambiental debe insertarse en una política de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente que incluye la prevención del daño, la gestión ambiental y la reparación del daño en base al derecho de los ciudadanos a disfrutar de un medio ambiente adecuado, debemos dar cumplimiento al mandato constitucional, avanzando en la ampliación de nuestra legislación ambiental”, agrega Menna en los fundamentos.
“No podemos hablar de compromiso con las generaciones futuras y de un desarrollo sostenible y sustentable si antes no tenemos compromiso con la remediación y tratamiento de los pasivos ambientales que generamos»”, añade.

Qué se entiende como `pasivo´

En la propuesta se define el término pasivos ambientales como “todos aquellos daños ambientales que hubiesen consistido en la afectación negativa de la biota, el agua, el suelo, el subsuelo, la atmósfera, los recursos naturales, los ecosistemas y el patrimonio histórico cultural, producidos por cualquier tipo de actividad pública o privada, que impliquen un riesgo permanente o potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad, y que la fuente generadora de tal contaminación fuese una actividad abandonada, inactiva o cesada por el titular responsable”.
Además se aclara que se alude a “recomposición” como “las tareas de remediación, saneamiento y todas aquellas tendientes a establecer medidas de seguridad que tienen por finalidad volver el lugar al estado de cosas anterior al daño ambiental producido”.
La norma también refiere a acciones de remediación, de saneamiento, de auditoría de cierre; y se define a daño ambiental como “toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos”.
Multas y clausuras
En este contexto, el proyecto de Ley establece fuertes sanciones, desde el apercibimiento hasta multa de entre 300 y 100.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional; la suspensión o revocación de las autorizaciones, concesiones, licencias, según corresponda en cada caso; la clausura temporal o definitiva, parcial o total del establecimiento; y la cancelación definitiva de las habilitaciones e inscripciones de los registros correspondientes.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación “o el organismo de mayor jerarquía con competencia ambiental que en el futuro la reemplace”, dice la iniciativa, al tiempo que indica que el organismo “deberá establecer los criterios o ‘Buenas Prácticas’ para la gestión sustentable de los pasivos ambientales en consulta con los centros de excelencia de máximo nivel científico avocados al estudio ambiental”.

Registro Nacional y Fondo Federal

El proyecto de Ley crea, además, el Registro Nacional de Pasivos Ambientales, “que funcionará en el ámbito de la autoridad nacional de aplicación”, y para el cual “las autoridades competentes de las distintas jurisdicciones remitirán la información correspondiente a su ámbito de competencia territorial y verificarán su inclusión en el registro nacional, el cual será de acceso público”, indica la propuesta.
Y se crea también el Fondo Federal de Recomposición de Pasivos Ambientales, integrado por las multas percibidas por incumplimiento a la ley; las subvenciones, donaciones y legados de personas humanas o jurídicas, nacionales, extranjeras e internacionales; los recursos que determinen leyes especiales; y las asignaciones estipuladas a tal fin en la ley de presupuesto anual.

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