SE ABONARÁ ENTRE 5 Y 15% DE LA RENTA QUE EXCEDA LOS 67.000 PESOS ANUALES

El Gobierno reglamenta la renta financiera, plazos fijos y bonos pagarán Ganancias

El Gobierno publicará esta semana la última parte de la reglamentación del cobro de impuesto a las Ganancias a la renta financiera, que apuntará a gravar con ese tributo a los rendimientos de bonos y de plazos fijos. En términos generales, se pagará entre 5 y 15% de la renta que exceda los $67.000 anuales.
Una vez que el Gobierno defina esa parte pendiente de reglamentación, desde mediados de 2019 habrá que abonar Ganancias por la renta originada este año en plazos fijos, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión y acciones que cotizan en el exterior.
De acuerdo a lo que ya se conoce sobre la renta financiera, la ganancia originada en instrumentos en pesos pagará 5% de impuesto a las Ganancias sobre el mínimo no imponible, de $66.917,91 anuales. Por su parte, la renta producida por activos en dólares o en pesos ajustables por inflación (UVA o CER), tributará una alícuota del 15% sobre ese mínimo de casi 67.000 pesos.
Por ejemplo: un plazo fijo constituido a principios de este mes pagaba una tasa de 20% anual. Una inversión de este tipo a un año de plazo realizada en enero por $350.000 generaría $70.000 de intereses. Sobre esa renta de $70.000, solo $3.000 estarían alcanzados por el impuesto.

Dudas y especulaciones

La reglamentación definitiva despejará la duda respecto a cómo se cobrará ese gravamen. Una alternativa era que los bancos oficiaron como agentes de retención. Por ejemplo, podrían descontar Ganancias de los intereses de los plazos fijos. Sin embargo, según comentaron fuentes oficiales, el tributo se pagará a mediados de año, cuando opere el vencimiento del impuesto a las Ganancias para las personas físicas.
En el mercado aún persisten una serie de dudas respecto a cómo resolverá el Ministerio de Hacienda algunos de los resquemores que generó entre inversores la letra de la ley, aprobada a fines de 2017 y que entró en vigor a comienzos de este año.
Una de esas dudas tiene que sobre cómo contemplará la reglamentación la pérdida del valor de los bonos. Es decir, la letra chica deberá aclarar si un inversor que haya comprado un bono con valor $100 y lo haya vendido a $80 habiendo cobrado un cupón de $10, debería abonar el impuesto completo a pesar de esa «pérdida» real que tuvo el activo o podrá «descontar» ese cupón.

La presión de los inversores

Según trascendió, el Gobierno cedería ante el reclamo de los inversores y permitiría entonces que la ganancia obtenida por ese cupón (que en muchos bonos se cobran de forma semestral) pueda ser descontada en el caso de fuertes pérdidas del valor del bono, algo que es una situación común ya que los activos argentinos cayeron un 30% en lo que va del año.

Mal momento

Una de las críticas principales que realizan inversores es el hecho de que la renta alcanzada sea tomada en cuenta de forma nominal, cuando este año hubo una inflación superior al 45% que depreció el poder de compra de los pesos, lo que puede representar un desincentivo al ahorro en moneda local y, por consiguiente, una razón para el traspaso hacia el dólar.
La reglamentación de la renta financiera no podría llegar en un momento más difícil en términos de mercado para el Gobierno. El riesgo país permanece en los niveles más altos de los últimos cuatro años, lo que marca una creciente desconfianza sobre el futuro de la economía argentina entre los inversores externos.
Ese indicador, que marca el diferencial o sobrecosto que debe pagar la deuda emitida por el Estado respecto a la deuda de los Estados Unidos. Un riesgo país en torno de los 830 puntos, como se encuentra en la actualidad, implica que si el Gobierno emitiera un bono debería convalidar una tasa de interés altísima, cercana al 11%. (TN, Artear)

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