EL EX DEFENSOR GENERAL CUESTIONÓ EL REGLAMENTO PARA EL USO DE ARMAS DE LA POLICÍA

Para Pérez Galimberti, el protocolo Bullrich “instala la pena de muerte”

A comienzos de esta semana, la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, anunció un protocolo a través del cual los miembros de las fuerzas de seguridad tienen más libertades para el uso de armas de fuego. Según explicaron desde la cartera en cuestión, el mismo fue realizado en base a las recomendaciones de las Naciones Unidas y lo que busca es “ayudar a clarificar casos en los que la justicia condenó a policías que actuaron en cumplimiento del deber.
Al respecto de esta implementación, Alfredo Pérez Galimberti, ex defensor general alterno del Ministerio Público de la Defensa del Chubut, cuestionó duramente la iniciativa impulsada por Bullrich y respaldada por el presidente Mauricio Macri. De hecho, también criticó al titular de la Casa Rosada por reunirse con el policía Luis Chocobar, quien asesinó a un ladrón y fue destacado por el mandatario, dando un mensaje claro para los oficiales de las fuerzas: “esto los autoriza a matar”.

El Diario: ¿Cuál es su postura respecto al protocolo que presentó la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, respecto al uso de armas de fuego por parte de las fuerzas?

Alfredo Pérez Galimberti: Lo primero que hay que decir es que las normas de Naciones Unidas a las que la ministro Bullrich hace referencia son normas construidas a lo largo de los periódicos congresos para la prevención de delitos y tratamiento de delincuentes y estas normas están destinadas a restringir, en la manera de lo posible, el uso de armas letales en las fuerzas de seguridad. Cada párrafo que las normas que establece Naciones Unidas hacen referencia a este punto: tratar de que las armas letales no formen parte del recurso empleado por las fuerzas de seguridad.
Todo apunta a menos armas letales y tratar de que las fuerzas de seguridad utilicen armas de disuasión no letales. Por el contrario, la ministro de Seguridad lo que hace es elevar la posibilidad de uso de estas armas. En lugar de subir el umbral de prevención para que las armas letales se usen cada vez menos, lo baja para que sea posible usarlas más. El discurso de Bullrich va mucho más allá de la reglamentación y le transmite a la sociedad la posibilidad de que la policía utilice armas letales para dispararle a una persona que se fuga. Esto es tremendo y es instalar la pena de muerte en la calle. No es posible hacer una interpretación como el que hace la ministro de las normas de esta legislación, ya que la misma no es obligatoria, sino que recomienda estándares.
Todas las normas de interpretación hablan de las normas que son más protectivas de la vida de las personas y no las que son menos protectivas, así que citar una norma para profundizar el uso de la violencia por parte de las fuerzas de seguridad es absolutamente contrario a todo lo que uno espera de una interpretación correcta de las normas de Naciones Unidas, que tienden a que la sociedad se maneje cada vez más por medios pacíficos. Todo lo que tiene que ver con el aparato de seguridad es para pacificar la sociedad y no para elevar el nivel de violencia, de manera que estamos completamente en contra de esta reglamentación.

ED: ¿Cómo se llegó a este protocolo impulsado por el Gobierno Nacional?

APG: Este discurso se inaugura, en términos generales, con la recepción pública que hace el Presidente de la Nación (Mauricio Macri) del señor (Luis) Chocobar, a quien felicita por haber matado por la espalda a una persona que huía. Este mensaje es durísimo para todo el mundo y sobre todo para los hombres de la seguridad, que creen que esto los autoriza a matar. Esto me parece de una gravedad inconcebible.
La denuncia que recibe el Presidente por apología del delito en ese momento está realmente justificada porque felicitar a un hombre que mata por la espalda a una persona que huye, que no tiene armas letales en sus manos y que ha sido despojado de las cosas que llevaba, constituye un exceso increíble.

ED: Teniendo en cuenta la gradación de normas y lo establecido en el Código Penal de nuestro país, ¿cuál es la situación jurídica de un policía que asesina a una persona luego de la implementación de este protocolo?

APG: La muerte de una persona es homicidio. Objetivamente, si una persona dispara contra otra y provoca la muerte, es homicidio desde el punto de vista de la tipicidad, desde lo que dice la ley. Desde el punto de vista de la justificación hay razones para no castigar a una persona que mata. El Código Penal prevé la legítima defensa propia o de un tercero, o el cumplimiento de un deber.
Igualmente, una orden manifiestamente ilegitima no puede ser cumplida. Esto quiere decir que nadie puede recibir como legitima una orden que dice que hay que torturar a otra persona y luego pretender ampararse en que ha cumplido con su deber.

ED: ¿Qué dice el Código Penal al respecto?

APG: El Código Penal es el que establece las causas de justificación. La ministro, por medio de una reglamentación, no puede modificar ni alterar el sentido del Código Penal, de manera tal que los jueces deben seguir aplicando el Código Penal, independientemente de esta reglamentación, que a mi juicio tiene severos cuestionamientos de inconstitucionalidad.

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