AFIP amplía los controles a los trabajadores que pagan Ganancias

A partir de este año, habrá más controles sobre los trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias. Por un lado, se instaura el domicilio fiscal electrónico para las comunicaciones entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los empleados de relación de dependencia como contribuyentes. Por otro, las empresas estarán obligadas a presentar la liquidación anual de la retención ante la AFIP de sus empleados de sueldos más altos.

Según una reciente Resolución (4396), todos los empleados en relación de dependencia y los jubilados tendrán que constituir el domicilio fiscal electrónico ante la AFIP, para poder presentar las deducciones y los vínculos familiares que considerará el agente de retención para el cálculo del Impuesto a las Ganancias.

Para ese trámite habrá que ingresar a la página Web de la AFIP, mediante el número de CUIL y la Clave Fiscal con nivel 2 o superior. A partir de esa gestión, tendrán que brindarle al fisco un número de teléfono de contacto y un correo electrónico en donde llegarán las comunicaciones e intimaciones de la AFIP.

Otra forma de conocer si existen nuevas comunicaciones o notificaciones consiste en ingresar todos los lunes a la página Web, para poder ver si hay algún reclamo electrónico que ha sido enviado por la AFIP al empleado.

El domicilio electrónico tiene la misma importancia que el convencional (carta en el buzón), en cuanto a la validez de notificación y tiene los mismos efectos en cuanto a los plazos de respuesta. Los términos comienzan a contarse a partir de la fecha de recepción de la notificación (si fue leída) o desde el primer día lunes posterior a la llegada del aviso.

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