WOLANSKY PRESENTÓ UNA COMUNICACIÓN DIRIGIDA A DIPUTADOS Y SENADORES

Concejal de Madryn pide al Congreso eliminar Ganancias de las jubilaciones

Días atrás, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró la inconstitucionalidad del cobro a jubilados del Impuesto a las Ganancias, una resolución que apunta a una parte del sector pasivo y que se basa en la “vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad”, independientemente del nivel de ingresos.
Se trata de un impuesto considerado “confiscatorio” por muchos analistas en materia económica, y a partir del fallo de la Corte, se habría sentado un precedente en cuanto a la clase pasiva; actualmente, el piso que establece la Anses para el gravamen es, para los meses de marzo, abril y mayo, de un haber mensual de 62.462,22 pesos; no obstante, el efecto de lo dictaminado por los jueces podría hacerse extensivo a quienes revistan las condiciones de vulnerabilidad anteriormente nombradas, independientemente de la jubilación que perciban mensualmente.
En este sentido, la edil del oficialismo Natacha Wolansky, presentó esta semana una Comunicación dirigida al Congreso de la Nación, con el objetivo de que se expida sobre una norma que exima a los jubilados de tener que afrontar Ganancias, teniendo en cuenta que el fallo de la Corte versaba sobre un caso en particular.

Planteo de inconstitucionalidad

El documento tuvo en cuenta el caso de “García, María Mabel c/AFIP s/acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, en virtud de la ex docente que le ganó un juicio al organismo nacional después de tres años y que sentó un precedente a nivel nacional.
De este modo, el proyecto de Comunicación describió que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha 26 de marzo del corriente año, emitió un fallo con el voto de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, declarando la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones y pensiones”.

Pleno goce de derechos

A su vez, la autora del documento expuso que “el Tribunal, entre los fundamentos utilizados para llegar a la decisión judicial mencionada, recordó los principios de igualdad y razonabilidad que rigen en materia tributaria, siendo necesario, en relación a la reforma constitucional de 1994, garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato a favor de los jubilados, como grupo vulnerable”.
También, expresó que “asimismo manifestaron los letrados que la reforma constitucional de 1994 genera en el legislador el deber de dar respuestas diferenciadas para los sectores vulnerables con el objeto de asegurarles el pleno goce y efectivo de todos sus derechos; el imperativo constitucional debe proyectar en la actuación del Estado con una mirada humanista al momento de definir su política fiscal”.

Piden una pronta ley

Por otro lado, el texto señala que “si bien el fallo ordena cesar el descuento del impuesto a las ganancias al ingreso de la demandante, la sentencia manifiesta que es el Poder Legislativo el que tiene la facultad de decidir en materia impositiva, siendo necesario por ello informarle al Congreso sobre la necesidad de adoptar un tratamiento diferenciado para la tutela de los jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, debiendo los legisladores efectuar una ley que identifique situaciones y revise, corrija, actualice o complemente razonablemente el criterio genérico originario que rige para la imposición”.
Consecuentemente, solicitaron “al Poder Legislativo Nacional el pronto tratamiento legislativo, fundando dicha solicitud en derecho, a fin de que se efectúe la efectiva eliminación del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones”.

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