DETECTARON QUE CONVOCABAN A OCUPAR IRREGULARMENTE A TRAVÉS DE REDES SOCIALES

Denunciaron a los que promovían las usurpaciones de terrenos en Madryn

Luego de que la Municipalidad advirtiera una serie de usurpaciones en las inmediaciones de Villarino y Periodistas Chubutenses, al oeste de la ciudad, finalmente se logró identificar a las personas que, a través de las redes sociales, promovían la ocupación irregular de terrenos.
Por tal motivo, desde la administración local radicaron una denuncia penal, luego de que ya hubieran realizado una denuncia policial en la Seccional Cuarta, el día de las usurpaciones, dada la jurisdicción de la dependencia en la zona donde ocurrió el episodio.
Desde la Secretaría de Gobierno de Madryn reconocieron que, en algunos casos, los integrantes de este tipo de movimientos no suelen reunir los requisitos para acceder a lotes sociales, mientras que otros estarían aprovechando la situación “para realizar negocios”; tal es el caso de al menos un individuo, ya identificado por los investigadores, quien aparentemente participó de una toma de terrenos previa, años atrás, en la zona del barrio San Miguel.

Muchos no reúnen requisitos

En este sentido, el secretario de Gobierno municipal, Martín Ebene, refirió en diálogo con LU17 que “en un trabajo de inteligencia se está realizando conjuntamente con la Policía de la provincia, se ha podido detectar, a través de distintas redes sociales y grupos de WhatsApp en particular, vecinos que están coordinando y autoconvocando para realizar tomas ilegales de terreno”.
Además, el funcionario expuso que el argumento de los sujetos que llamaron a ocupar los predios fue “una falta de respuesta por parte del Estado a nuevas urbanizaciones” y agregó que “muchas veces, estos ‘movimientos’ se originan por parte de gente que no reúne los requisitos por distintas cuestiones; por ejemplo, que ya tiene otras propiedades, que en algún momento ha tenido y ha intentado vender”.

“Figuritas” repetidas y otras nuevas

Por otro lado, Ebene sostuvo que “también, hay personas que alientan estos movimientos para hacer algún tipo de negocio” y advirtió que “dado que estamos en etapa de investigación, no puedo dar nombres, pero sí estarían identificados”.
En esta línea, señaló que “uno de los nombres que hoy resuena también lo hizo en aquél momento, como así también hay nombres nuevos, de gente joven que estaría ‘invitando’ a esta mecánica” de ocupación irregular.
Lejos de convertirse en una problemática grave a nivel local, la ocupación irregular de terrenos sí ha tenido varios capítulos importantes durante los últimos años, para lo cual se establecieron sanciones punitorias para quienes cometan dicha falta, las cuales oscilan entre los 50 y los 500 Módulos “B”.
Al mismo tiempo, aquellas personas que usurpen terrenos, según la normativa vigente en el ámbito legislativo de Madryn, no podrán acceder a lotes sociales durante el plazo de diez años.

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Quiénes quedan inhabilitados para acceder a lotes sociales

La Ordenanza 9.648, promulgada en diciembre de 2016, establece que quedarán inhabilitados para acceder a tierras de dominio del Estado Municipal “los contraventores a la Ordenanza de Tierras que tengan sanción firme por ocupación ilegal, cesión o transferencia irregular”, “los que se constaten como ‘ocupantes irregulares’, quienes pretendan ejercer derechos sobre tierra de dominio del Estado Municipal, sin autorización respectiva, debidamente verificado por instrumento público, en violación o contravención de la normativa vigente sobre la materia, y/o quienes sean administrativa o judicialmente notificados de forma fehaciente para cesar en la usurpación u ocupación ilegítima y/o, no desista voluntariamente de la misma en un plazo de 5 días de intimado”.
También, inhabilita a “los propietarios, adjudicatarios y/u ocupantes de inmuebles en la provincia del Chubut, salvo casos de cónyuge o conviviente con sentencia judicial de divorcio o cancelación, respectivamente, que acredite que la persona no tiene inmuebles a su nombre”, a “quienes registren deudas con el Estado Municipal por cualquier concepto”, “quienes hayan adquirido la calidad de Adjudicatario de lotes de dominio del Estado Municipal, respecto del mismo destino, e integren la nómina de Adjudicatarios” y a “quienes alteren y/o falsifiquen datos del oferente en el Formulario de Declaración Jurada provista por el Departamento Ejecutivo al momento de presentarse a Ofrecimiento Público”.

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