PRIMERO HABÍA ZAFADO CON UNA “PROBATION”, PERO FUE APELADO

Lo condenaron a 8 años de prisión por violar a su hijastra desde los 9 hasta los 12 años

Los Fiscales Rodríguez y Heiber

Cinco años después y gracias al cambio de paradigma que posibilita que las víctimas puedan sentirse protegidas y con la posibilidad de hacer Justicia, un hombre fue condenado por violar reiteradamente a su hijastra desde los 9 a los 12 años.
En Rawson, tres jueces condenaron a un sujeto de esa ciudad a pasar ocho años en la cárcel por haber abusado sexualmente de su hijastra al ser hallado culpable en un juicio que fue presenciado por la víctima, quien concurrió a todas las audiencias y que no dudó en contar además, lo que le ocurrió entre sus 9 y 12 años de edad, en el interior de la misma vivienda que compartía con el imputado y los otros integrantes de su familia.
La víctima hoy tiene 17 años de edad y ante el Tribunal dijo no guardar resentimiento por lo que le ocurrió. Pidió que se aplique la Justicia, además de agradecer a su madre y a su abuela por el acompañamiento afectivo y denunciar los abusos de los que fue víctima durante esos tres años. La sentencia se conoció esta semana y la decisión de los jueces Sergio Piñeda, José García y César Zaratiegui fue unánime, a pesar de los esfuerzos del defensor oficial Omar López.
En el juicio oral realizado a puertas cerradas en la Oficina Judicial de la ciudad de Rawson, participaron una decena de testigos de la investigación y cinco llevados por el defensor del imputado. Por tratarse de un caso vinculado con la integridad sexual no se permitió el ingreso de la prensa o de terceros ajenos al debate. Fueron importantes en las pruebas reunidas, las pericias ginecológicas realizadas por profesionales forenses, además del testimonio de la niña y de sus familiares directos, realizados en Cámara Gesell. Los abusos ocurrieron entre los años 2010 y el año 2013 y la denuncia se efectuó en el año 2015.

Con condena

Pero para llegar el caso a juicio oral, antes debió pasar por varias marchas y contramarchas judiciales que estuvieron a punto de dejar al imputado en libertad. Apenas realizada la denuncia la ex fiscal Graciela Suárez García arremetió duramente contra el imputado y calificó al caso como abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia preexistente, en la modalidad de delito continuado, en contra de una menor de edad en carácter de autor, de tal manera de llegar a juicio oral y así condenarlo.
Sin embargo, sorpresivamente lo calificó luego de manera más liviana, como abuso sexual simple, dando lugar a la posibilidad de una “probation” en beneficio del padrastro de la niña que así logró seguir en libertad.
El jefe de Suárez García en ese momento, el fiscal general Omar Rodríguez, se percató de esta situación y pidió al Superior Tribunal de Justicia que revea el tema de la calificación penal. Además, le inició una causa penal a la fiscal, por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Con el paso del tiempo los jueces de la corte provincial, le dieron la razón a Rodríguez, que con sus argumentos permitió volver a la calificación más grave. Así se llegó al juicio oral.
Le tocó al fiscal general Osvaldo Heiber hacerse cargo de la investigación, encarar el juicio oral definir los testigos y coordinar todas las pruebas que se habían levantado hasta el momento. Los jueces Zaratiegui, Piñeda y García consideraron que no se había podido probar el acceso carnal. Sin embargo mantuvieron todos los demás agravantes. Las audiencias se desarrollaron a lo largo de dos semanas, con el resultado de culpabilidad para el padrastro de la niña y la sentencia que se conoció la semana pasada: 8 años de prisión.

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