ARRANCA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CUPO FEMENINO. LA REGLAMENTACIÓN DE CÓMO SE APLICARÁ YA ESTÁ LISTA PARA LA FIRMA DE MACRI. UN EQUILIBRIO DE GÉNERO QUE SE ESPERA ORDENE EL MAPA POLÍTICO ARGENTINO, O LO TERMINE DE DESORDENAR

Mita y Mita

Por Trivia Demir

Este año sin dudas, habrá un dato electoral fundacional en relación a la reconstitución del poder político nacional. Ya en noviembre la Cámara de Diputados convirtió en ley por 165 contra 4 votos el proyecto que promueve la aplicación del principio de paridad de género en las listas de candidatos a legisladores nacionales, con lo cual en las elecciones de renovación parlamentaria del 2019 la representación femenina subirá del 33 al 50 por ciento.
Entre otras cuestiones, introduce el artículo 60 bis en el Código Nacional Electoral y fija la obligatoriedad de intercalar candidatos de ambos sexos en las listas de legisladores nacionales. A su vez, el proyecto incorpora la igualdad de género a nivel partidario, aunque en este caso no será obligatorio intercalar postulantes, sino que las listas deberán completarse con un 50% de representantes de cada sexo.
Cómo dice Zuleta Puceiro “Ni el dedo ni la militancia, ni la ideología ni el negocio. El verdadero ordenador de las listas de candidatos que los partidos tienen que presentar para las elecciones, es la nueva ley de paridad de género. Esa norma, sancionada por el Congreso en noviembre pasado, establece una reforma del código electoral que dice que ´las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente´. (Art. 60°).
La reforma amplió la participación de las mujeres que hasta ahora debía ser de un tercio de los cargos entrables, y su aplicación es una revolución en el sistema de representación que puede cambiar el mapa político. Cuando un país produce estas reformas avanza inevitablemente hacia nuevos fenómenos políticos más amplios que los que prevé la letra de la ley”, afirma el politólogo.

Algunos indicios

Los cambios que significaron los gobiernos del PT en Brasil o el chavismo venezolano pueden explicarse como consecuencia de la aplicación del voto electrónico, que cambió la demografía histórica de quienes acudían a las urnas.
El cupo femenino en la Argentina implicó un cambio que explica el protagonismo de las mujeres en las dos últimas décadas. La paridad de 50% para varones y mujeres surtirá los mismos efectos. Esta herramienta no tiene marcha atrás.
En algunos países y en algunas provincias de la Argentina – como Mendoza – los cupos han funcionado con un plazo fijo después del cual se hace una evaluación de la experiencia. Los cupos deben revisarse porque son mecanismos de discriminación, aunque positiva. Ahora, los partidos están a la espera de la reglamentación de la ley.

Se acelera la reglamentación

Según el columnista de Zuleta Sin Techo, el zar electoral del gobierno, Adrián Pérez (Secretario de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior) ha dicho que esa reglamentación ya está redactada y navega por la secretaría Legal y Técnica para que la firme Mauricio Macri.
“La letra del art. 60° reformas, sin embargo, no deja muchos resquicios para la aplicación del cierre de listas para las PASO que ocurrirá a fines del mes de junio. Como ocurrió con el cupe del tercio femenino, la aplicación del 50 y 50 tendrá sus forcejeos y discusiones de interpretación”. El jueves pasado, Perez compartió el estrado en Corrientes con la abogada Alejandra Lázzaro, candidata de los radicales a una silla vacante en la Cámara Nacional Electoral, que habló en el Congreso Argentino de Derecho Electoral sobre “Los efectos de las cuotas de género y la aplicación de la Paridad”.
Lázzaro, que es letrada en la CNE, avisó que como ocurrió con el cupo del tercio, sancionada en 1991, la aplicación de la Paridad tendrá sus dificultades. Aquella norma se sancionó en tiempos de Carlos Menem según un proyecto de la senadora radical Margarita Malharro de Torres y fue la primera ley de cupo de América Latina. Tardó años en aplicarse porque el tercio es porcentaje oscuro de interpretar. No ocurre eso en el caso del 50 y 50.

Datos de la realidad

Hoy, la Cámara de Diputados cuenta con 99 mujeres sobre un total de 257 miembros, esto es, el 38,5%, en tanto que la Cámara alta tiene 30 mujeres sobre un total de 72 senadores, lo cual representa el 41,6% del cuerpo. Aun con la nueva ley que exige la presencia intercalada de mujeres y hombres en una nómina desde la primera candidatura titular hasta la última candidatura suplente, será difícil que cuando se opere la renovación parlamentaria, en diciembre próximo, el Congreso alcance el mágico 50% de presencia femenina. Esto será así porque nada garantiza que, por ejemplo, en un distrito que deba cubrir tres bancas de diputados nacionales, estas se repartan entre tres diferentes partidos cuyas listas sean encabezadas por hombres.
Más allá de eso, la instrumentación de esta norma de paridad de género posibilitará progresivamente un avance no menor de la representación femenina, que con el tiempo podría extenderse a otros poderes. No hace mucho, la diputada Elisa Carrió presentó un proyecto para garantizar un porcentaje mayor de presencia femenina en la Justicia: postula que haya al menos dos mujeres en la Corte Suprema y un tercio en la composición de los tribunales inferiores. Este avance, sin embargo, ya ha provocado algunos dolores de cabeza a dirigentes partidarios que advierten sobre un mayor número de militantes hombres que mujeres. El principal problema podría surgir no tanto a la hora de seleccionar candidatas para las listas de diputados nacionales, senadores nacionales y legisladores del Mercosur, sino para cubrir los cargos partidarios. Es que la ley que será reglamentada no solo exige la paridad de género para los cargos legislativos nacionales y del Mercosur, sino también para las elecciones de autoridades y de los organismos partidarios.

En detalle

Según el columnista Fernando Laborda “La ley determina con claridad que la violación de la paridad de género en las elecciones de autoridades y de los organismos partidarios, previa intimación a ajustarse a dicho principio, será causa de caducidad de la ´personalidad´ política de los partidos. Pero, curiosamente, en lo que se interpreta como un error de técnica legislativa, el penúltimo artículo de la ley ´invita´ a los partidos políticos a adecuar sus estatutos o cartas orgánicas a las disposiciones de la norma. Alguien puede sostener que si las fuerzas políticas son ´invitadas´ a modificar sus estatutos no están ´obligadas´ a hacerlo, y que si sus cartas orgánicas no imponen la paridad de género los partidos tampoco estarían forzados a incluir mujeres y varones en las listas en forma intercalada.
Tal disyuntiva quedará zanjada con la reglamentación de la norma por parte del Poder Ejecutivo, donde trascendió que quedará determinado que el espíritu y las disposiciones de la ley estarán por encima de lo que señalen las cartas orgánicas partidarias. De este modo, la justicia electoral no podría convalidar el resultado de elecciones internas de autoridades partidarias, si sus participantes no cumplen con la paridad de género en ámbitos de representación política.
Pese a los aparentemente abultados resultados de las votaciones en favor de la ley de paridad de género (57 a 2 en el Senado y 165 a 4 en Diputados), no pocas voces se han pronunciado en contra de esta tendencia que revaloriza el papel de la mujer en la política y apunta a terminar con injustas discriminaciones por género, pero que puede relegar a un segundo plano los méritos y esfuerzos personales”, dice Laborda.
En nuestro continente, países como Bolivia, Nicaragua, Honduras, Panamá y México han incorporado en los últimos años a sus legislaciones la paridad de género en la representación parlamentaria. En el Viejo Continente, Bélgica y Francia contemplan que haya un 50% de mujeres, en tanto que España fijó un cupo del 40% y Portugal, del 33%. Sin embargo, cuatro de los países que son líderes en transparencia y en igualdad de derechos, como Dinamarca, Noruega, Suecia y Finlandia han considerado que no requieren de legislaciones específicas para garantizar la paridad entre mujeres y hombres en el campo político. Probablemente, porque se trate de naciones donde el respeto a la mujer y el reconocimiento de sus méritos profesionales sean valores corrientes. Pero también, porque en esas sociedades se valora el mérito y el esfuerzo, independientemente del género, por encima de atajos engañosos que, en el caso argentino, podrían terminar alentando una vez más el nepotismo.

Parlasures en stand by

El otro tema que traerá debate es que el gobierno le bajo el tono a la cuestión que propuso el año pasado para que en las próximas elecciones se suspenda la competencia para diputados del Parlasur. El proyecto que se presentó el año pasado también con la firma de Elisa Carrió, propone que los nuevos diputados del Mercosur sean diputados y senadores con extensión de funciones, pero no legisladores electos para esos cargos. El motivo es que el Parlamento regional no tiene facultades para sancionar leyes hasta que todos los países que lo integran elijan a los parlasures por el voto popular. En la reunión de agenda legislativa que hubo la semana pasada en la oficina de Marcos Peña se analizaron las posibilidades de que el proyecto alcance la mayoría especial que requiere. La conclusión fue que fracasará. Por eso habrá apenas una campaña de publicidad sobre el proyecto, pero el oficialismo lo dejará caer”, anticipa Zuleta Puceiro. Habrá que ver…

Fuentes: Zuleta Sin Techo, Télam, LN, NA, propias

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