LA JUEZA ASARO ACLARÓ QUE FUE ENVIADO AL DOMICILIO TRAS SER AGREDIDO EN LA CÁRCEL

Polémica por el preso que se fugó de la prisión domiciliaria en Puerto Madryn

En relación a la situación procesal de Eduardo Sebastián Méndez, imputado en la carpeta judicial 7895, legajo 62.783, la jueza penal de Puerto Madryn que entiende en el caso, Patricia Asaro, se refirió a lo informado a través del Ministerio Público Fiscal, así como también en un medio del Valle, respecto de que Méndez se habría fugado de su domicilio, en el que estaba en arresto domiciliario, provisto, además, de tobillera electrónica y que dicha situación y morigeración de la prisión preventiva, obedecía a que la jueza, por razones humanitarias, y pese a la oposición del Ministerio Publico Fiscal, le habría otorgado dicho beneficio.
En el marco de dicha aparente “interna” entre la Fiscalía y algunos jueces, “vale recordar que al imputado se le otorgó la prisión domiciliaria luego de una golpiza que recibió en el lugar de detención, y por la cual se le ocasionara fractura de cráneo”, explicó la magistrada.

Le habían fracturado el cráneo

Sobre este punto, agregó que “inmediatamente, se dio intervención al Cuerpo Médico Forense, que aconsejó que el establecimiento carcelario no resultaba ser el lugar adecuado para cumplir con la medida”.
También, precisó: “Ahora bien, cabe destacar, que el Fiscal actuante, doctor Jorge Bugueño, consensuó en la audiencia preliminar la continuidad de la medida de coerción en la Oficina Judicial de Puerto Madryn, modalidad de prisión domiciliaria, y se intimó al Hospital Ísola a que fijara fecha de intervención quirúrgica, toda vez que habían pasado dos meses de la lesión, y aun no había sido intervenido quirúrgicamente”.

Piden conocer mejor los casos

Por otro lado, Asaro comentó que “el día 2 de marzo, una vez corroborado que el imputado había violado la prisión domiciliaria, se realizó un informe a través de la Oficina Judicial, dando cuenta de este evento, y recién el día 7 de marzo, el Ministerio Publico Fiscal solicita el libramiento de la orden de detención y captura del ciudadano Eduardo Sebastián Méndez”, concluyendo que “asimismo, se reitera que las actas de audiencia son el instrumento adecuado para verificar la información necesaria a fin de evitar desafortunadas situaciones como la presente”.

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