ES UNA EXCEPCIÓN A LA LEY QUE PROHÍBE SACAR MATERIA PRIMA SIN PROCESAR

Hasta 2020 se podrá sacar merluza HG y HGT de Chubut

La Provincia de Chubut resolvió autorizar la elaboración y comercialización de Merluccius hubbsi en sus modalidades HG (headless & gutless) y HGT (headed, gutted and tailed); la medida es una excepción a una ley que fija que el procesamiento mínimo para salir de la jurisdicción debe ser filet.
Las empresas interesadas en procesar merluza común y comercializarla fuera de Chubut para productos “sin cabeza y eviscerado”, o “descabezado, eviscerado y sin cola”, deberán solicitarlo a la Secretaría de Pesca que podrá autorizar esas excepciones a la ley hasta dos mil toneladas del producto fresco y otras dos mil toneladas para congelado.
El Gobierno dictó el Decreto N° 297/19 que prorroga los términos del Decreto 312/2018 hasta el 31 de Diciembre del corriente año. Además, establece un cupo máximo de elaboración y comercialización de producto fresco «Merluza Hubbsi H&G» y/o «Merluza hubbsi HGT» consistente en 2000 (dos mil) toneladas de producto. Y también fija un cupo máximo de elaboración y comercialización de producto congelado «Merluza hubbsi HGT» consistente en 2000 (dos mil) toneladas de producto elaborado.

Posible ampliación

“Las plantas de procesamiento provinciales debidamente habilitadas para la elaboración de productos pesqueros, que deseen adherir a la operatoria autorizada por el presente Decreto, deberán solicitarlo formalmente a la Secretaría de Pesca y obtener su autorización, acreditando fehacientemente ante dicho organismo, el cumplimiento de sus obligaciones previsionales y laborales, mediante la presentación de las certificaciones correspondientes (libre deuda previsional y laboral actualizado)”, se plantea como requisitos para acceder a la excepción a la ley que establece el filete como proceso mínimo.
En otro tramo se autoriza a la Secretaría de Pesca a ampliar los cupos iniciales de 2000 toneladas, la cartera “en su carácter de Autoridad de Aplicación en materia pesquera, deberá
dictar los actos administrativos correspondientes, a fin de establecer las condiciones de asignación de cupo a las plantas interesadas, asegurar el efectivo seguimiento y control de la operatoria autorizada, y el cumplimiento de las normas sanitarias e impositivas vigentes para la actividad pesquera; pudiendo asimismo proponer, en caso de considerarlo procedente y oportuno, la ampliación de los cupos establecidos, los cuales únicamente podrán resultar incrementados mediante un nuevo decreto”.

Proceso mínimo será el filete

El decreto al que accedió Revista Puerto en sus fundamentos formales remite a que “la Ley Nacional 24.922, Régimen Federal de Pesca, reconoce en su Artículo 3º el dominio y jurisdicción de las provincias con litoral marítimo sobre los recursos marinos vivos que poblaren sus aguas interiores y mar territorial adyacente hasta las 12 (doce) millas marinas, y el ejercicio de dicha jurisdicción para los fines de exploración, explotación, conservación y administración”.
Asimismo, se menciona que el Artículo 37 de la Ley General de Pesca de Chubut “establece que los titulares de permisos de pesca no podrán enviar fuera de la provincia materia prima sin procesar y que para el caso de los peces de aleta, el proceso mínimo será el filete refrigerado; indicando además, que por la vía reglamentaria se podrá modificar el mínimo establecido para las especies de aleta en tanto ello signifique un incremento en la escala de valor del producto”.

A pedido de Comodoro

El Gobierno justifica la excepción “atendiendo al interés de empresas radicadas en la ciudad de Comodoro Rivadavia, dedicadas al procesamiento en planta de la especie merluza común, Merluccius hubbsi, en la elaboración de los productos «H&G» (Descabezado y Eviscerado) y
«HGT» (Descabezado, Eviscerado y Sin Cola), en virtud de la demanda del mismo”, lo que dio lugar al decreto original que tuvo como objetivo “una mayor y más efectiva utilización y aprovechamiento del cupo social y la cuota disponible de merluza común con que cuenta la Provincia, a la vez de generar nuevas posibilidades de empleo genuino en plantas provinciales, habida cuenta de los beneficios socioeconómicos asociados”.
Finalmente justifican el dictado de la prórroga de la norma “a efectos de exceptuar al recurso «merluza común», de la obligatoriedad de ser transformada hasta el mínimo impuesto de «filet refrigerado», de manera excepcional y en forma transitoria”.
(Fuente: Revista Puerto)

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