CONCEJALES REALIZARON UN PEDIDO DE INFORMES AL ÁREA DE ECOLOGÍA

Alerta por la calidad del aire en Madryn

Durante el último encuentro legislativo, desde el Concejo Deliberante de Puerto Madryn se aprobó, por unanimidad, un pedido de informes a la Secretaría de Ecología y Protección Ambiental (SEPA), para que se detalle el estado en el que se encuentran una serie de equipos y si los mismos “son o fueron propiedad del Estado Municipal”; ello, a partir de una Resolución del año 2001 en el que el Municipio aceptaba “la donación de parte de la empresa Aluar S.A.I.C de equipamiento específico para la medición y evaluación del flúor en el ambiente”.
La iniciativa, elaborada por los ediles Juan Duarte, Mario Méndez, Franco Albanesi y Claudia Bard, surgió a raíz de lo expuesto por un ciudadano vinculado al ambientalismo, quien hizo uso de la Banca del Vecino en una de las últimas Sesiones Ordinarias.
En este sentido, los ediles tuvieron en cuenta que el vecino “manifestó que los equipos Espectrómetro Múltiple Gasmet y el Milivoltímetro con el electrodo específico Orion de múltiple entrada, fueron propiedad del Estado Municipal”.

Contaminantes peligrosos

Por otro lado, el planteo legislativo expresó que, de acuerdo a lo expuesto por el vecino, los equipos “serían de suma importancia para la medición y evaluación de emisión de gases clorados y fluorados, los cuales ocasionan daño al medio ambiente” y que “según lo manifestado por el vecino, hace más de dos años la comunidad y los organismos ambientalistas no tienen información alguna sobre el estado ambiental en Puerto Madryn respecto de los contaminantes peligrosos fluoruros y perfluorocarbonos”.

Ambiente y emanaciones

A su vez, recordaron que el Artículo 134 de la Carta Orgánica Municipal, “dentro de las obligaciones y atribuciones del Departamento Ejecutivo, plantea que el mismo debe controlar, prevenir y corregir las actividades susceptibles de contaminar el ambiente o de modificar el paisaje natural, como así también, controlar los procesos de erosión y degradación, tomando las medidas necesarias para la recuperación de las áreas deterioradas”.
También, señalaron que en la Carta Ambiental “se establece que la administración municipal deberá controlar las emisiones gaseosas de los establecimientos industriales” y recordaron que “en la Resolución 540/01 el Municipio acepta la donación de parte de la empresa Aluar S.A.I.C de equipamiento específico para la medición y evaluación del flúor en el ambiente”.

Piden saber si aún funcionan

De este modo, el pedido de informes consistirá en “solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del responsable de la Secretaría de Ecología y Protección Ambiental informe, en un plazo máximo de diez días, si los equipos a los que hace mención el vecino (espectrómetro múltiple Gasmet y el milivoltímetro con el electrodo Especifico Orion de múltiple entrada) son o fueron propiedad del Estado Municipal” y que “dé cuenta de la situación actual de los mismos”.
También, pidieron conocer “si los equipos donados por la empresa Aluar S.A.I.C, según consta en la Resolución 540/01, se encuentran en funcionamiento y en qué lugares se están realizando las muestras previstas a fin de llevar un control estricto sobre la calidad el aire en la ciudad”.

Control de calidad del aire

En otro orden, los concejales solicitaron “que se remita a este cuerpo aquellos informes dónde se constate las mediciones realizadas por el Municipio para controlar la calidad del aire”.
Finalmente, pidieron saber que “si los equipos mencionados no se encuentran en funcionamiento, informar el motivo para que esto ocurra y cuáles han sido las gestiones llevadas adelante por el DEM para garantizar el control de la calidad el aire en la ciudad”, además de “indicar cuáles son los mecanismos que están siendo llevados a cabo desde el Poder Ejecutivo para garantizar la medición y evaluación de los contaminantes fluoruros totales y perfluoruroscarbones presentes en el aire” e “indicar cuáles han sido los resultados de las sucesivas revisiones que debieran haberse realizado respecto de los niveles guías de calidad ambiental, sus parámetros asociados y las técnicas de muestreo y análisis correspondientes, tal cual lo establece la Carta Ambiental Municipal”.

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