A PARTIR DE LA ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL DE IDENTIDAD DE GÉNERO

Avances en tratamientos médicos para personas trans en Puerto Madryn

En lo que fue considerado un avance en materia de políticas de género en Puerto Madryn, el Concejo Deliberante resolvió adherir a la Ley 26.743, también conocida como “Ley de Identidad de Género”, sancionada en mayo de 2012 y que prevé que las personas transgéneros sean inscritas en sus documentos personales con el nombre y el género de elección.
Entre otras cuestiones, también establece que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), “lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado”, según indicó la autora del proyecto, concejal Andrea Moyano, en el documento luego rubricado por el cuerpo legislativo.
“Es la primera ley de identidad de género del mundo que, conforme las tendencias en la materia, no patologiza la condición trans”, agregó, remarcando que el antecedente más remoto respecto de la cuestión de la identidad de género en Argentina se remonta a 1966, cuando “un médico que había practicado una operación de reasignación de sexo en una paciente trans femenina recibió una condena en suspenso de tres años por el delito de ‘lesiones gravísimas’, según el Artículo 91 del Código Penal de la Nación”.

Antecedentes resonantes

La historia continuó en 1989, cuando el juez Calatayud de la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, “en disidencia con la mayoría triunfante, reconoció por primera vez la identidad de género de una mujer transexual que había solicitado su cambio de nombre y sexo registral”, a la vez que, doce años más tarde, un nuevo caso trascendió en los medios masivos de comunicación.
“Se trataba de una mujer transexual, Mariela Muñoz, quien había criado una gran cantidad de niños como sus hijos y había sido denunciada por una de las madres por la apropiación de sus hijos menores”, resaltó la edil.

Cinco años de amparos y propuestas

Por otro lado, en 2007 “se impulsaron propuestas legislativas que garanticen a travestis, transexuales y transgéneros el derecho a la identidad y el derecho a la atención integral de la salud” y “con casi idéntica estrategia con que se logró la aprobación de la llamada ‘Ley de Matrimonio Igualitario’ se han impulsado ante los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires varios juicios de amparo con la finalidad de que se ordene la modificación registral de sexo y nombre a las personas trans”, agregó.

Reconocer la propia identidad

Por otro lado, el proyecto dio cuenta de que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) es la unidad especializada de asesoramiento y asistencia en las materias de competencia de la Ley 26.743, precisando que los 15 puntos del articulado de la misma establecen, entre otras cuestiones, que toda persona “tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género» y en particular a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de los nombres de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada”.

Cuestión de derechos

A su vez, Moyano fundamentó que con la presente Ordenanza, que sería aprobada al momento de la votación, “se está pidiendo que la ciudad adhiera para que toda persona se sienta libre de solicitar la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre e imagen con un trámite gratuito, personal y sin intermediación de gestor o abogado y sin autorización judicial”, sumando a ello que “establece el derecho al libre desarrollo personal” y que “podrá, con el fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a las intervenciones quirúrgicas parciales o totales y/o tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa”.

Cambio cultural

Finalmente, destacó que la ley nacional en cuestión, “junto a la de Matrimonio Igualitario, constituyen un cambio cultural promovido por el Estado y por el que militaron en nuestro país y en el mundo, cientos de organizaciones del colectivo LGTBIQ+”, proponiendo finalmente que la ciudad de Puerto Madryn “adhiera en todos sus términos” a la normativa nacional que actualmente se encuentra en vigencia.

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