EL GOBIERNO NACIONAL QUINTUPLICÓ EL VALOR DE UNO DE LOS ÍTEMS

Importadores argentinos presentarían un amparo por los aumentos en las tasas

Ante la decisión del Gobierno Nacional de aumentar la “tasa de estadística”, que grava todas las importaciones y ahora además a las exportaciones, empresas del sector importador avanzarían en acciones de amparos judiciales para no pagar el incremento por considerarlo de carácter “confiscatorio”.
Fuentes empresariales argumentaron esta postura debido a la dureza oficial y la falta de respuestas. “Muchas firmas están estudiando presentar acciones de amparo por el carácter confiscatorio de la medida”, remarcaron, al mismo tiempo que recordaron que “subieron una tasa que no se corresponde con un mejor servicio y al sólo fin de incrementar la recaudación”.
El decreto conocido el lunes de esta semana generaliza la tasa a todas las compras externas, incluso aquellas que se estaban excluidas, como las de origen intra Mercosur y las importaciones temporarias. Además, modificó los topes máximos que se cobran por cada operación de importación.
“La medida fue presentada con el objetivo de incrementar la recaudación fiscal y aparece como una contraprestación por servicios de estadística. Su impacto es similar a una suba generalizada de aranceles ad valorem y profundiza los problemas de falta de competitividad e inflación de la economía argentina, al encarecer los bienes e insumos importados en el mercado doméstico”, cuestionaron días atrás desde la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA).
En este punto, cabe destacar que la CIRA está en condiciones de presentarse como entidad aglutinante de recursos de amparo, vía una acción colectiva. Sin embargo, fuentes de la entidad dijeron que la decisión aún no está tomada y por supuesto que las empresas pueden avanzar en forma unilateral. “Hemos llamado al ministro (de Hacienda, Nicolás) Dujovne; y a (Miguel) Braun (secretario de Política Económica de la cartera). No recibimos la menor contestación a las llamadas”, expresaron fuentes de la entidad.
La mayor tasa de estadística sube el precio de los bienes importados, lo que impacta negativamente sobre las cantidades comerciadas y sobre la competitividad de la economía, considerando que casi 80% de los bienes extranjeros se usan en procesos productivos, agregó un comunicado de CIRA. “Hoy el comercio exterior se está desangrando por las medidas que se están tomando”, dijo Rubén García, presidente de la entidad.
En tanto, las empresas nucleadas en la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) manifestaron su “preocupación” por el incremento de la alícuota de la tasa de estadística. La entidad sostuvo que la medida contempla además, “otras modificaciones de gran impacto para la industria”. “Esta resolución afecta de forma considerable al sector de alimentos y bebidas, que representa más del 40% de las exportaciones totales”, señalaron.

Tasa quintuplicada

Vale recordar que días atrás el Gobierno Nacional, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, anunció el aumento de 0,5 a 2,5% para la “tasa estadística” que pagan las importaciones en nuestro país, aunque la medida sería una suba transitoria que se aplicará hasta fin de año solamente. Al respecto, la justificación de esta iniciativa fue por la necesidad de cumplir con el objetivo de equilibrar las cuentas públicas y eliminar el déficit primario a partir de este año.
La medida tiene impacto en sectores productivos de Chubut, ya que las industrias del petróleo como el aluminio, importan gran parte de sus insumos, y lo mismo ocurre en la pesca, tanto para armar un barco, como con los elementos que se utilizan dentro de las plantas de procesamiento. En mayor o menor magnitud, este incremento de tasas de importación afecta a los tres principales rubros exportadores de la provincia, ya que utilizan componentes importados en sus procesos productivos.
Puntualmente, según el texto del decreto emitido desde Casa Rosada, manifestaron: “En ese contexto, es necesario incrementar transitoriamente la alícuota de la tasa de estadística”. Cabe aclarar que este ítem fue implementado por la Ley Nº 23.664, promulgada en 1989, la cual dispuso que las mercaderías que se importasen o se exportasen abonarían en concepto de servicio de estadística una tasa del 3%. En 1991, esa tasa fue suprimida para las exportaciones por medio de un decreto de necesidad y urgencia. Y luego, en 1998, la tasa de estadística se redujo a 0,50%.
La medida se justificó por la necesidad de cumplir con el objetivo de equilibrar las cuentas públicas y eliminar el déficit primario a partir del año 2019. Igualmente, hay que tener en cuenta que este tipo de decretos tiene una jerarquía similar a la de las leyes nacionales, aunque no igual. Y en caso de que existan tratados internacionales que refieran a estos temas y que establezcan que estos porcentajes no deben ser abonados, los mismos deben ser tenidos en cuenta por encima del decreto anunciado en la víspera por el Gobierno Nacional. Esto se debe a que los tratados internacionales tienen una jerarquía superior a las leyes nacionales o a los decretos emitidos por el Ejecutivo nacional.

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