HUBO PAÑUELAZOS EN TODO EL PAÍS Y SE REPLICARON EN CIUDADES DE CHUBUT

Se presentó por octava vez el proyecto para legalizar el aborto

En la jornada de ayer se conmemoró una nueva edición del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, lo que motivó a que se defina a dicha fecha para presentar nuevamente el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que las integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito presentaron por octava vez en el Congreso Nacional.
Puntualmente, esta fecha fue acordada en un plenario de la campaña, de la cual también participaron diputadas e integrantes de organizaciones sociales y de colectivos de mujeres, luego de varias instancias donde se plantearon algunas modificaciones del texto del proyecto que se presentó el año pasado. Al respecto, cabe recordar que el mismo alcanzó media sanción en la Cámara de Diputados, pero no corrió con la misma suerte en la Cámara de Senadores, en el marco de acalorados debates públicos por parte de los legisladores nacionales y también por gran parte de la ciudadanía argentina.
No hay que perder vista a que este es un año electoral, por lo que se buscará que esto influencie en la adhesión de legisladores de distintos bloques al proyecto que el año pasado obtuvo más de 70 firmas. De hecho, el día de la presentación habrá una convocatoria para marchar en todo el país. En este contexto, vale recordar que la composición de las dos cámaras del Congreso de la Nación es la misma que en 2018, por lo que para que se apruebe el proyecto de ley de IVE algunos legisladores deberían cambiar la postura que manifestaron el año pasado, más que nada en el Senado, donde los miembros de la Cámara Alta rechazaron la propuesta que había sido aprobada en Diputados.

Modificaciones respecto a 2018

Cabe aclarar que el nuevo texto tomó como punto de partida al que se presentó en 2018, aunque se tuvieron en cuenta los debates que se dieron en el Congreso, por lo que se hicieron algunas modificaciones. Puntualmente, la propuesta de ley está organizada en tres capítulos con sus respectivos artículos. Además, indica que el concepto de “salud integral” debe interpretarse conforme a la definición que establece la Organización Mundial de la Salud (OMS), que no sólo habla de las mujeres, sino que también plantea que “en ejercicio de sus derechos humanos, toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar tienen derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional”, como el bien jurídico a proteger, que se incorporó el capítulo tres, sobre “políticas de salud sexual y reproductiva” y “educación sexual integral”.
En este sentido, la interrupción voluntaria del embarazo y el aborto son considerados términos equivalentes, mientras que no figura en el texto la objeción de conciencia, ni la necesidad de denuncia ante una violación.

Participación del Estado

Además, quienes presentaron el proyecto de ley en la mesa de entrada del Congreso de la Nación indicaron que es necesario también debatir sobre el rol del Estado frente a una problemática social en la cual “miles de mujeres sufren serios daños”. De hecho, consideraron que es ilegítimo que el Estado imponga una controvertida visión sobre el comienzo de la vida humana y persiga penalmente a aquellas personas que no concuerdan con la misma.
“Es necesario discutir hasta qué punto el Estado puede interferir en el ámbito de la autonomía de las mujeres, imponiéndole restricciones para decidir sobre su propio cuerpo”, afirmaron.

El aborto en el nuevo Código Penal

En este contexto, cabe recordar que semanas atrás el Poder Ejecutivo nacional presentó ante el Congreso de la Nación el proyecto para la creación del nuevo Código Penal, teniendo en cuenta que la norma vigente data de 1921.
Al respecto de esto, Patricia Bustamante, integrante del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), dialogó con El Diario sobre la reforma de esta ley y explicó que la nueva legislación “plantea severos retrocesos de lo que tenemos actualmente. Por ejemplo, una cosa que no se toma en cuenta es la Ley de Identidad de Género y sigue considerando sólo a la mujer como persona gestante”.
Además, la iniciativa dirigida por Mariano Borinsky también limita las causales en la temática del aborto, teniendo en cuenta que actualmente existe la causal de salud, que en el Código Penal actual no se hace ninguna distinción y sólo se habla de salud. “Dentro del protocolo de interrupción legal del embarazo que tenemos se habla de la salud como el concepto que tiene la Organización Mundial de la Salud (OMS), que refiere al completo estado de bienestar físico, mental y social. Lo que hace la reforma es hablar de la salud física y mental. Con eso, se restringe el concepto que se aplica actualmente por los profesionales de la salud que garantizan el derecho. Al no hacer referencia al concepto amplio de la OMS lo que hace es que no se sabe qué se va a considerar salud mental”, explicó Bustamante.
Respecto a la causal de violación, la integrante del INECIP manifestó que la legislación vigente hace referencia a fallos jurisprudenciales emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde se asegura que no debe judicializarse y que sólo basta con la declaración jurada de la persona gestante. Además, agregó que en el proyecto para la legalización del aborto impulsada el año pasado, la cual obtuvo media sanción en el Congreso de la Nación, esto también estaba previsto y era explícito. En contrapartida, el proyecto actual no hace referencia a que esta causal pueda justificarse sólo con una declaración jurada, dejando la puerta abierta a una posible judicialización en caso de requerir la interrupción del embarazo por violación, yendo en contra de los fallos emitidos por el máximo tribunal de nuestro país y del proyecto de ley para la legalización del aborto en Argentina.

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