ARGUMENTÓ QUE LE HACÍA UN FAVOR A UN AMIGO Y FUE ENGAÑADO

Cuatro años de prisión por transportar marihuana de Madryn a Trelew

Días atrás concluyó un juicio oral y público realizado ante el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, en el cual resultó condenado un individuo oriundo de Puerto Madryn, Jonatan Ismael García, a la pena de cuatro años de prisión, por el delito de “transporte de estupefacientes”, mientras que su consorte de causa, Eugenio Darío Bruno, resultó absuelto en virtud de que la Fiscalía desistió de acusarlo.
Se trata de una causa que se originó cuando gendarmes requisaron el vehículo en el que el ciudadano se trasladaba en dirección a la ciudad del Valle, y constataron que en su interior llevaba un paquete con dos kilos de marihuana; en su defensa, el acusado dijo que un amigo de varios años, con quien jugaba al fútbol, le había pedido que trasladara la carga, sin especificarle qué contenía en su interior, prometiéndole que le pagaría por ello.

Los pararon en un control

El tribunal fue presidido de manera unipersonal por el juez Enrique Jorge Guanziroli, mientras que el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general, Teodoro Nürnberg, y los imputados fueron asistidos por el abogado Abdon Manyauik.
Según reza en el fallo de la causa, el delito se cometió el 12 de enero de 2018, cuando alrededor de las 20:50 horas, en el marco de un control de rutina que efectivos de la Gendarmería Nacional realizaban en la intersección de la Ruta Provincial 4 y la Ruta Nacional 3, en el acceso norte de Puerto Madryn.
Los gendarmes procedieron a identificar a los tripulantes de un Volkswagen Bora que iba al mando de Bruno, mientras que García viajaba como acompañante.

Requisa y nervios

Al momento en que le solicitaron su documentación para identificarlo, este último dijo no tenerla y se mostró nervioso, generando dudas en los uniformados, quienes resolvieron profundizar la requisa del vehículo: tras revisar el baúl, volvieron a la cabina y se encontraron con que, debajo del asiento del acompañante, estaba escondida una bolsa negra que contenía, según el posterior pesaje, un total de 2.017,38 gramos de marihuana.

Transporte y pago

En su descargo, García dijo que un conocido de jugar al fútbol le había pedido que le llevara, desde Puerto Madryn hasta Trelew, un paquete por el que le pagaría un dinero. El paquete estaba cerrado y era de tamaño mediano, por lo que lo cubrió con un buzo y lo llevó debajo de su brazo.
En el caso de Bruno, luego absuelto, éste había llevado a García en su vehículo para hacerle un favor; días antes, para la celebración de Año Nuevo, habían estado juntos después de muchos años de conocerse, y García le había pedido que lo llevase a Trelew.

Dijo no saber qué había en el paquete

El condenado relató que “a Jonatan lo conozco desde los nueve años, cada uno hizo su vida y nos juntamos en Año Nuevo a brindar, en ese momento me comentó que tenía que ir a Madryn y si lo podía llevar, pero no me dijo para qué iba”, agregando que, en la ciudad del Golfo, “lo dejé en el Hospital, me fui al puerto y después al banco, hasta que recibí un mensaje para que lo pase a buscar”.
A ello, sumó que mientras regresaban a Trelew se encontraron con el control de Gendarmería, y recién allí se dio cuenta que había un paquete cuando los pararon; hasta que no hicieron las pruebas, no supo, aparentemente, qué había en su interior.

El juez coincidió con la Fiscalía

Tras la presentación de la prueba durante el debate, la Fiscalía pidió que García fuera condenado por el delito de “transporte de estupefacientes” a la pena de cuatro años de prisión, mientras que desistió de acusar a Bruno.
Consecuentemente, el tribunal resolvió condenar a García bajo la calificación propuesta por el acusador público, así como también coincidió con el monto punitivo y la absolución de Bruno.
Según la Ley 23.737, conocida como Ley de Estupefacientes, “será reprimido con prisión de cuatro a quince años y multa de cuarenta y cinco a novecientas unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegítimo, comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte”.

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