Ganancias: mejor que 2015 pero peor que en 2018

Mejor que en diciembre de 2015, pero peor que el 2018. Así puede resumirse la situación del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría de contribuyentes, y su impacto en el poder adquisitivo de los trabajadores en relación de dependencia. Se explica también, en parte, la crisis en el mercado interno, a partir de los efectos de la presión tributaria de este impuesto en el bolsillo de la clase media y media alta en condiciones de consumir. La conclusión parte del último informe elaborado por el Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL) de la Fundación Mediterránea, firmado por Marcelo Capello y Vanessa Toselli y coordinado por Jorge Vasconcelos; que se concentra en la evolución de Ganancias desde que asumió Macri.
Según el trabajo, el tributo “aumenta su carga en 2019 respecto de 2018, aunque se ubica por debajo del peso que tenía en 2015”. El informe toma el peso del impuesto según sueldos constantes de 2016, y compara como evolucionó la presión sobre el salario bruto y el neto para trabajadores con y sin cargas de familia. Para 2019 asume tres escenarios en función del aumento salarial que finalmente se acuerde, de 36%; 39% y 42%. En la base de cálculo para un trabajador casado con hijos que en 2018 tuviera ingresos por $33.020, no hay diferencias en la presión tributaria, ya que de 2015 a 2019 la carga por ganancias fue 0. Para ingresos por $82.550 en 2018, hay cierta reducción de la carga, ya que ésta pasa de 14,2% en 2015 a 10,8% en 2019 (suponiendo actualización salarial del 39%), aunque hay una leve suba respecto de 2018 cuando la incidencia fue de 9,7%. Para un trabajador soltero sin hijos, el corte transversal muestra lo progresivo de este impuesto, ya que la carga sobre el salario bruto es este año de 0,4% para un salario que en 2018 fue de $33.020; de 4,5% para un sueldo que en 2018 fue de $49.530 y de 23,5% para un salario que en 2018 fue de $132.080
Menciona el IARAF, que “si bien actualmente, y a diferencia de lo que ocurría con la anterior administración de gobierno, existe una actualización anual automática de los parámetros que sirven para determinar el impuesto, siguiendo la evolución del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), dado que dicho ajuste no necesariamente coincide con la evolución anual de los salarios de los trabajadores, el peso del impuesto puede variar cada año, cuando se lo mide sobre el salario. Por caso, mientras los precios minoristas aumentaron un 47,6% en 2018, el RIPTE se ubicó más de 15 pp. por debajo de dicho guarismo”. Según el trabajo, si en 2019 los salarios se ajustan por arriba de lo que se mueven el mínimo no imponible y las deducciones del impuesto, la carga impositiva relativa podría subir, aún si el trabajador no aumenta su poder adquisitivo este año.
El trabajo, para analizar el peso del impuesto a través del tiempo, toma salarios constantes de 2016, y se compara cómo evolucionó la presión sobre el salario (bruto y neto) para trabajadores con y sin cargas de familia. A su vez, se suponen tres escenarios para el corriente año, dependiendo de cuál sea el aumento salarial finalmente pactado: se considera un aumento del 36%, del 39% y del 42%, tomando en consideración que la inflación esperada para el corriente se ubica en el escenario intermedio.
Para el IARAF, y suponiendo casos de trabajadores que mantuvieron constante su poder adquisitivo en los últimos años, se observan reducciones en la carga del impuesto para la mayoría de los casos. Sin embargo, trabajadores sin cargas de familia con salarios de $33.020 y $41.275 en 2018, (equivalentes a $20.000 y $25.000 de 2016), que en 2015 se encontraban exentos del impuesto, en 2018 y en el corriente, se encuentran alcanzados por el tributo independientemente de cuál sea el aumento salarial que se suponga. Para el caso de un trabajador soltero sin hijos, la carga del impuesto en 2015 significaba el 9,9% de su salario bruto, si su salario ese año resultaba de $38.100 – equivalente a $30.000 brutos de 2016- (no obstante, si ya trabajaba en 2013, y mantuvo sus ingresos constantes, en 2015 no tributaba ganancias). Al año siguiente, con las actualizaciones del mínimo no imponible, la carga impositiva se redujo al 4,6% de su salario, y cayó al 1,0%% en el año 2017, con las modificaciones de las escalas del impuesto, los tramos que las definen y su posterior consideración automática. La situación se revirtió en el año 2018, en el cual la inflación superó significativamente a la evolución del RIPTE utilizado como variable de referencia para actualizar los parámetros del impuesto. En el año 2019, la carga impositiva variará según cuál sea el acuerdo salarial que finalmente se logre, pudiendo resultar del 4,1%, del 4,5% o del 4,8% del salario, dependiendo de si los salarios aumentan un 36%, 39% o 42% respectivamente.
Si se realiza el mismo ejercicio para niveles salariales más altos, se observa una tendencia similar. Así, para un trabajador con salario de poder adquisitivo constante en 2016 de $50.000, (es decir, que percibió en 2018 un salario bruto de $82.550), la carga del impuesto fue del 17,6% en 2015, 13,9% en 2016, y 10% en 2017. En el año 2018 se incrementó nuevamente al 13,8%, pudiendo alcanzar en 2019 un peso de entre 14,4% y 15,4%, dependiendo cuál sea finalmente el aumento salarial (supuesto entre 36% y 42%). Por último, asalariados con ingresos 2018 de $132.080 (equivalentes a $80.000 brutos en 2016), vieron evolucionar su carga sobre el salario desde 25,6% en 2015 a 19,4% en 2017, siendo que se ubicará en 2019 entre el 23,2% y el 23,8% se sus ingresos brutos, volviendo a una situación similar a la de 2015. (Fuente: Ámbito Financiero)

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