La Corte Suprema limitó la realización de escuchas judiciales

La Corte Suprema de Justicia, con la firma de sus cinco miembros, instó a los jueces a disponer escuchas telefónicas solo «con criterio restrictivo» y de forma «fundada», y exhortó a la Comisión bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia a certificar que la AFI «no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales».
También requirió al Consejo de la Magistratura de la Nación a que, «en ejercicio de sus competencias constitucionales, formule un diagnóstico exhaustivo respecto del grado de aplicación de los criterios restrictivos en materia de interceptación de comunicaciones en el marco de las investigaciones penales», indicó el sitio Infobae.
Y solicitó al Congreso de la Nación el pronto tratamiento del proyecto de ley destinado a «regular la cadena de custodia de las interceptaciones».
La decisión de la Corte Suprema llega en medio del escándalo abierto tras las repercusiones de la llamada «Operación Puf», en donde se grabaron y difundieron escuchas telefónicas de detenidos y ex funcionarios kirchneristas en prisión.
El máximo tribunal habló de la protección al derecho a la intimidad y privacidad fijada en la constitución y los pactos, como uno de los valores «más preciados para la dignidad del ser humano» y recuerda que la Constitución veda las intromisiones arbitrarias de la privacidad.
«Queda claro que, por expreso mandato constitucional, las comunicaciones en todas sus variantes, al igual que la correspondencia epistolar, solo pueden ser objeto de injerencia en la medida en que exista una orden judicial debidamente fundada, sin que la privacidad pueda ser soslayada en miras a satisfacer una necesidad genérica y abstracta de prevenir o descubrir delitos», se sostuvo.

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