CUESTIONARON EL ANTEPROYECTO Y DICEN QUE EMPEORARÁ EL SERVICIO DE JUSTICIA

Abogados de Madryn rechazan la reforma de los Códigos Procesales no Penales

Desde la entidad que nuclea a los abogados matriculados de la ciudad presentaron a la Comisión de Reforma Procesal Civil y Comercial, de Familia, Laboral y Contencioso Administrativo un extenso documento donde afirmaron que, “de aprobarse esta iniciativa propiciada por el Superior Tribunal de Justicia y el Poder Ejecutivo provincial, no mejorarán las condiciones del servicio de Justicia, sino que se las empeorará sustancialmente, generando a los chubutenses una grave inseguridad jurídica al contrariar las previsiones contenidas en los pactos internacionales y la Constitución nacional y provincial, desechando el aprovechamiento de largos años de doctrina y evolución jurisprudencial local en sintonía con la jurisdicción federal”.
Al mismo tiempo, consideraron que se trata de una “propuesta de cambio sustancial de la legislación procesal que resulta incompatible con el ordenamiento jurídico, no responde a la tradición jurídica argentina, tanto jurisprudencial como doctrinal, ni a la enseñanza del derecho y estudio de grado de las Ciencias Jurídicas”.

Implicará grandes erogaciones

En el mismo, sentido, la entidad presidida actualmente por el letrado Sergio Fassio dijo “no estar en desacuerdo con la reforma de las leyes procesales, necesaria para adecuarlas a la nueva legislación civil y comercial, de modo de hacerla compatible y útil al derecho sustancial, tampoco con la presencia física de los magistrados en las audiencias, ya establecida como obligatoria por la Ley procesal actual, ni con técnica de la oralidad, ya que la materialización del lenguaje humano a través de la palabra hablada, es la forma de comunicación más antigua del ser humano”.
También, remarcaron que “para el éxito de la técnica de la oralidad se requiere una dotación de recursos humanos y de infraestructura muy altos, que en el contexto económico actual que afecta a la provincia, así como las carencias presupuestarias y desinversión del Poder Judicial, destinará al fracaso todo proyecto que pretenda implementar la oralidad en las causas civiles”.

Piden consenso

El documento fue dirigido a Mario Vivas, presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), a través del cual señalaron que “descartando esta propuesta, toda otra reforma que pudiera implementarse debe partir de un diagnóstico adecuado donde todos los operadores jurídicos participen expresando sus puntos de vista, deberá ser paulatina, consensuada y con el presupuesto económico asegurado para su óptimo funcionamiento”.

Modernizar los procesos

En el mismo sentido, aclararon que “nuestro Colegio no se opone al avance y modernización de los procesos, tampoco a la implementación de la ‘oralidad’ en el ámbito no penal, somos quienes proclamamos a viva voz que el acceso a la Justicia, que comprende el derecho a un procedimiento rápido y de calidad, es un Derecho Humano fundamental y que las políticas de Estado, que incluye necesariamente al Poder Judicial, deben dirigirse prioritariamente en ese sentido”.

Críticas al tratamiento “express”

En otro orden, advirtieron que “no admitiremos que, al amparo de la oralidad en los procesos civiles, se enarbolen banderas que subvierten el orden jurídico, que en varios aspectos son manifiestamente inconstitucionales, presentando al nuevo Código como moderno y cercano al Justiciable, cuando se percibe que la iniciativa está destinada a aprobar algo novedoso por el solo hecho de aprobarlo, sin siquiera analizar si la reforma integral es efectivamente necesaria y viable, o si lo que realmente hay que reformar es la gestión del proceso y de los recursos”.

Sin novedades de la Ley XIII-21

A su vez, los letrados nucleados en el Colegio de Puerto Madryn plantearon que “en cuestiones en las cuales el Poder Judicial podía avanzar, sin impedimento alguno, nada se hizo para favorecer la tramitación ágil de los procedimientos”, al tiempo que recordaron que “rige en nuestra provincia la Ley XIII – 21 para la presentación y gestión electrónica en el servicio de administración de Justicia y, pese a los años transcurridos desde su sanción, en nada se avanzó para lograr el objetivo de un expediente electrónico, mediante el uso de tecnologías de la información, como sí lo han conseguido otras provincias”.

Familia, el fuero más beneficiado

La oralidad, explicaron, “será beneficiosa” en casos en los que “las cuestiones de hecho y de derecho sean simples o donde el debate oral le permita al Juez apreciar las circunstancias de las partes, como lo es el caso de los procesos de familia”, aunque reconocieron que, “por el contrario, en los procedimientos en los que las cuestiones de hecho y de derecho resultan complejas, la oralidad llevará a decisiones inexactas o superficiales”.

Sin análisis de recursos

Finalmente, objetaron que “el Proyecto remitido en lo que hace a la regulación del proceso contencioso administrativo pone en evidencia lo irregular de este proceso de reforma” y que, “en atención a las particularidades de la cuestión contencioso administrativa se torna prácticamente imposible la aplicación de la oralidad”, concluyendo que “si se considera el volumen de causas contencioso administrativas que actualmente se tramitan en la Justicia local y, más allá de ser necesaria la regulación de la materia, no se advierte un análisis profundo de los recursos disponibles para la creación de un nuevo fuero como se propone”.

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