NO PODRÁN SER ALCANZADAS POR LA REDUCCIÓN DE IVA Y DE GANANCIAS. OTRO REVÉS PARA EL GOBIERNO

Chubut está entre las provincias beneficiadas por el fallo de la Corte

La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció, a través de un fallo que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias. Chubut había interpuesto uno de los amparos. El Gobierno promete cumplir con el fallo y al mismo tiempo mantener las medidas anti crisis.
De esta manera, el máximo tribunal judicial de nuestro país emitió una resolución en contra del Gobierno Provincial, en relación a la reducción impositiva impulsada luego de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO).
Según afirmaron desde la Casa Rosada en la jornada de ayer, el fallo es interpretado como un revés para la gestión de Mauricio Macri, aunque también afectará las finanzas al próximo presidente, sea quien sea. Además, vale resaltar que este fallo surge como respuesta a un reclamo realizado por 15 provincias, que acudieron a la competencia originaria del máximo tribunal.
La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. En minoría quedó el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Carlos Rosenkrantz, mientras que la ministro Elena de Nolasco no votó.
En su decisión, el fallo dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos impugnados y de las resoluciones generales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Chubut, Catamarca, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.

Entre Ríos, un caso particular

Al analizar puntualmente el caso de Entre Ríos, el máximo tribunal judicial de nuestro país hizo una distinción, haciendo referencia a un informe de la Comisión Federal de Impuestos que estimó que las medidas tributarias redundarían en una disminución de aproximadamente mil millones de pesos de los recursos, lo que pondría en riesgo el normal funcionamiento de las instituciones provinciales, y la atención de las necesidades básicas de su población.
A criterio de la Corte, el daño a las arcas de Entre Ríos “podría resultar irreparable, en la medida en que -según explica- los fondos que se dejan de percibir fueron presupuestados por la hacienda provincial y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas públicas en curso, algunas de ellas de carácter social, lo que evidencia la necesidad de acceder a la pretensión cautelar”.
“Frente a la concreta dificultad de financiamiento de necesidades públicas provinciales de significación social alegadas por la actora, la magnitud del perjuicio invocado y lo señalado en cuanto a la verosimilitud en el derecho, cabe tener acreditada la configuración de los extremos exigibles a toda pretensión cautelar con el fin de resguardar los derechos invocados hasta tanto exista la posibilidad de dirimir la cuestión de fondo debatida, por lo que los costos fiscales de la aplicación de los decretos y las resoluciones impugnadas sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias actoras”, se argumentó desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Detalles del fallo

Esta identificación de lo ocurrido en Entre Ríos se debe a que en las 30 fojas que tuvo el fallo emitido en la víspera por parte del máximo tribunal judicial de nuestro país se explicó que la decisión fue adoptada en una causa en la que la provincia en cuestión impugnó el decreto 561/19, en tanto encomendó a la AFIP una reducción en la base de cálculo de las retenciones para el cálculo del impuesto a las ganancias a determinados sujetos; y una reducción de un 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019. También planteó la inconstitucionalidad del decreto 567/19 en tanto dispuso una alícuota del 0% en el Impuesto del Valor Agregado para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.
Expuso que esta situación la coloca en un escenario de extrema gravedad y dificultad para cumplir con las obligaciones y deberes a su cargo, pues las sumas que dejarían de ingresar a las arcas provinciales ya se encontraban incorporadas como recursos corrientes en el presupuesto de gastos para el presente ejercicio 2019, para proyectos sociales, destinados a la población de la provincia. Esto, al igual que lo planteado a posteridad también repercutió en todas las provincias involucradas, incluida Chubut.

El Gobierno se tomará su tiempo para decidir cómo cumplirá el fallo

En la Casa Rosada aseguran que la acordada no es clara en “su parte operativa” y que el máximo tribunal debió haber esperado hasta después de los comicios para tratar la presentación de las provincias gobernadas por la oposición. Mauricio Macri ya sabía que la Corte Suprema fallaría a favor de las provincias y su instrucción fue simple y directa al ministro Hernán Lacunza: evaluar las alternativas económicas y financieras para respetar la decisión del alto tribunal y a su vez evitar que esa decisión procesal complique “los bolsillos de los argentinos”.
Lacunza escuchó la instrucción presidencial y se puso a trabajar en un asunto que heredó de Nicolás Dujovne, su antecesor en el Palacio de Hacienda. En principio, el ministro concluyó que la medida sobre Ganancias era transitoria -desde septiembre a octubre- y que la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se estiraba hasta fin de año.
Lacunza reúne la información técnica para determinar el costo financiero de la decisión de la Corte -treparía a 30.000 millones-, mientras que aguarda una confirmación institucional que ya es una obviedad: la acordada es sobre Entre Ríos, pero en realidad funciona como un leading case para todas provincias que presentaron sus reclamos en el cuarto piso de Tribunales.

Carrió amenazó con un juicio político

La diputada y fundadora de Cambiemos, Elisa Carrió, amenazó con un juicio político contra los jueces de la Corte Suprema de Justicia después de las elecciones. Lo hizo luego de que el máximo tribunal fallara a favor de las provincias al obligar al Gobierno nacional a hacerse cargo del costo fiscal de la reducción del IVA y del impuesto a las Ganancias.
Junto a los diputados Paula Olivetto, Juan Manuel López y el presidente de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro, advirtió en un comunicado: «Cuando termine el proceso electoral, porque nuestra regla es no denunciar en campaña, evaluaremos la conducta de los jueces de la Corte y ampliaremos el pedido de juicio político por abuso de poder».

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