SEGÚN LA FISCALÍA, RECIBIÓ UNA CASA Y TRABAJO TRAS EL CRIMEN DE VÁZQUEZ

Rechazaron el sobreseimiento y elevaron a juicio la causa contra Brenda Vargas

Este martes 8, en Comodoro Rivadavia, se realizó la audiencia preliminar por el crimen de Néstor Fabián Vázquez sucedido en el año 2014, donde rechazaron el sobreseimiento a Brenda Vargas y elevaron la causa a juicio. Se la acusa de haber participado en el homicidio y de haber recibido de parte de la UOCRA liderada por Fernando Silva una vivienda y un puesto laboral en una empresa.
Presidió la audiencia preliminar la jueza penal Mariel Suárez; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; la querella Olga Figueroa, en representación de la madre de la víctima Olga Cañupan. En tanto que la defensa de Vargas fue ejercida por Mauro Fonteñez y Fiorella Picón, abogados particulares de la misma.

La acusación

La fiscal se refirió al hecho incluido en la acusación cuando a finales del año 2013 y comienzos del año 2014 se verificaba en Comodoro Rivadavia un estado de enfrentamiento entre facciones internas de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), las cuales se disputaban por entonces la conducción de dicha agrupación gremial.
Una de las facciones era liderada por el dirigente gremial Luis Miguel Gortari y la restante por el dirigente gremial Raúl Fernando Silva. En ese contexto, como hecho relevante, el 7 de febrero de 2014 se produjo un incidente armado entre ambas facciones que tuvo como escenario la sede gremial de calle Rawson 1405, en donde, según la Fiscalía, integrantes del grupo que respondían a Raúl Fernando Silva intercambiaron disparos de arma fuego con integrantes de la facción que respondía a Luis Gortari, los cuales se encontraban resguardados en el interior del edificio gremial.
En ese marco de alto grado de conflicto y violencia entre los grupos gremiales antagónicos, y siempre según el relato de la acusación, integrantes del grupo que respondía a Raúl Fernando Silva planificaron dar muerte a Néstor Vázquez. Para ello y previo al día 17 de marzo de 2014 este grupo de integrantes de UOCRA y adeptos de Silva, contactaron a Brenda Vargas, quien mantenía una vinculación de conocimiento y confianza con Vázquez. Así le requirieron que participara de la organización para dar muerte a Néstor Vázquez, presuntamente a cambio de algún beneficio o retribución material posterior.
Ya con Brenda Vargas incorporada al plan criminal, planificaron la emboscada de Néstor Vázquez. De ese modo, el día 17 marzo de 2014, entre las 19 y las 21 horas, continuó la fiscal Camila Banfi, Brenda Vargas llevó bajo engaño a Vázquez al predio del Club Deportivo Roca del barrio Isidro Quiroga de Comodoro Rivadavia. Una vez allí, Vargas le habría dado a fumar un cigarrillo de marihuana a Vázquez y producidos los efectos del cannabis en el nombrado, avisó a los otros integrantes – aun no identificados- del grupo criminal, quienes se apersonaron al lugar. Allí, sorprendieron a la víctima, lo habrían golpeado y maniatado, para luego dispararle con un arma tipo revólver, marca Tanque, calibre .32 largo. Uno de los proyectiles ingresó en el tórax y otro en la cabeza de Vázquez, provocándole la muerte por “paro cardio-respiratorio traumático debido a lesión cerebral provocado por el paso del proyectil”, con dirección de derecha a izquierda, de adelante hacia atrás y levemente de arriba hacia abajo. El día 18 de marzo de 2014, fue hallado el cuerpo de Néstor Fabián Vázquez en el predio del Club Deportivo Roca.
Luego de la muerte de Néstor Vázquez, añadió la fiscal, la UOCRA liderada por Fernando Silva procedió a construirle una vivienda a Brenda Vargas emplazada sobre el predio e ingresarla a la empresa ZOFRA sin ninguna experiencia laboral ni antecedente de que pudiera efectuar tareas en la misma, únicamente como pantalla con el fin de justificar ya que el rol que cumplió Brenda Vargas no fue a título gratuito, así se le requirió también falsear el testimonio durante la investigación y luego cambiar la versión en el debate oral y público realizado en el legajo fiscal “Vázquez Néstor Fabián s/homicidio r/v”, llevado adelante en abril de 2017. Todo ello con la intención de mejorar su situación y la de sus consortes y procurar impunidad para sí y para los integrantes de UOCRA. Calificando jurídicamente el hecho como “homicidio doblemente agravado, por ser cometido con alevosía, y por el concurso premeditado de dos o más personas”, en calidad de “autor” para Vargas.
Por su parte la querella adhirió al hecho enunciado por la fiscal y calificó el mismo como “homicidio doblemente agravado, por ser cometido con alevosía, y por el concurso premeditado de dos o más personas”, en calidad de coautora o partícipe necesaria para Vargas y subsidiariamente como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de coautora o partícipe necesaria.

La defensa

Por su parte, la defensa, en contraposición, solicitó el sobreseimiento de su pupila ya que “a lo largo de todo el desarrollo de la investigación el Ministerio Público Fiscal no ha podido acreditar con certeza los hechos traídos a proceso. Existen más dudas que certezas y en la otra investigación no se pude hablar de banda ya que en dicha carpeta los supuestos autores están en libertad y fueron absueltos”. También expreso el defensor que Vargas no forma parte de ningún grupo adepto a la UOCRA sino que tenía relación con ambos grupos. Concluyendo que no se ha logrado desterrar el principio de inocencia. Requiriendo por ello su sobreseimiento y subsidiariamente un cambio de calificación jurídica a “encubrimiento”.
Finalmente, la Jueza Penal resolvió rechazar el pedido de sobreseimiento y elevar la causa a juicio oral y público, en virtud que si analizara los elementos probatorios en este momento procesal sería adelantar el juicio. La valoración de los elementos probatorios de la causa se debe hacer en el debate oral y público, concluyó la jueza. Por último, se realizó el ofrecimiento de prueba a ventilar en el futuro debate.

ÚLTIMAS NOTICIAS