RECIBIÓ UNA PENA DE PRISIÓN POR 10 AÑOS PERO NO TIENE SENTENCIA FIRME

Arresto domiciliario para un condenado por abuso sexual agravado

El tribunal colegiado integrado por los jueces Mariano Nicosia y Miguel Caviglia hizo lugar al pedido del Ministerio Publico Fiscal, respecto a mantener la prisión preventiva para un sujeto de 55 años, declarado autor penalmente responsable por delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad, mediando convivencia preexistente en la modalidad de delito continuado.
El caso fue llevado a juicio oral y público en 2018. En esa oportunidad, los jueces Alejandro Rosales, Martin Zachino y Jorge Novarino impusieron al acusado una pena de dieciséis años de prisión. En tanto, la Cámara en lo penal de Comodoro Rivadavia readecuo la sentencia en diez años de condena de cumplimiento efectivo.
Asimismo, los magistrados del tribunal revisor dispusieron que el condenado continúe cumpliendo la medida de coerción en la modalidad de prisión domiciliaria, hasta que la sentencia adquiera firmeza.

Revisión de prisión

En la sala de audiencias de la oficina judicial, se desarrolló una audiencia de revisión de la medida de coerción. El acto judicial estuvo a cargo de un tribunal colegiado integrado por los jueces Nicosia y Cabilia quienes participaron mediante el sistema de video conferencia desde la oficina judicial de Comodoro Rivadavia.
En representación de la Fiscalía asistió el funcionario Ezequiel Castro Albornoz. El condenado fue representado por el abogado adjunto de la defensa pública, Marcelo Catalano.
En este marco, Castro Albornoz realizo un resumen de las diferentes etapas judiciales del caso. En este sentido destaco que el caso tuvo apertura de investigación en el mes de octubre del 2017 y en ese acto procesal se dispuso la aplicación de la medida de prisión preventiva en la modalidad de arresto domiciliario en función de los severos problemas de salud que afectan al imputado.
En tanto, las audiencias de debate oral y público se desarrollaron en septiembre del 2018. En ese juicio, los jueces Rosales, Zachino y Novarino declararon al acusado autor penalmente responsable de los delitos endilgados por la fiscalía. Le impusieron la pena de dieciséis años de prisión.
Luego señalo que en abril del año pasado, los integrantes de la Cámara en lo penal de Comodoro Rivadavia, readecuaron la pena fijando diez años de prisión de cumplimiento efectivo.
A ello agrego que el Superior Tribunal de Justicia, debe fijar una fecha para el tratamiento de la impugnación extraordinaria presentado por los abogados defensores.
Así las cosas, el investigador requirió la continuidad de la medida de coerción hasta que la sentencia quede firme. Los fundamentos del funcionario se basaron en el riesgo procesal del peligro de fuga y las características graves del hecho juzgado.
Por su parte, Catalano, considero que en función de los problemas de salud del condenado, no existía el riesgo de fuga invocado por la parte acusadora. En consecuencia, solicito menguar la medida dispuesta y sostenida por ocho jueces de la provincia.
Luego de escuchar los pedidos de las partes, los magistrados hicieron lugar a las peticiones del Ministerio Publico Fiscal y resolvieron mantener la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia judicial quede firme.

El caso

Según la investigación del Ministerio Publico Fiscal, los sucesos endilgados al acusado ocurrieron en el periodo comprendido de junio a diciembre del año 2007. En ese tiempo, el imputado cometió el delito de abuso sexual agravado contra una menor de 12 años de edad (hija de su pareja). Los hechos ocurrieron en el domicilio en el que convivían junto a su grupo familiar. Asimismo, las agresiones sexuales se reiteraron en el año 2011, cuando la víctima aún era menor de edad.
Por ello, los magistrados resolvieron condenar al acusado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, en la modalidad de delito continuado, en calidad de autor material

Escuchar a las víctimas

Por tratarse de abuso sexual intrafamiliar, preservar la identidad de la víctima impide dar a conocer la del agresor.
Las vivencias a las que son sometidas las víctimas de abuso sexual infantil tienen un impacto muy profundo que va más allá del ultraje a su cuerpo, implica un daño en la psiquis muy complejo de sanar.
Cuando una niña, niño o adolescente se anima a decir o dar a entender lo que le está pasando, es fundamental que sea escuchado y que se activen los mecanismos de protección que prevé el ordenamiento legal.
El abuso se produce y se sostiene en base al secreto y este merced a amenazas que causan efecto para amedrentar a la víctima, entramparla, doblegar su voluntad y forzar su silencio.
Justamente a causa de estas circunstancias es que resulta tan relevante el develamiento. Si la victima que se anima a contar no es escuchada, no se le cree y/o no se le da intervención a la justicia, muy probablemente sentirá que es verdad todo lo que le dice el agresor y nunca podrá salir del abuso.

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