SIGUE INTERNADO TRAS ESTAR 20 DÍAS EN HUELGA DE HAMBRE

Negaron la excarcelación al abogado Oscar Romero

En una audiencia de control de prisión preventiva, solicitada por la parte defensiva y sin la presencia del imputado, el juez Gustavo Castro coincidió en la valoración efectuada por el Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general Carolina Marín para decidir la continuidad de la medida de coerción dispuesta para el abogado Oscar Romero, acusado por homicidio en grado de tentativa.

Los alegatos de las partes

La abogada Laura Fernández expuso que de acuerdo a lo observado por las autoridades penitenciarias en una audiencia realizada en el propio lugar de detención el pasado 9 de enero se evidenciaba la ausencia de un peligro de fuga y entorpecimiento, resaltando la conducta llevada adelante durante el proceso por parte de su defendido, pidiendo la libertad o en todo caso la morigeración de su detención con un arresto domiciliario.
A su turno, la doctora Marín manifestó que no se presentaba ningún hecho nuevo para considerar un cambio en las condiciones dispuestas por el propio juez Castro en audiencia del 4 de noviembre de 2019 y confirmadas por el tribunal compuesto por los doctores Zaratiegui y Piñeda. Agregó que el contexto en que se encuentra actualmente el imputado, a partir de medidas tomadas contra su propia salud y su integridad física, escapan a todo lo dispuesto y son iniciativas personales tendientes a lograr por esa vía lo que no pudo lograr durante el proceso y a través de las medidas correspondientes.
En su resolución el doctor Gustavo Castro aseguró que todo esto ha sido tratado durante todo el año y no se registra un hecho nuevo para cambiar la situación en una causa que ya ha sido elevada a juicio. Indicó que la conducta expuesta por Romero es la que debe mantenerse ante los reglamentos carcelarios correspondientes y de acuerdo a lo dispuesto oportunamente deberá continuar con la medida de coerción en el centro de detención de esta ciudad.

Homicidio tentado

Oscar Romero está acusado de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en concurso ideal con portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, en calidad de autor, en el marco de los artículos 79, 41bis, 42, 45, 54 y 189 bis inciso segundo, párrafo cuarto del código penal y artículo 4 inciso 3 b) del decreto 395/75. El hecho que se le imputa ocurrió el 16 de abril de 2019 cerca de las 20,15 cuando Edgardo Oscar Bruno Romero munido de un arma de fuego tipo pistola semiautomática completamente limada sin número de serie ni marca, con supresor de sonido adosado al caño del arma de fabricación casera calibre 45, se hizo presente en el domicilio sito en Avenida Hipólito Irigoyen 1015 de esta ciudad de Trelew, ingresó al mismo, se dirigió hacia el fondo del predio, en el que se encuentra el taller de tapicería de Horacio Pavés y conociendo el poder vulnerante del arma que portaba, gritando «te voy a matar hijo de puta» le realizó al menos 2 disparos de arma de fuego, alcanzando uno de ellos a la víctima en la región dorsal baja derecha de la espalda, momento éste en que Pavés se gira hacia Romero, se trenza en lucha con el mismo y para resguardar su integridad, con el destornillador que estaba utilizando en el arreglo de una silla se defiende, dándole con el mismo en la cara a su agresor, mientras forcejeaba con éste a fin de evitar que continuara con su ataque y lograra darle muerte.
En consecuencia, el acusado deberá volver al centro de detención para continuar con la medida de coerción dispuesta hasta la realización del juicio oral correspondiente. En momentos que se realizaba la audiencia estaba siendo atendido en el hospital zonal para proceder a su hidratación luego que por su propia voluntad dispusiera no ingerir líquidos ni alimentos como acción de protesta ante su situación procesal.

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