LA JUSTICIA DE COMODORO LE UNIFICARÍA DOS SENTENCIAS A UN SUJETO QUE VIOLÓ LA PROHIBICIÓN DE MANEJO

Podría ir a prisión por violar la inhabilitación de conducir

Días atrás llevó a cabo, en los Tribunales penales ordinarios de Comodoro Rivadavia, la audiencia de unificación de sentencia en contra de Juvenal Velázquez.
El individuo fue condenado por el homicidio culposo que tuvo como víctima a Ángel Domínguez, a tres años de prisión, de cumplimiento condicional, y seis años de inhabilitación para conducir todo tipo de automotores. Posteriormente, a ello se renunció a los plazos de impugnación, quedando registrada la reincidencia, pero después, el imputado Velázquez cometió un nuevo hecho, al conducir vehículos, con conocimiento de la inhabilitación que pesaba sobre él.

Piden prescripción de la condena

En este contexto, la fiscal solicitó se unifiquen ambas sentencias en la pena única de 3 años y 6 meses de prisión efectiva para Velázquez. En contraposición el defensor se opuso a la pretensión del Ministerio Público Fiscal, y entendió que “debe desestimarse” e instó se “declare prescripta” la condena que pesa sobre su asistido. Presidió la audiencia de incidentes Mónica García, jueza de ejecución penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Velázquez fue ejercida por Daniel Fuentes, abogado particular del mismo.

Quebrantamiento de prohibición

Al violar la inhabilitación para conducir vehículos, Velázques cometió un nuevo hecho en este plazo de cuatro años de ventana, entre ambos delitos, según aseguró la fiscal. En dicho período, el imputado no podía cometer ningún otro delito, bajo apercibimiento de revocar la pena condicional impuesta.
En este caso, el delito no es uno nuevo, sino el quebrantamiento de la prohibición para conducir, y por esta última conducta se realizó un juicio que terminó en una sentencia condenatoria para Velázquez, condenándolo a la pena de tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, y ya teniendo las dos sentencias condenatorias firmes, deberá unificarse la pena, es decir, deben unirse la pena de prisión de tres años efectivos, más la de tres meses de prisión.

Un pedido “extemporáneo”

Por ende, se solicitó que al acusado se le impusiera la pena única de tres años y tres meses de prisión efectivos, y hasta tanto resuelva el juez, la fiscal solicitó se mantenga a Velázquez en arresto domiciliario.
En contraposición, su defensor se opuso a la pretensión del Ministerio Público Fiscal: “Debe desestimarse y solicita se declare prescripta la condena que pesa sobre mi asistido”, subrayó, solicitando la prescripción porque “se ha agotado el plazo total de ambas condenas” y considerando que el pedido que hace la Fiscalía “es extemporáneo”. Subsidiariamente, el defensor coincidió con la Fiscal en que se le otorgara a su patrocinado el arresto domiciliario, con permiso de salidas laborales.
Finalmente, la jueza dictaminó que, en virtud de la cantidad de planteos efectuados en la audiencia, dará a conocer su decisión el próximo viernes 21 de febrero, a las 8 horas.

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