LA ASOCIACIÓN LOGRÓ UN PACTO CON RAMA CAL, PIEDRA Y AFINES

AOMA acordó medidas con distintas firmas para evitar despidos

Luego de que el presidente Alberto Fernández cuestione duramente los despidos concretados por parte de las empresas argentinas en el marco de las restricciones establecidas por el Coronavirus, en el sector de la minería se logró un avance considerable para evitar despidos.
Lo que sucedió fue que el titular de la Asociación Obrera Minera Argentinas (AOMA), Héctor Laplace, le informó a los miembros de las diferentes omisiones directivas de las seccionales, delegados gremiales y trabajadores comprendidos en las Convenciones Colectivas de Trabajo del a Rama Cal, Piedra y Afines un acuerdo con medidas excepcionales.
Puntualmente, la nota en cuestión expresa que “debido a la crisis del sector, sumado a las restricciones impuestas por D.N.U. (decreto de necesidad y urgencia) 260/20 y 297/20 del PEN (Poder Ejecutivo Nacional), donde se establece el retraimiento de determinadas personas, y posteriormente el ‘Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio’, lo que motivó la paralización casi en su totalidad de los establecimientos comprendidos en el mencionado CCT, ha hecho que la absoluta mayoría de las empresas no puedan hacer frente al pago de salarios de sus dependientes. Atento a ello, hemos iniciado negociaciones y llegado a un acuerdo con la Federación Argentina de la Piedra y la Cámara Argentina de Empresarios Mineros”.
En el documento elaborado por el propio Laplace también se precisó que el acuerdo con las empresas consiste en que “aquellos trabajadores que, estando sus establecimientos parados, deban realizar labores de vigilancia a máquinas, equipos y/o instalaciones, o despachos excepcionales que, en razón de lo dispuesto en el dec. 297/20 art. 6 inc. 10, la autoridad de aplicación determine, y cumplan sus horarios normales, seguirán percibiendo sus salarios normales y habituales”.
Seguidamente se estableció que los trabajadores que por encontrarse “inactivo el establecimiento donde prestan habitualmente sus tareas, permanezcan en sus hogares o lugares de residencia habituales, percibirán el 70 % de su jornal bruto que les hubiera correspondido para el período correspondiente, como suma no remunerativa, a partir del 16 de Marzo y hasta el 30 de Abril del corriente año. Solo serán deducibles –conforme Res. 219/20- el aporte a la Obra Social y al INSSJP”.
Asimismo, establecieron que los trabajadores “que se encuentren gozando licencias legales y/o convencionales, seguirán percibiendo sus salarios normales y habituales”.
En otro de los párrafos de la nota remitida a cada seccional de AOMA se prevé que “no habrá despidos ni suspensiones en el sector, motivados en el cumplimiento de las medidas dispuestas por el PEN ni argumentaciones basadas en la crisis económica que atraviesa el sector; dentro de los plazos del acuerdo mencionado y hasta tanto dure el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.
Por último, el documento que lleva la firma del secretario general de la asociación sindical se deja explícito que el presente acuerdo de partes debe entenderse que es “una medida excepcional, derivada de la crisis sanitaria y económica por la que estamos atravesando, y seguiremos muy de cerca las decisiones que se adopten desde el Poder Ejecutivo Nacional, en aras del sostenimiento del empleo en nuestra actividad”.

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