POR EL CORONAVIRUS FUE BENEFICIADO CON PRISIÓN DOMICILIARIA

Con pulsera electrónica, “El Cura” Segundo volvió a su casa

La Secretaría de Ejecución Penal del tribunal Oral Federal otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria con pulsera electrónica a Omar “Cura” Segundo, aunque ninguna fuerza federal con asiento en la ciudad tiene el monitoreo del cumplimiento efectivo de la custodia.
En el pedido del beneficio se argumenta que el condenado a 9 años de prisión por narcotráfico, por un intento de exportación de 110 kilos de cocaína de máxima pureza, que el interno “es diabético tipo I no insulinodependiente”, y argumentan también que la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal donde se encuentra alojado informó que “uno de los pacientes ‘de riesgo’, en caso de producirse un brote de la pandemia universal en dicho establecimiento, en referencia al coronavirus, a pesar de no haber ningún caso confirmado en Chubut.
El fallo que benefició a Segundo lo firmó el juez Enrique Guanziroli, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, quien en las últimas horas ya había beneficiado por razones similares a Néstor “Mota” Curiqueo (es asmático), otro conocido narco alojado en la Unidad 6 de Rawson.
Según el fallo del TOF de Comodoro, a instancias de un pedido de la defensa particular de Segundo, y con la anuencia de la Fiscalía Federal, le concede la prisión domiciliaria porque el estado del condenado es diabético, aunque de “tipo 1”, que significa que no es insulinodependiente.
La Unidad 6 de Rawson, donde se encuentra alojado el “Cura” cumpliendo una condena a 9 años por acopio de estupefacientes informó que Segundo es uno de los pacientes “de riesgo”, y que en caso de producirse un brote de la pandemia universal en dicho establecimiento sería una complicación tenerlo alojado allí.
«Se realizaron informes médicos correspondientes tanto por peritos de parte como por el profesional legista, los que corroboran las patologías que actualmente padece y que constituyen un riesgo mayor de presentar complicaciones, en caso de contraer COVID-19 y más ante la conveniencia de mantener distanciamiento social obligatorio en su vivienda”, añade el fallo.

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