“EN ATENCIÓN A LA PARTICULAR SITUACIÓN ECONÓMICA Y SANITARIA QUE ATRAVIESA LA PROVINCIA”, ARGUMENTAN

El STJ de Chubut suspendió los plazos procesales

Luego de que el domingo se anunciara que ayer lunes las actividades en el Poder Judicial de Chubut se iban a desarrollar con normalidad, ayer el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia resolvió lo contrario. Puntualmente, en la víspera se suspendieron los plazos de vencimiento de la etapa preparatoria de los procesos penales. En cuanto a la extensión temporal que tendrá esta medida, se anunció que la misma será vigente mientras “se mantengan las razones excepcionales que la motivaron y hasta tanto se dicte el acto administrativo que lo deje sin efecto”.
Específicamente, el documento de ayer dispuso “la suspensión de los plazos de vencimiento de la etapa preparatoria del proceso penal previsto en los artículos 282 y 358 del Código Procesal Penal, mientras perduren las causas que lo motivan (en los casos sin personas detenidas), dejando incólume el plazo general de duración del proceso previsto en los artículos 146 y 358 de mismo cuerpo legal”.
Entendiendo al contexto chubutense y nacional, desde el máximo tribunal judicial provincial consideraron como necesario el aumento de medidas de acción preventiva, respecto de la salud de todos los operadores del servicio de justicia. Además, el documento publicado ayer y firmado por Mario Vivas, presidente del STJ, y Alejandro Panizzi, vicepresidente del organismo, consideró que “se torna imposible conjugar dicha situación con el mantenimiento de los plazos de investigación preparatoria”.
“En atención a la particular situación económica y sanitaria que atraviesa la provincia del Chubut, se impone tomar también remedios extraordinarios, quedando incólume el plazo general de duración del proceso previsto en los artículos 146 y 358 del Código Procesal Penal, protegiendo de esta manera la responsabilidad de los Fiscales Generales y Funcionarios de Fiscalía respecto del vencimiento de esa etapa inicial del proceso, sin afectación del derecho de las personas imputadas, ni de víctimas , de que el mismo concluya en un plazo razonable”, argumentaron desde el STJ.

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