CAUSA EMBRUJO: TRES JUECES BENEFICIARON A SANDRO FIGUEROA

Conceden prisión domiciliaria a condenado por corrupción

A fines del año pasado la Justicia de Chubut decidió condenar a una decena de personas que habían sido acusadas en el marco de la causa denominada Embrujo. La investigación que duró largos meses y que se basó en hechos de corrupción y asociación ilícita durante la última gestión de Mario Das Neves como gobernador finalizó con 10 condenados de los 12 imputados iniciales.
La novedad de esta causa ahora pasa porque ayer al mediodía se le concedió la prisión domiciliaria a Sandro Figueroa, uno de los 10 condenados, en el marco del temor que existe en distintos centros de detención de todo el país por la propagación del Coronavirus. Esto último fue lo que argumentó el abogado defensor Fabián Gabalachis, provocando que tras estar dos años y un mes preso, el próximo 27 de mayo Figueroa podrá acceder a la libertad condicional.
Puntualmente, el tribunal integrado por los jueces Alejandro Soñis, Marcela Pérez y Ricardo Rolón resolvió por unanimidad ayer hacer lugar al pedido del letrado defensor. En cuanto a Figueroa, vale recordar que fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión, se encontraba cumpliendo la pena en la Comisaría Primera de Puerto Madryn y ahora deberá continuar su condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria en la casa de su hermana Norma Figueroa, en Trelew.
La audiencia se realizó mediante sistema de videoconferencia a través del sistema WebEx, fue coordinado por la Oficina Judicial de Rawson y a excepción del detenido, que lo hizo desde la comisaría ubicada en Puerto Madryn, tanto los magistrados como el fiscal y el defensor lo hicieron desde sus domicilios.

Planteo de partes

El abogado Gabalachis sostuvo su pedido en que Figueroa lleva cumpliendo una medida de prisión preventiva desde hace más de dos años, y que a fines de mayo próximo operará la posibilidad de que acceda a la libertad condicional, debido al tiempo de cumplimiento de la pena impuesta por el tribunal. En forma independiente a eso recordó que está vigente de resolución un pedido de revisión de la pena cuya sentencia aún no ha sido comunicada y que podría beneficiar la situación de su defendido.
Por otra parte, hizo referencia a la resolución del Juez Coordinador de la Ejecución de la Pena en cuanto a que en el marco de la pandemia de coronavirus se dispusieron medidas restrictivas en cuanto a salidas transitorias y visitas de familiares en los lugares de detención, amén de la preocupación general por la situación sanitaria.
El fiscal Omar Rodríguez, por su parte, rechazó los planteos del defensor particular de Figueroa por entender que lo dispuesto por el Poder Judicial no implicaba un empeoramiento de su situación procesal sino una medida de protección y que de modificarse el status sanitario en la provincia, podría volver a gozar de las salidas transitorias e incluso recuperar las que no hubiera podido utilizar.

Decisión unánime

Tras escuchar a las partes, los jueces cumplieron con un cuarto intermedio y finalmente resolvieron, de manera unánime, hacer lugar al pedido de la defensa. El Dr. Alejandro Soñis, presidente del tribunal, explicó que los argumentos para dicha decisión no se basan en la cuestión sanitaria, sino en que por el tiempo transcurrido en prisión preventiva y por la proximidad a la fecha en la cual gozaría de la libertad condicional, el peligro procesal de fuga habría quedado reducido al mínimo.
Aún así, reiteraron al condenado que el cumplimiento de la medida de prisión domiciliaria es estricto y debe cumplirse en el interior de la vivienda que ocupará junto a su hermana en Trelew.

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